Juan COLLAO - Audiencias
En este registro encontrará las audiencias efectuadas en conformidad con la ley N° 20.730 por los sujetos pasivos que se señalan.
Fecha | Identificador | Asistentes | Representados | Materia | Detalle | |
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2024-10-18 09:30:00 | AO001AW1677681 | Gestor de intereses | Ana Arcila | Ana Patricia Arcila alvarado | Modificaciones al DS 239 TEMAS AB0RDADOS EN REUNIÓN: La solicitante de la audiencia lobby, posee un elaborador de productos cosméticos de bajo riesgo Alternativa SpA, y representa a un grupo de personas que posee este tipo de establecimiento. Desea esclarecer dudas que se generaron a raíz de la consulta pública de la modificación del DS 239/2003, Reglamento de Productos Cosméticos, con respecto a ¿la categoría de "Laboratorio de Bajo riesgo" seguirá vigente? La definición de "Producto cosmético destinado a fraccionamiento (PCDF), en el artículo 5° donde se señala que son los productos cosméticos de bajo riesgo de producción definidos en el literal b) precedente, jabones líquidos, champús, bálsamos y otros que específicamente determine por resolución el Ministerio de Salud a petición del Instituto de Salud Pública." De seguir vigente el Laboratorio de Bajo Riesgo, los productos cosméticos de bajo riesgo definidos en el literal b) como jabones líquidos, champús y bálsamos, ¿estos podrán elaborarse entonces en Laboratorio de bajo riesgo? En este contexto el Ministerio señala que la categoría de establecimiento elaborador de bajo riesgo sigue vigente, y lo que propone la modificación no es la eliminación de ese tipo de establecimiento, sino que permitir que los establecimientos de venta de productos cosméticos puedan vender cosméticos a granel. Para lo anterior, los productos cosméticos destinados a fraccionamiento o que se podrán vender a granel son los productos cosméticos de bajo riesgo de elaboración mencionados en la letra b) del artículo 5° y además los jabones líquidos, champús y bálsamos (estos últimos corresponden a productos de higiene) A su vez, la modificación del Ds 239/2003 no contempla la ampliación de los productos cosméticos que pueden ser elaborados por los establecimientos elaboradores de productos de bajo riesgo y siguen correspondiendo a los señalados en el articulo 5° literal b) y aquellos que ha determinado el Instituto de Salud Pública a través de las Resoluciones correspondientes. |
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2024-10-11 11:30:00 | AO001AW1662068 | Gestor de intereses | Humberto Piemonte | Humberto Piemonte Miani | Estimado Director, mi nombre es Humberto Piemonte Miani, Ingeniero Civil desde hace 60 años y me encuentro desarrollando un proyecto de Senior Suite en mi hogar ubicado en Camino Las Flores 10961, Las Condes, lo cual he estado realizando e invitiendo ya hace más de 2 años, tiempo en el cual comencé el trámite para su regularización y poder actuar dentro de la norma. Lamentablemente aún no he recibido los permisos sanitarios aun cuando he cumplido con todos los requerimientos que se me han solicitado, lo que he ido realizando con premura en cada oportunidad, y es el motivo por el cual me dirijo a usted ya que he agotado todos los medios y conductos regulares para sacar mi proyecto adelante, estando la construcción terminada en su totalidad. Solicito a usted poder concederme una audiencia presencial o virtual con la finalidad de exponer mi caso brevemente y así poder dar curso a los antecedentes que he hecho llegar a vuestra seremía, permiso necesario y final para dar comienzo a mi emprendimiento. Agradezco desde ya su consideración en este importante tema para mi, que hoy me mantiene solo gastando y no pudiendo percibir ingresos, estando al borde de vender y desistir de esta idea que además de ingresos, me pueda brindar un espacio digno para vivir. TEMAS ABORDADOS EN REUNIÓN: El solicitante Sr. Humberto Piamonte no se presenta a la audiencia Lobby. Se esperaron 15 min, se cierra y se registra inasistencia. |
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2024-10-11 09:00:00 | AO001AW1672733 | Gestor de intereses | Sergio Rojas | FEMSA SALUD SPA | Presentación de FEMSA Salud Chile (Farmacias Cruz Verde), y de proyectos e iniciativas de las farmacias como centros de salud y aporte con impacto en políticas públicas en salud. TEMAS ABORDADOS EN REUNIÓN: FEMSA Salud, multinacional Mexicana con operaciones en México, Ecuador, Colombia y desde el 2015 en Chile. Actualmente es la representante de la Farmacias Cruz Verde, Maicao y Socofar que ahora cambio el nombre a FEMSA. Su interés es dar a conocer al Ministerio los proyectos en los cuales que se encuentran trabajando con miras a que pueden ser un aporte en las políticas públicas relacionadas con medicamentos que esta o lleven a cabo las autoridades. De acuerdo con los estudios que han realizado con los medicamentos vendidos en estas farmacias dieron como resultado que, los problemas de medicamentos caros esta exclusivamente en los de RECETA y MARCA que corresponden al 80% del gasto, los laboratorios se llevan el 53% del valor pagado y las farmacias tienen mayor ingreso con la venta de similares que originales, no existiendo incentivos económicos para vender los medicamentos más caros. También, señalan que de acuerdo con la Fiscalía Nacional Económica, los medicamentos de receta y marca son caros porque los laboratorios fijan la demanda a través de los médicos. Es de interés de farmacias Cruz Verde ser reconocidas como un centro de salud, por lo que está llevando a cabo varios proyectos que respondan a este objetivo, dentro de los cuales destacan los siguientes: 1. Implementación de farmacias móviles en el norte y sur del país, para llegar a localidades que no tienen acceso a medicamentos. 2. A través de una cartola de medicamentos, buscan entregar información a las personas con respecto a sus compras realizadas en los locales de la cadena farmacéutica. 3. Asesoría Farmacéutica Personalizada por canales remotos, lo que le permite al paciente acceder a una asesoría sobres sus medicamentos y patologías los 365 días del año. 4. Habilitación de un box privado dentro de las farmacias que permite a un médico, en forma remota, realizar una atención a los pacientes, realizar exámenes físicos, controlar, diagnosticar y recetar a los pacientes. La atención completa es asistida en forma presencial por un técnico en enfermería. 5. Proyecto de farmacias en container, para llegar con farmacias a lugares que por situaciones de catástrofes o por razones estacionales, así lo requieran (fiesta la tirana, fiesta la pampilla, farellones, etc.) Desde el Ministerio se agradece la presentación y se solicita el envío de esta al correo del jefe del departamento. Se evaluarán los proyectos y se invitará a participar en desarrollar una propuesta que dé solución a las comunas del territorio nacional que aún no cuentan con farmacias |
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Gestor de intereses | Daniel Belaunde Arnillas | FEMSA SALUD SPA | ||||
Gestor de intereses | Constanza González | FEMSA SALUD SPA | ||||
Gestor de intereses | Sergio Sapaj | FEMSA SALUD SPA | ||||
2024-09-27 11:00:00 | AO001AW1665776 | Gestor de intereses | Vicente Rodrigo Astorga Pizarro | CÁMARA NACIONAL DE LABORATORIOS FARMACÉUTICOS CANALAB A.G. | En base a los hallazgos de la plataforma Mimedicamento.cl,, y que fueron presentados en octubre pasado al equipo ministerial, el objetivo de la reunión es retomar el análisis de diversas propuestas para mejorar el acceso de las personas a los medicamentos cuya cobertura financiera está garantizada a través de las distintas políticas públicas de salud. TEMAS ABORDADOS EN REUNIÓN: CANALAB es una asociación gremial que reúne a 18 laboratorios, principalmente de capitales nacionales, con 23 plantas productivas. Su interés es estar colaborando permanentemente con las autoridades sanitarias A través de la plataforma mimedicamento.cl, ponen a disposición de las personas para conocer los medicamentos que se encuentran garantizados tanto en Fonasa como ISAPRES. Es una plataforma sencilla de utilizar donde las personas colocan el medicamento que les recetaron, si pertenecen a Fonasa e Isapre y les arroja la información si el medicamento se encuentra con garantía. Han tenido mas de 97.000 visitas Además, son invitados a responder una encuesta. Se han respondido cerca de 12,420 respuesta y los resultados han arrojado que el 74% no ha podido ejercer el derecho de comprar su medicamento bajo la garantía ya que no sabían que el remedio tenia cobertura y tuvo que comprarlo. El 10% dice que es complicado hacer uso del beneficio Ante los resultados CANALAB realiza las siguientes Propuestas 1. Agilizar procesos administrativos para activar el GES, LRS y MLE 2. Reforzar información para facilitar el acceso de los pacientes a sus medicamentos 3. Visibilizar y aumentar disponibilidad de medicamentos en el sistema publico y los puntos de dispensación. Desde el Ministerio se les agradece compartir la información, que sin duda para nuestra cartera es de mucha utilidad, por lo que se les solicita que puedan enviar un informe detallado con los resultados de la encuesta que se realizó para poder analizar la información proporcionada y ver como podemos avanzar en mejora que la población haga uso de las garantías. |
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Gestor de intereses | Pablo Lira | CÁMARA NACIONAL DE LABORATORIOS FARMACÉUTICOS CANALAB A.G. | ||||
Gestor de intereses | Juan Vildósola | CÁMARA NACIONAL DE LABORATORIOS FARMACÉUTICOS CANALAB A.G. | ||||
Gestor de intereses | Claudia Papic | CÁMARA NACIONAL DE LABORATORIOS FARMACÉUTICOS CANALAB A.G. | ||||
Gestor de intereses | Cristián Contreras | CÁMARA NACIONAL DE LABORATORIOS FARMACÉUTICOS CANALAB A.G. | ||||
Gestor de intereses | Sandra Gonzalez | CÁMARA NACIONAL DE LABORATORIOS FARMACÉUTICOS CANALAB A.G. | ||||
2024-09-27 10:00:00 | AO001AW1658774 | Gestor de intereses | Guacolda Araneda | SERVICIO DE CAPACITACION EN MEDICINA COMPLEMENTARIA、KÜME KIMUN LIMITADA." | 1) Politícas públicas acupuntura y medicina integrativa 2) Up date Primer Congreso Acupuntura medicina intgrativa 3) Invitar en calidad de autoridad y palabras de inicio actividad (Vía telemática) TEMAS ABORDADOS EN REUNIÓN: La Sra. Guacolda Araneda, en representación de la Asociación Chilena de Investigación en Acupuntura (ACHIDA) y de la escuela de Acupuntura Küme Kimun, señala que están organizando un congreso internacional de acupuntura, a realizarse vía online durante los días 9 y 10 de noviembre de 2024. En vista de ello, solicita contar con representante del MINSAL para apertura de este evento. Además, manifiesta interés de invitar, de forma gratuita, a participar en este congreso a los acupunturistas de la red pública de salud, para lo cual requiere la ayuda del MINSAL para poder materializar estas invitaciones. Juan Francisco Collao, Jefe del Departamento de Políticas y Regulaciones Farmacéuticas, de Prestadores de Salud y de Medicinas Complementarias, le indica que debe solicitar auspicio o patrocinio del MINSAL para este evento y, de autorizarse, se podría acceder a sus peticiones. Desde el área técnica de Medicinas Complementarias, se le enviará correo con las indicaciones para requerir auspicio o patrocinio. |
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2024-09-25 10:00:00 | AO001AW1670602 | Gestor de intereses | Pilar Cona | Cámara de la Industria Cosmética de Chile, A.G. | La solicitud de audiencia es muy especifica y breve en atención: Con fecha 26 de enero de 2024, fue publicada en el Diario Oficial la Ley 21.646, la cual entra en vigencia el 27 de enero de 2025. Sin embargo, no existe un reglamento para su implementación y funcionamiento. De acuerdo a MINSAL, la nueva regulación será presentada en una segunda consulta pública asociada a nueva Modificación del DS 239/02, eventualmente a ser publicada en el último trimestre del año 2024. En base a lo anterior y considerando los tiempos de consulta pública y plazos para respuestas a comentarios nacionales e internacionales, ¿se emitirá algún documento que genere la posibilidad de ampliación de la entrada en vigencia de la Ley 21.646? https://www.bcn.cl/portal/leyfacil/recurso/prohibicion-de-la-experimentacion-en-animales-en-la-elaboracion-de-productos-cosmeticos TEMAS ABORDADOS EN REUNIÓN: Se presenta la Cámara de la Industria Cosméticos de Chile para consultar sobre la publicación de los resultados de la consulta pública de la modificación de DS 239. Desde el Ministerio se Informa que el documento se encuentra en revisión y debiera publicarse a la brevedad posible Asimismo, consulta sobre la exigencia de la declaración de los ingredientes perfumantes alergenos para lo cual se indica que esto es en el rotulado lo que no implica necesariamente una modificación de fórmula Con respecto a la entrada en vigencia de la ley 21646 sobre la prohibición de testeo en animales en productos cosméticos, se consulta sobre la posibilidad de ampliar los plazos. Se informa que esa modificación es materia de ley, Sin perjuicio de lo anterior, se esta a la espera de la propuesta de modificación del DS 239 en estas materias solicitada al ISP y que deben ir por reglamento, la cual una vez recibida y consensuada con este Ministerio se presentará a consulta pública. La Cámara plantea que la industria internacional les ha realizado consultas con respecto a los testeos en animales que por obligación deben hacer los fabricantes que también importan productos cosméticos a China y si esto pudiese implicar que tienen prohibido su comercialización en Chile a pesar de que también cuentan con los estudios que no se han realizado en animales. Se solicita que la consulta sea realizada por OIRS. |
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2024-09-06 09:30:00 | AO001AW1643686 | Gestor de intereses | Marcelo Sajuria | Marcelo Sajuria | Conversar y conocer los alcances de procedimientos invasivos en Centros de Kinesiología Discutir la regulación y normativa de punciones musculoesqueléticas que se realizan en distintos centros TEMAS ABORDADOS EN REUNIÓN: Se presentan los asistentes. El Sr. Marcelo Sajuria, expone su preocupación respecto de los procedimientos invasivos que están haciendo kinesiólogos, en particular punción seca con ecografía, donde se ha detectado un mal uso de las condiciones de asepsia y necesaria esterilidad del procedimiento. Consulta respecto de la regulación y normativa de punciones musculoesqueléticas que se realizan en distintos centros. Informa que se les ha solicitado como Sociedad Científica Patrocinio de diversos cursos de kinesiólogos que implican uso de material cortopunzante, y al analizar estas solicitudes se visualiza deficiencias en recolección de REAS, preparación profesional en técnicas de asepsia, desconocimiento de IAAS, punciones entre los mismos alumnos como práctica habitual, técnicas usadas en pacientes con contaminaciones evidentes, etc. Además, consulta como Sociedad Científica podemos dar alerta y ayudar en la solución de los problemas que existan en estos temas. Se comenta la regulación respecto de: 1. El profesional Kinesiólogo está habilitado legalmente para el ejercicio de su profesión por el Libro V del Código Sanitario como se ve a continuación: Artículo 112°.- Sólo podrán desempeñar actividades propias de la medicina, odontología, química y farmacia u otras relacionadas con la conservación y restablecimiento de la salud, quienes poseen el título respectivo otorgado por la Universidad de Chile u otra Universidad reconocida por el Estado y estén habilitados legalmente para el ejercicio de sus profesiones. 2. Sin embargo, para cumplir con funciones de colaboración médica se debe contar con la supervigilancia médica que se entiende por supervisión directa o indirecta de la indicación y asesoramiento médico respaldado por la orden médica: Artículo 113°.- … No obstante, lo dispuesto en el inciso anterior, quienes cumplan funciones de colaboración médica, podrán realizar algunas de las actividades señaladas, siempre que medie indicación y supervigilancia médica. Asimismo, podrán atender enfermos en caso de accidentes súbitos o en situaciones de extrema urgencia cuando no hay médico-cirujano alguno en la localidad o habiéndolo, no sea posible su asistencia profesional. 3. Además, El Kinesiólogo cuenta con un Reglamento del Ejercicio de su profesión (DTO 1082/1958) que en su Artículo 2°, indica lo siguiente: b) Kinesiterapia con sus formas de: gimnasia ortopédica y médica; masoterapia y mecanoterapia; reeducación y rehabilitación neuromotriz; En este caso se destaca la mecanoterapia, la cual es una disciplina que queda englobada dentro de la fisioterapia y que se define como el arte o la ciencia del tratamiento de diferentes lesiones o enfermedades a través de instrumentos mecánicos, dado que la acción realizada en la punción seca es una acción mecánica que no incluye inoculación, estaría dentro de este procedimiento. 4. Se recuerda que no sólo es importante considerar la regulación del ejercicio individual, sino también el ejercicio institucional, donde rige el Código Sanitario en su Libro VI y los decretos asociados a los establecimientos asistenciales. En esta acción rige el DTO283 y sus normas técnicas básicas, las cuales incluyen las exigencias de convenios de REAS, accesibilidad, entre otros. 5. Se recuerda que la formación en el país es libre. 6. Se sugiere denuncias cada vez que se detecte una irregularidad a través de oirs.minsal.cl, comentando que es la única vía formal. Finalmente, se ofrece el apoyo en el caso de querer realizar actividades de difusión de las normativas; tales como webinar, jornadas, congresos u otros. Comentando que dentro de nuestras funciones se encuentra el difundir las normativas vigentes. |
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Sujeto Pasivo | Marcelo Sajuria | |||||
2024-09-06 09:00:00 | AO001AW1644595 | Gestor de intereses | Ricardo Ramires Fernandez | Ricardo Ramires | En representación del Colegio de Biólogas y Biólogos de Chile, cuya misión es velar por los derechos laborales y la práctica ética de nuestros colegiados, nos dirigimos a ustedes para abordar la falta de reconocimiento formal de los biólogos como profesionales de la salud en el código sanitario chileno. Desde hace décadas, los biólogos han contribuido a la conservación y restablecimiento de la salud humana en Chile. El artículo 112 del código sanitario y la Resolución Exenta N° 1072 del Ministerio de Salud de Chile del 28 de junio de 1985, indican que en las Normas aplicables a la Fertilización In Vitro y la Transferencia Embrionaria se requiere “disponer de especialistas médicos o biólogos expertos en el estudio y examen del semen”. Sin embargo, esta normativa no se refleja en un reconocimiento formal que permita a los biólogos ser considerados profesionales de la salud. En Chile, los biólogos desempeñan funciones cruciales en el desarrollo de fármacos, la identificación de patógenos, la pesquisa de contaminantes en aguas, los procesos de fertilización in vitro y el diagnóstico genético y molecular. Durante la pandemia del Coronavirus, su trabajo fue esencial en la identificación y estudio del virus. A pesar de estos aportes significativos, la falta de reconocimiento en el código sanitario ha llevado a una discriminación profesional que les impide postular a cargos, firmar informes y participar en concursos públicos. Contamos con un catastro de biólogos que han declarado haber sido discriminados y rechazados en estos ámbitos. Un claro ejemplo de esta exclusión se encuentra en la Ley Nacional de Cáncer, cuyo decreto 42 artículo 14 establece que “el Ministerio de Salud fomentará la formación, capacitación, educación continua y especialización del recurso humano en temáticas de cáncer, que incluya médicos cirujanos y otros profesionales del área de la salud y de las ciencias”. Sin embargo, al no estar la profesión de biólogo reconocida en el código sanitario, los biólogos enfrentan dificultades y no pueden ser parte de este reglamento, por ejemplo, como asesores genéticos en cáncer. Es importante resaltar que en Chile solo existen dos diplomados de asesoramiento genético, ambos dirigidos por biólogos. La participación de los biólogos es crucial para avanzar en la investigación científica y en la aplicación de nuevos conocimientos para mejorar la salud humana. Los biólogos contribuyen significativamente en áreas como la microbiología, neurociencia, epidemiología, diagnóstico molecular y asesoramiento genético, todos campos esenciales para el bienestar y la salud de la población. En varios países, los biólogos son reconocidos y valorados como profesionales esenciales en el ámbito de la salud. En Estados Unidos, los biólogos forman parte integral del sistema de salud, trabajando en equipos multidisciplinarios en hospitales y centros de investigación. Su rol es crucial en la identificación de patógenos, el desarrollo de terapias innovadoras y la realización de diagnósticos moleculares precisos. En el Reino Unido, los biólogos son considerados profesionales de la salud y desempeñan funciones vitales en la investigación biomédica y la biotecnología, colaborando estrechamente con médicos y otros profesionales de la salud para mejorar los resultados clínicos. En Alemania, los biólogos tienen una presencia destacada en la investigación clínica y aplicada, contribuyendo significativamente en áreas como la genética médica, la farmacología y la microbiología. Estos ejemplos demuestran cómo el reconocimiento formal de los biólogos como profesionales de la salud no solo es posible, sino también beneficioso para la mejora continua de la salud pública y el avance científico. Por lo anterior, solicitamos una reunión con esta comisión a fin de poder explicarles en detalles los objetivos de nuestro colegio y avanzar en la inclusión de los biólogos como profesionales de la salud en Chile. Creemos firmemente que el reconocimiento formal de los biólogos en el ámbito sanitario no solo es justo, sino también esencial para el progreso científico y la mejora continua de la salud pública en nuestro país. Agradecemos de antemano su atención y quedamos a su disposición para coordinar esta reunión. TEMAS ABORDADOS EN REUNIÓN: Se informa inicialmente que sólo pueden participar las personas que se han inscrito en la plataforma de lobby. Se inicia la reunión con las presentaciones de los asistentes. El Sr. Ricardo Ramírez, en representación del Colegio de Biólogos, señala que su aspiración es la inclusión de los biólogos y biólogas al Código Sanitario, de manera tal que éstos sean considerados como profesionales de la salud, así como situaciones y casos prácticos en los cuales deben intervenir en conjunto con los equipos de salud. Se hace una presentación respecto de la participación de Biólogos en la red de salud. - Se presenta el DTO42, respecto de ley de cáncer, y su participación en esta regulación. En el artículo 90 sólo se menciona a profesionales de la salud, excluyendo a Biólogos. - Se muestra como funciona en el mundo el asesoramiento genético. - Se presenta que existe formación de 2 diplomados en asesoramiento genético, ambos dirigidos por Biólogos. - No se les acepta ingresar a SOCHIAGO porque no son profesionales de la salud. - Se exponen sus áreas de actuación y funciones que realizan actualmente en el país. Se explica que el proyecto de ley de actualización del Libro V del Código Sanitario está actualmente en discusión en la Comisión de Salud de la Honorable Cámara de Diputados y Diputadas de Chile, por lo cual se les comparte el link de acceso al proyecto, para conocimiento y seguimiento de los trámites: https://www.camara.cl/legislacion/ProyectosDeLey/tramitacion.aspx?prmID=14363&prmBOLETIN=13806-11 Se comenta que dado que el proyecto de ley se encuentra en el Congreso, la discusión ya no está ubicada en el Ministerio de Salud, sino en la Comisión de Salud mencionada previamente. Sin embargo, se comenta el espíritu de las indicaciones respecto del equipo de atención de salud y el equipo de salud que menciona la Ley 20.584. Finalmente se sugiere que se evalúe incidir en los reglamentos que limitan el ejercicio de Biólogos en la red de salud tal como lo ha planteado. |
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Gestor de intereses | Natalia Landeros | Natalia Landeros | ||||
2024-08-23 12:00:00 | AO001AW1627557 | Gestor de intereses | monica reyes nuñez | Monica Reyes Nuñez | Se analizara el actual impacto negativo en el gasto publico por retraso en la evaluacion de registro de productos biosimilares. TEMAS ABORDADOS EN REUNIÓN Señala que mantienen una presencia en el país de más de 100 años e iniciaron la renovación de su portafolio, cerrando acuerdos comerciales relevantes para la salud pública de Chile, forma en la que promoverán el acceso a medicamentos. En dicho contexto, comunica que mantienen un acuerdo comercial con la empresa india “Biocon Biologics”, que será representada para la comercialización de 7 moléculas biotecnológicas en Chile, habiendo entre éstas productos que ya tienen registro sanitario ante el Instituto de Salud Pública y otros que están en proceso de registro. Informan que han mantenido reuniones de lobby con la directora del Instituto de Salud Pública, la Dirección Técnica de CENABAST y ahora requirieron esta reunión con MINSAL, para plantear diversos temas asociados al registro y empleo de los productos biotecnológicos de “Biocon”. Manifiestan preocupación por el tiempo de demora de la autorización de registro de productos biosimilares y biotecnológicos; manteniendo pendiente de autorización sanitaria de Bevacizumab, PegFilgastrin y dos insulinas, del tipo glargina y aspártica, cuyas solicitudes de registro ya cuentan con la admisibilidad de su dossier pero que a la fecha no han tenido mayores noticias; salvo el caso de la insulina glargina, cuya solicitud de registro ya está evaluada y se aperturó un término probatorio requiriendo antecedentes, los cuales suministraran prontamente a la autoridad reguladora. Se informa que en materia de retrasos de registros de productos biotecnológicos/biosimilares, ya se encargo a ISP desarrollar una estrategia al respecto, la que prontamente será comunicada a los titulares de registro. En materia de empleo y coberturas de medicamentos, se indica que debe dirigirse a la DIPLAS y a la DIVAP, para presentar los antecedentes respecto a costo-efectividad y/o beneficios clínicos que reportarían sus productos en relación con las actuales coberturas y/o adquisiciones de la CENABAST. |
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Gestor de intereses | CARLOS PARDO | Carlos Pardo Quiroz | ||||
Gestor de intereses | JUAN FREDDY ARAVENA HENRIQUEZ | Freddy Aravena | ||||
Gestor de intereses | Kelly C Kocico | Kelly C kocico | ||||
Gestor de intereses | Marcelo Dos Santos | Marcelo DosSantos | ||||
2024-08-23 09:00:00 | AO001AW1619815 | Gestor de intereses | Natalia Rojas | Cosmech Chile | Tareas y labores de una cosmetologa en chile. Actualización Decreto 88 de cosmetologia TEMAS ABORDADOS EN REUNIÓN :Se hacen las presentaciones de los asistentes. Natalia presenta sus aprehensiones respecto del ejercicio de la Cosmetología: • Consulta porque no han sido considerados en la mesa de estética. • Actualización del decreto (más que actualización es que se denominen bien las tareas). • Existen personas que no son del área, mencionan las funciones de tatuadores. Existen cosas que no están permitidas hacer para cosmetólogas y que se les autorizan a tatuadores. • Menciona que médicos, odontólogos, enfermeras haciendo “su trabajo”, o cursos que se hacen a dueñas de casa, u otros. • Horas de formación que pide Seremi • Tiempos para que puedan dar las evaluaciones las cosmetólogas, se plantea que existe una demora de meses. La lobista comenta que tiene un listado de petitorio de los puntos mencionados, a lo cual se le solicita se envíe. Se le explica que la mesa de estética es una mesa compuesta por sociedades científicas y colegios profesionales, nosotros tenemos a COSMECH Chile registrados como una empresa, SPA, que además se aclara que la mesa está viendo temas de medicina estética principalmente y que, en la actualización del reglamento de cosmetología, si se invitará a las asociaciones gremiales del área, tenemos registradas 3 asociaciones que están sin funcionamiento actualmente. Natalia informa que ellos si son una asociación gremial, por lo cual se le pide que envíe el registro de la asociación gremial en cuestión. Se reitera que no es posible actualizar el decreto puesto que está asociado a dos proyectos de ley en curso, recordando que los detalles se informaron en el lobby realizado en febrero. Se informa que respecto a la autorización de procedimientos que realizan tatuadores y profesionales de la salud médicos y no médicos, se autoriza considerando la regulación vigente, en el caso de tatuadores se aplica el Reglamento de Tatuajes y Prácticas Similares (DTO304/2002), para los profesionales de la salud se aplica el Libro V del Código sanitario y en el caso de Kinesiólogos el Reglamento que regula el ejercicio del Kinesiólogo (DTO1082/1958). Además, Contraloría General de la República ha sido clara con sus dictámenes, donde ha pronunciado que un profesional de la salud puede ejercer las funciones de una profesión auxiliar de la salud en consideración de su formación (se solicita el dictamen que se enviará como respuesta al petitorio que se solicitó compartir). Respecto de las horas de formación se aclara que lo que Seremis de Salud solicitan es acorde a lo que se indica en el reglamento de cosmetología. Finalmente, respecto del tiempo para fijar las evaluaciones, se solicita que cuando el tiempo exceda a los tiempos que determina la Ley de trámites del Estado, nos informen para apoyar al equipo de Seremi que está teniendo la tardanza. |
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2024-08-09 11:00:00 | AO001AW1619510 | Gestor de intereses | Rodrigo Villouta | Rodrigo Villouta | Buscar formalizar la práctica e Instrucción de Yoga en nuestro país. TEMAS ABORDADOS EN REUNIÓN: • Presentación del Centro de Formación Técnica Academia Chilena de Yoga, primera Institución de Educación Superior que imparte yoga, con reconocimiento del MINEDUC. • Solicitud de reconocimiento para la profesión de yoga. • Antecedentes estadísticos de la práctica del yoga en los establecimientos de la red de salud pública. • Caminos para avanzar en el reconocimiento de yoga como práctica de la medicina complementaria. |
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Gestor de intereses | René Espinoza Castillo | René Espinoza Castillo | ||||
Gestor de intereses | Andrea Conca Prieto | Andrea Conca Prieto | ||||
2024-08-09 10:00:00 | AO001AW1619099 | Gestor de intereses | Felipe Diaz Del Rio | Farmaloop SpA | Estimado, Junto con saludar, pido esta audiencia para presentarnos como farmacia física y online que quiere ver formas de ayudar y coordinarse con respecto a la implementación de recetas electrónicas, su expendio y trazabilidad, ya que contamos con un sistema de trazabilidad por lote que nos permitiría curzarlo con las recetas y aportar en los objetivos de la DIPOL. Saludos cordiales TEMAS ABORDADOS EN REUNIÓN: Farmacia Loop es una farmacia online que ayuda a la disminución de la destrucción de medicamentos y acerca los medicamentos a los pacientes crónicos. Buscan con los proveedores medicamentos que tengan corto vencimiento y se los venden a los pacientes con hasta un 80% de descuento. Tienen farmacia física pero principalmente transan los medicamentos a través del comercio electrónico, por lo que se han adaptado a la normativa de comercio electrónico. Dentro de su propuesta es tener la cadena logística lo más corta posible para no encarecer el producto de productos farmacéuticos. Están apuntando a la solidez y seguridad en el resguardo de los datos. Tiene un sistema de trazabilidad donde los lotes de los medicamentos se asocian a los pacientes, como medida de resguardo producto del corto vencimiento de los medicamentos. En la plataforma web, venden los medicamentos e informan las fechas de vencimiento de estos para que el paciente compre en forma informada. Desean presentar al MINSAL la plataforma de trazabilidad y ver si se pueden integrar a receta electrónica, con el fin de potenciar su comercio electrónico y ver la posibilidad de realizar un protocolo para el comercio electrónico de medicamentos sujetos a control legal cuya condición de venta es la de receta cheque. Se les informa que el MINSAL se encuentra evaluando políticas que permitan la trazabilidad de los medicamentos desde su inicio hasta el paciente por lo que sería interesante conocer el sistema de trazabilidad que ellos han implementado. En cuanto a la integración con receta electrónica, se les informa que el MINSAL está trabajando hoy en día para implementar la receta cheque electrónica, la que prontamente debiera sestar disponible. Una vez logrado este objetivo, se comenzarán a trabajar en la interoperabilidad del Sistema Nacional de Receta Electrónica con otros desarrollos. Sin embargo, es importante aclarar que hoy en día la normativa no permite el comercio electrónico de productos cuya condición de venta es la de receta cheque, sin embargo es factible evaluar la posibilidad de permitirlo, siempre y cuando se encuentren las medidas de resguardo necesarias que requieren este tipo de producto. |
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Gestor de intereses | Michel Tesmer | Farmaloop SpA | ||||
Gestor de intereses | Cristian Olivares | Farmaloop SpA | ||||
2024-08-09 09:00:00 | AO001AW1636674 | Gestor de intereses | Mauricio Hormann | Cámara de la Industria Cosmética de Chile, A.G. | Estimado Dr. Juan Francisco Collao: Es de interés de la Cámara de la Industria Cosmética de Chile, A.G. solicitar audiencia para tratar dos temas relativos a ingredientes de formulación de productos cosméticos, dado el dinamismo y cambio de regulación tanto en Europa como Estados Unidos: 1.- Criterios y emisión de resoluciones exentas o comunicados locales cuando se prohíben o establecen restricciones de concentración de ingredientes, en otras áreas geográficas. 2.- Cosmetic Europe envió una carta a Ministerio de Salud el 25 de enero de 2024, de la cual no se tiene aún retroalimentación. Y es de interés de parte de la industria entender los criterios con los cuales se ha evaluado la aplicación de nuevo listado de alérgenos que Europa considera en etiquetado. Entendemos que Chile no presenta este requisito de rotulado, pero con la modificación del reglamento DS 239/02 quedará establecido como nuevo requerimiento y considerando los amplios plazos establecidos en Europa, será relevante entender el alcance que se estará definiendo en el país. Sin otro particular, se despide Pilar Cona Asesora Técnica - Cámara de la Industria Cosmética. TEMAS ABORDADOS EN REUNIÓN: La Cámara de la Industria Cosmética de Chile, solicita audiencia para ver el estado de respuesta de la Carta enviada por Cosmetic Europe ya que contiene materias que son de interés para la asociación y sus integrantes en cuanto a la rotulación de los ingredientes alergenos que en Europa comenzara a regir prontamente pero que han dado plazos de implementación de 3 años para los productos nuevos que ingresan al mercado y de 5 años para los productos que ya se comercializan. A través de la Consulta pública del DS 239/2003 toca aspectos que regula a los alergenos en cuanto a su rotulación, por lo que es de su interés saber como se va a implementar Desde el MINSAL se les informa que efectivamente la propuesta de modificación del DS 239/2003 en armonización con los reglamentos europeos, incluye la rotulación de los ingredientes alergenos. Que estos estarán de acuerdo con los listados de referencia y serán informados vía resolución por el Instituto de Salud Pública, dando los plazos suficientes para que la industria adecue sus rótulos, plazos que serán evaluados caso a caso. En relación a los ingredientes cosméticos, estos serán en base a los listados de referencia que se acordaron en Alianza Pacifico y que los cambios de restricción en sus concentraciones o prohibiciones se utilizara el mismo mecanismo señalado anterior, en que el Instituto informara dichos cambios dando los plazos suficientes para su implementación. En cuanto a la Carta enviada por Cosmetic Europe, se informa que será contestada una vez que termine la evaluación de la consulta pública de la modificación del DS 239/2003, ya que dicha carta fue enviada en este contexto. |
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Gestor de intereses | Nelida Muller | Cámara de la Industria Cosmética de Chile, A.G. | ||||
Gestor de intereses | Pilar Cona | Cámara de la Industria Cosmética de Chile, A.G. | ||||
2024-08-07 14:30:00 | AO001AW1599047 | Gestor de intereses | Gerardo Sánchez | ALIMSA A.G. | Requerimiento del ISP sobre modificación Decreto N° 3, efectuado por medio de Ordinario DD 054/21 de 21 de enero de 2022 TEMA ABORDADOS EN REUNIÓN: ALIMSA es una Asociación gremial que reúne las empresas relacionadas con los suplementos alimentarios. Esta asociación desde su origen ha intentado impulsar a través de la regulación el elevar los estándares alimentarios. Comenzaron con ISP considerando que son el ente técnico para instar a regular este tipo de producto, ya que muchos de estos que son saludables no se pueden comercializar en Chile por que no son considerados alimentos y tampoco medicamentos. En este contexto, solicitan crear una nueva categoría para poder a través de un registro sanitario comprobar calidad, eficacia y seguridad de este tipo de producto pero sin las exigencias de los registros farmacéuticos, partiendo porque estos generalmente son elaborados en plantas alimentarias. En 2022 el ISP envió una propuesta de Modificación del DS N°3/2010 para incluir una nueva categoría que incorporaría a estos productos saludables que sin ser medicamentos se le puedan atribuir propiedades saludables respaldadas. Hoy en día en el comercio existen muchos productos que dicen ser suplementos alimentarios y que se les atribuye una gran cantidades propiedades, curas y tratamientos que son poco creíbles, que no deben presentar nada para comprobarlas y que incluso salen en comerciales de televisión Desde el Ministerio, se les indica que hay un reconocimiento de que no esta siendo regulado debidamente en el país, y que es necesario evaluar la mejor forma de abarcar la regulación, vigilancia y fiscalización de este tipo de productos. En la actualidad en el ámbito de los productos sanitarios existe una Agenda Regulatoria que mandata por el periodo de 2024-2025 las materias que deben ser abordadas regulatoriamente y, dentro de los cuales , no se encontraría los suplementos alimentarios o la creación de esta nueva categoría. Se les sugiere mantener conversaciones con distintos actores del Ministerio de Salud y del poder legislativo para relevar la importancia de regular y resolver el problema de los suplementos alimentarios con propiedades saludables comprobables. |
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Gestor de intereses | Álvaro Villa | ALIMSA A.G. | ||||
2024-08-06 14:00:00 | AO001AW1631138 | Gestor de intereses | Héctor Torres | Sociedad Chilena de Farmacovigilancia | Poder conocer sobre la implementación, desarrollo y registro de la medicina complementaria en Chile. TEMAS ABORDADOS EN REUNIÓN: Desde la Sociedad Chilena de Farmacovigilancia, el Q.F. Héctor Torres informa que mañana deberá realizar una primera presentación sobre Medicina Complementaria a los miembros de esa entidad, razón por la cual habían solicitado algunos datos estadísticos del Registro Estadístico Mensual de Medicinas Complementarias, denominado REM A31, los que ya recibieron. Además, señala que están organizando una Webinar específica sobre Medicina Complementaria, a realizarse durante septiembre u octubre del presente año, para la cual solicita la colaboración del MINSAL. La Q.F. Macarena Torres indica que ella además es encargada de la Unidad de Medicina Complementaria del Hospital de San Fernando, la que se creó en diciembre de 2016, en la que se realizan prestaciones con una serie de terapias. Además, cuentan con voluntariado que realizan algunas prácticas. Asimismo, da a conocer que se encuentran en un proceso de normalización de su hospital y, como parte de él, esperan incluir espacio físico para Medicina Complementaria. El Q.F. Jorge Salinas señala que él también es parte de la Unidad de Medicina Integrativa del CESFAM de Chiguayante, en que brindan atenciones con prácticas de la Medicina Complementaria e incluso tienen lista de espera, dada la alta demanda de éstas. Desde el área técnica de Medicinas Complementarias (MC) del MINSAL, se da a conocer que recientemente la autoridad a aprobado la “Política de Medicina Complementaria y Prácticas de Bienestar de la Salud” (Política de MC y PBS), que incluye su primer plan de acción, por lo que ahora se está trabajando en la organización de su lanzamiento, que se espera realizar muy pronto. El plan de acción de esta política permitirá su implementación y guiará un desarrollo más orgánicos de estas prácticas. Además, se precisa que a nivel organizacional, el área técnica de MC se relaciona con referentes de MC de las Seremis de Salud y de los Servicios de Salud, siendo estos últimos los que se vinculan más directamente con los referentes o encargados de MC de los establecimientos de salud de la red pública. Por este motivo, se ofrece vincularlos con sus correspondientes referentes de MC de sus Servicios de Salud. El Jefe de Departamento de Políticas Farmacéuticas, de Prestadores de Salud y de Medicinas Complementarias compromete colaboración para el Webinar que están organizando, que tiene el carácter de una jornada científica sobre MC. Eso sí, les sugiere que lo efectúen durante el mes de octubre. Además, señala que desde el área técnica de MC se les enviará, vía correo, las indicaciones para solicitar patrocinio del MINSAL para dicha actividad, así como los datos de contactos de los referentes de MC de los Servicios de Salud O´Higgins y Concepción. |
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2024-08-06 10:00:00 | AO001AW1616577 | Gestor de intereses | Mary Ann Tapia Miranda | Colegio Profesional de Técnicos de Nivel Superior en Podología Clínica de Chile A.G. Nº Registro Personalidad Jurídica 420-9 | Ejercicio ilegal en podología. Atención primaria lo avala. Aclaración apartado Orientación Técnica “Manejo Integral del Pie Diabético”, del año 2018, con respecto al tipo de profesional que debe brindar la atención. Aclarcacion Reglameto 951/62 Modifcación, Diferenciación del profesional egresados de Otec y profesionales egresados de Institutos acredicados por el mineduc. Ejercicio ilegal de la profesión. ?. Solicitamos aclaración y pronunciamiento de la autoridad competente. La referida orientación técnica, en su apartado N° 6.1, distingue dos tipos de podología: la preventiva, que tiene por objeto solo el cuidado de los pies sanos, y la podología clínica, la que, además de los cuidados preventivos, incluye cuidados paliativos no invasivos en pies con disfuncionalidades, y que debe practicarse bajo la supervisión de un profesional de la salud, dentro de un establecimiento de salud. Luego, dicho documento precisa que el personal de salud que puede tratar el pie diabético es aquel que posee título de técnico en podología clínica o técnico en podología, cuyos títulos son conferidos en las condiciones que menciona y por entidades oficialmente reconocidas conforme a la normativa aplicable. Según se advierte de las orientaciones técnicas del Ministerio de Salud, el manejo de una complicación de salud como el pie diabético no se condice con la naturaleza de las funciones que pueden desempeñar los podólogos (Profesional no técnico, Tens en enfermería con mención en podologia) que han sido autorizados por la Seremi respectiva, a la luz de lo dispuesto por el artículo 2° del reglamento del ramo. Entonces resultan objetables las contrataciones de dichos profesionales siendo el propio misterio de salud quien rige y disposiciones las reglamentaciones de dicha área. TEMAS ABORADOS EN REUNIÓN: Se realiza presentación de los asistentes. Presidenta Colegio Profesional de Técnicos de Nivel Superior en Podología Clínica de Chile A.G. presenta un análisis normativo y expone las irregularidades que existen con podólogos auxiliares. Se presentan afiche de los cursos que existen en Podología, con logo Seremi e información presentada como publicidad engañosa. Se aclara que la formación depende de MINEDUC, que el logo de los cursos que tienen certificación SENCE es del Ministerio del Trabajo y previsión social. Que el MINSAL no aprueba cursos para Podología, por lo cual no corresponde que se use un logo de Seremi y que para pedir el uso del logo MINSAL se debe pedir el patrocinio. Se menciona que siempre que se detecte publicidad engañosa existe la posibilidad denunciar al SERNAC. Se menciona también que se encuentra en proceso proyecto de ley que “Modifica el Código Sanitario para regular el ejercicio de distintas profesiones del área de la salud como parte de un equipo médico”, Boletín 13806-11 y refundidos (se comparte link de acceso público para seguimiento), destacando que la tramitación de este proyecto de ley viene a reconocer a los técnicos de nivel super en salud, en general, lo cual permitiría reconocer en el reglamento de podólogos a técnicos de nivel superior en podología. Dicho reglamento está listo para tramitar e incluye las instrucciones de la Contraloría General de la República en los dictámenes que se mencionaron, pero se espera tramitar posterior a la Modificación del Código Sanitario, sino será necesario nuevamente actualizarlo con la nueva normativa. Se informa que en el marco del proyecto de ley antes mencionado el Ministerio de Salud ha detectado que, naturalmente y dados los avances de la tecnología y las ciencias el país, existe una tecnificación de las profesiones auxiliares reguladas a la fecha, por lo cual es necesario seguir avanzando en reconocer la formación técnica para acompañar el proceso de extinción de las profesiones auxiliares. Se recuerda que esta división y el departamento en particular ve políticas y regulaciones del área de prestadores de salud en el área pública y privada, por lo cual las indicaciones o gestiones que realice la Subsecretaria de redes asistenciales con sus divisiones (DIVAP-DIGERA) no es de nuestra jurisdicción. Por lo anterior no nos podemos pronunciar respecto de las normas técnicas u orientaciones técnicas de pie diabético emitidas, sólo podemos mencionar el marco legal que estas normas deben regirse. |
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Gestor de intereses | Erika Andrea Salkeld Gajardo | Asociación Gremial Colegio Profesional de Técnicos de Nivel Superior en Podología Clínica – TECPOD Clínico de Chile A.G | ||||
2024-07-26 12:00:00 | AO001AW1614777 | Gestor de intereses | Manuel Lucero Amar | Grunenthal Chile | Consultar sobre publicación por parte del MINSAL de guías para la implementación de intercambiabilidad de otras formas farmacéuticas como los parches transdérmicos TEMAS ABORDADOS EN REUNIÓN: Informan su petición para que se realice exigencia regulatoria de pruebas de intercambiabilidad para parches transdérmicos y tópicos, señalando que en el caso de parches transdérmicos de acción sistémica, las agencias reguladoras de referencia ya lo exigen, indicando que la EMA pide estudios de bioequivalencia tradicionales; mientras que la FDA/USA también los exige, sumándole la petición de estudios de adhesión e irritación y de sensibilidad; mismas exigencias que se realizarían en Brasil. En el caso de parches con acción tópica, señalan que la EMA ya pide estudios clínicos, estudios farmacodinámicos en humanos y estudios de disponibilidad local o estudios en animales o in vitro; en tanto que la FDA/USA requiere de estudios de bioequivalencia, de adhesión y estudios in vivo de irritación y sensibilidad en la piel; en tanto que en Brasil solo se requerirían estudios de bioequivalencia. En ese contexto, señalan que su empresa tiene la titularidad del registro de parches transdérmicos de Buprenorfina, indicados para dolor no oncológico y que obtuvieron las respectivas autorizaciones en el año 2015 y actualmente están solicitando se estimen como productos de referencia; respecto de lo cual indican que en Europa ya existen varias alternativas farmacéuticas autorizadas similares a sus productos, las que han presentado los respectivos estudios de equivalencia terapéutica. En Chile, últimamente se han registrado ante ISP varios productos similares al referido con más de 5 titulares, pero a su vista, no se han realizado las exigencias adecuadas para respaldar su adecuado uso e intercambiabilidad. Por otro lado, señala que mantienen registro sanitario para un producto en presentación de parche de acción tópica de Lidocaína, indicando que en Europa no se han otorgado registros similares, rechazando algunas solicitudes por falta de estudios de equivalencia o similares; en tanto que en Chile si se han otorgado registros para productos similares, pero que a su vista no mantienen los mismos estándares de seguridad y eficacia; y que en su uso se han verificado problemas de adhesión y también indican que se habría observado un incremento en la frecuencia de reacciones adversas. Finalmente, manifiesta que desde el año 2019 estaban informados que se emitirían guías para la demostración de bioequivalencia de parches y formas farmacéuticas similares, consultando si existen avances. Sobre el particular, se informa que ya se ha requerido al ISP la construcción de las Guías Metodológicas respectivas, con las cuales se podrá avanzar en la materia. Respecto de las indicaciones relacionadas a problemas en el uso de producto, se señala que deben emplearse las vías de denuncia a la calidad y farmacovigilancia, según proceda. |
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Gestor de intereses | Marianela Hechem | Grunenthal Chile | ||||
2024-07-26 11:00:00 | AO001AW1617740 | Gestor de intereses | Daniel Muñoz | Recemed | Solicitamos esta reunión para conocer el estado de avance del proyecto de Receta Médica Electrónica, junto con la Norma Técnica para las plataformas privadas de Emisión de Recetas Electrónicas. TEMAS ABORDADOS EN REUNIÓN: Se inicia la reunión con las debidas presentaciones. Posterior, se comenta de los avances del proyecto de receta electrónica, ademas se señala que prontamente se lanzara la marcha blanca. |
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Gestor de intereses | Pablo Jaña | Recemed SPA | ||||
2024-07-25 11:00:00 | AO001AW1608659 | Gestor de intereses | Mariela Formas | Cámara de la Innovación Farmacéutica de Chile | Presentar informe y recomendaciones en materia de ensayos clínicos TEMAS ABORDADOS EN REUNIÓN: Anuncia tratamiento de dos temáticas en la reunión: - Retraso de registro de medicamentos biológicos por parte del Instituto de Salud Pública, recordando que en un lobby previo presentó una propuesta de agilización del proceso por medio de la aplicación de un modelo de revisión similar al tenido por Syngapour. Al respecto, se informa que ISP está elaborando una estrategia al respecto, cuyos resultados serán presentados próximamente. - Informa la emisión del documento “Recomendaciones para la generación de una política de atracción de ensayos clínicos”, producto de diversas comisiones multisectoriales y con amplia participación, indicando que fue entregado al MINSAL y señalando que han identificado dos barreras regulatorias que disminuyen la llegada de estudios clínicos al país; éstas vistas en las obligaciones de entrega gratuita post ensayo a los participantes de los ensayos clínicos, en casos de utilidad terapéutica; así como en las normas asociadas a la carga de prueba y plazos de prescripción en casos de reacciones adversas ocurridas con ocasión del ensayo clínico; ambas medidas regulatorias que fueron impuestas por la Ley N° 20.850 y su modificación requiere trámite legislativo. Comunican que están trabajando en propuestas al respecto y que hay un proceso en curso en el Congreso Nacional. Se informa que tratándose de modificaciones legales y su priorización, éstas dependen de los gabinetes de las autoridades, sin perjuicio que pueden comunicar vía carta sus propuestas al respecto. |
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Gestor de intereses | FRANCISCA RODRÍGUEZ CAMUS | Cámara de la Innovación Farmacéutica de Chile | ||||
Gestor de intereses | Carlos Portales | Cámara de la Innovación Farmacéutica de Chile | ||||
Gestor de intereses | Ignacio Escobar | Cámara de la Innovación Farmacéutica de Chile | ||||
2024-07-12 11:00:00 | AO001AW1594871 | Gestor de intereses | Jean Duhart | Grünenthal Chilena Ltda. | Conocer el status de receta electrónica, los avances TEMAS ABORDADOS EN REUNIÓN: Presenta a Prosalud Chile, asociación gremial compuestas por empresas de distinto rubros, farmacéuticas, terapias avanzadas, salud digital, centro de investigación y desarrollos, dispositivos médicos, transporte y logísticas, del área de la salud. El propósito de esta asociación es desarrollar un polo de innovación en salud de clase mundial, impulsar la transformación digital en salud, mejorar el acceso a la salud de calidad, facilitar la innovación y emprendimiento en salud y promover la mejora en la regulación de salud Desde el gremio vienen impulsando fuertemente la política publica del Sistema Nacional de Receta Electrónica (SNRE). Además, informan que comentaron con el Ministerio del Interior y SENDA sobre el proyecto de SNRE en relación con los trabajos que dichas carteras vienen realizando con la trazabilidad de psicotrópicos y estupefacientes y el mercado ilícito en torno a estos productos. Manifiestan que le están realizando un seguimiento al proyecto de SNRE y desean saber los avances de esta política publica y como poder cooperar en difundir este proyecto. Desde el Ministerio se informa que existen importantes avances en materias del SNRE. Actualmente ya se encuentra en fase piloto la receta cheque electrónica y mejoras en las plataformas de dispensación para los químicos farmacéuticos, como son el historial de recetas, la anulación de dispensaciones y la retención de recetas retenidas distintas a las sujetas a control legal. Asimismo, nos encontramos trabajando en el desarrollo de la interoperabilidad del sistema. Se espera que en el segundo semestre de este año se realice el lanzamiento oficial del SNRE. A su vez, se comenta que el Ministerio viene trabajando en el libro electrónico de registro estupefacientes y psicotrópicos, el cual se encuentra en su fase de pilotaje y que es un complemento al proyecto de SNRE, lo que fortalece en forma importante a la trazabilidad de estos productos, así como su mejor vigilancia y control Desde la asociación gremial ofrecen su disponibilidad para realizar la difusión de estas políticas a través de webinar a los profesionales prescriptores y dispensadores así como reuniones con las empresas asociadas que se encontrarían interesadas en la interoperabilidad con el SNRE. |
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Gestor de intereses | Claudia Ramos | Grünenthal Chilena Ltda. | ||||
2024-07-05 12:00:00 | AO001AW1609084 | Gestor de intereses | Juan Olea | Exagen | Techi S.A es un laboratorio con más de 30 años de trayectoria, dedicados a la fabricación de radiofármacos (Cold Kits) Elaboramos una amplia gama de dichos reactivos de diagnóstico, para cubrir la mayoría de las necesidades de la Medicina Nuclear. Esta solicitud tiene como propósito requerirles permiso temporario para continuar abasteciendo con nuestros productos al mercado chileno, mientras el Ministerio de Salud y Relaciones Exteriores del Uruguay terminan de procesar la documentación de nuestra empresa. El laboratorio está a la espera de la expedición de GMP. Podemos enviar una nota sellada por la Directora de Medicamentos del MSP, en la cuál indica que estamos en trámite y que no habiendo objeciones para mantenernos en funcionamiento, se expide un documento destinado a las autoridades Chilenas con fecha junio 2024. (Lo hemos realizado para Brasil) Por otro lado, tenemos los CPP con destino Chile, que podemos enviar digitalizado, previo a su Apostillado, ya que hay un gran atraso en expedir la apostilla por el MRREE. Una vez salga con dicho aval, se enviará el CPP original Apostillado. Tenemos el compromiso de dar cumplimiento a la documentación antes mencionada a la brevedad. Somos únicos fabricantes en Uruguay de kit de diagnóstico / SPECT, capaz de diagnosticar; Párkinson, alteraciones y/o tumores de la función renal, endocrina, cardíaca, hepática, ósea, cerebral, pulmonar, tiroidea y neurológica, como también para procesos inflamatorios y diagnóstico de ganglio centinela. A lo largo de los años, hemos abastecido mercados de Perú, Paraguay, México, República Dominicana, Brasil, Chile, entre otros. Podemos evidenciar referencias comerciales de ventas a CGM Chile, de los años 2010, 2011, 2013 y 2014, hasta la fecha, como aval de la eficiencia y seguridad de nuestros kits a lo largo de los años. TEMAS ABORDADOS EN REUNIÓN: Se presenta la empresa Techi, como proveedor de kit fríos para radiofármacos. Manifiesta ser proveedor hace 15 años para industria farmacéutica de radiofármacos en Chile. Se incorpora el Sr. Juan José Olea de Exagen, participante en lobby preliminar por empresa Exagen. Empresa Techi informa que están en proceso de certificación de BPM por parte de la autoridad reguladora de productos farmacéuticos de Uruguay y que están a la espera de certificados pertinentes, requeridos para la internación de kit fríos. Se le informa que ISP es la autoridad sanitaria que regula los productos farmacéuticas, entre ellos los radiofármacos. Que toda consulta o información al respecto debe ser informada a esa institución pública, puesto que es la agencia reguladora de referencia en Chile. Se indicó que las BPM para la industria farmacéutica de producción de radiofármacos está vigente desde 2022 y que hubo una consulta pública internacional y nacional el segundo semestre del año 2019. Anexo 6 de Norma Técnica N° 127: Buenas Prácticas de Manufactura de Radiofármacos También se informa que desde 2010 se encuentra vigente Reglamento del sistema nacional de control de los productos farmacéuticos de uso humano, y que actualmente los radiofármacos sin registro sanitario pueden entrar al país por artículo 99°. |
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Gestor de intereses | Carla San Pedro Sosa | Techi S.A | ||||
2024-07-05 11:00:00 | AO001AW1606015 | Gestor de intereses | Héctor Duchens | Hector Duchens | Se solicita audiencia con la subsecretaria de Salud Publica para tratar los siguientes temas: Revisión de políticas publicas que normen la ozonoterapia médica en Chile. Revisión de la implementación de las políticas publicas ozonoterapia médica en Chile. Actualización de norma legal, aspectos técnicos y operativos para el correcto uso de la ozonoterapia en Chile TEMAS ABORDADOS EN REUNIÓN: Atendidos por la Sujeto Pasivo Carla Oliveri, se da incio a la reunión: Presentación de los solicitantes de la reunión y los profesionales del MINSAL, actuando Carla Oliveri en representación del jefe del Departamento Juan Francisco Collao. Los solicitantes reseñan su experiencia en materia de ozonoterapia, así como lo problemas y riesgos que la falta de legislación sanitaria en la materia puede producir y solicitan que esta sea regulada como Medicina Complementaria (MC). Señalan que la ozonoterapia se encuentra regulada en más de 50 países a nivel mundial. Que al 2023 existen alrededor de 400.000 trabajos de investigación, 2.000 ensayos clínicos y algunos metaanálisis generando bastante evidencia sobre su efectividad especialmente para tratar dolor. Señalan que se encuentran planificando un proyecto de investigación con la UFRO de largo plazo y refieren el uso compasivo que realizaron en el período de la pandemia, incluso con autorización del MINSAL. También señalan que los equipos que utilizan están autorizados por la FDA, y que por la falta de una legislación al respecto también existen ingresos de máquinas de procedencia china que no cuentan con la misma calidad. Carmen Julia Cerda explica el marco normativo de la MC y los supuestos para un reconocimiento y regulación de una de estas prácticas, especificando que el reconocimiento y regulación se refiere a las profesiones y precisa, que estas son profesiones auxiliares de la salud y no profesiones médicas, que son quienes, según los solicitantes del lobby, señalaron deben ejercer esta práctica. Respecto de los recintos en que se realiza la ozonoterapia, se concuerda en que deben tener la autorización de sala de procedimientos y respecto del uso de las maquinas se señala que su registro no es competencia del MINSAL sino del Instituto de Salud Pública ya que son dispositivos médicos. También expresa que, desde el Área de MC no tenemos conocimiento del uso de la ozonoterapia en los establecimientos de la red pública y que existe un Registro Estadístico Mensual que se lleva en los establecimientos de salud de la red pública respecto de prácticas de MC reguladas y no reguladas, entre las que no se encuentra la ozonoterapia. Carla Oliveri pregunta sobre los riesgos del ejercicio de la ozonoterapia, a lo que los participantes señalan: que contando con un diagnóstico y un uso profesionales del procedimiento los riesgos son muy bajos, pequeños sangramientos principalmente por falta de cuidados de los pacientes, pero que es un procedimiento complejo, que introduce en el cuerpo ozono y que requiere dosificaciones particulares a cada caso. Yénive Cavieres complementa lo señalando anteriormente, proponiendo que elaboren un dossier para presentar al MINSAL. Señala que esta área técnica se había reunido anteriormente con la Dra. Isis Alvarado y habían considerado que este era un procedimiento clínico más que una medicina complementaria, especialmente por los enfoques que la sustentan, por lo que en dicha oportunidad se les había orientado solicitar un lobby a DIPRECE. La Dra. Isis señala que solicitaron ese lobby, pero nunca fueron recibidos. Se vuelve a orientar que soliciten una reunión lobby con DIPRECE, a fin de que esta División evalúe la ozonoterapia como procedimiento médico, dado que, en opinión del área técnica de MC, esta no es medicina complementaria. Se hace la relación con el uso de las cámaras hiperbáricas para la evaluación en DIPRECE. Héctor Duchens, solicita orientación respecto de a quién dirigirse en MINSAL para entregar información relevante sobre nuevos sistemas de desinfección de superficies. Se le recomienda solicitar reunión lobby con el jefe del Departamento de Salud Ambiental de la División de Políticas Públicas Saludables y Promoción (DIPOL). Ante las aprehensiones de que no tengan respuesta a la solicitud de reunión que realizarán a DIPRECE, se explica que hoy existe una muy buena respuesta desde MINSAL para atender estas reuniones. La Dra. Isis quedó de solicitar dicha reunión y enviar dosier a DIPRECE y también a esta área técnica. |
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Gestor de intereses | mauricio ballas meneses | Mauricio Ballas Meneses | ||||
Gestor de intereses | Isis Yadia Alvarado Marín | Isis Yadia Alvarado Marin | ||||
Gestor de intereses | Carmen Luz Ibarra Perez | Carmen Luz Ibarra Perez | ||||
Gestor de intereses | Aichel Barbara Montes de Oca Jimenez | Aichel Barbara Montes de Oca Jimenez | ||||
Gestor de intereses | Hugo Christian Ubilla Larrea | Hugo Christian Ubilla Larrea | ||||
2024-07-05 11:00:00 | AO001AW1590249 | Gestor de intereses | Verónica Hernández | EXAGEN | Abordar políticas de abastecimiento de generadores y Kit Fríos en medicina nuclear. Priorizando su internación, comercialización y traslado a fin de prevenir desabastecimiento en el área. TEMAS ABORDADOS EN REUNIÓN: La empresa Exagen se presenta a través de su representante Juan Francisco Olea, consulta por la situación de internación de kit fríos y por respuesta del Instituto de Salud Pública, respecto de requisitos para registro provisorio por artículo 99° del D.S. N°3/2010 de Reglamento del sistema nacional de control de los productos farmacéuticos de uso humano. Se le informa que esa información debe ser consultada por los canales formales a esa Institución, ISP, puesto que ISP es la autoridad reguladora de referencia en medicamentos en Chile. Que toda consulta y respuesta que requiera del ISP, puede ser canalizada vía web OIRS para obtener respuestas formales. Se le explica la regulación vigente para estos fines, según lo consultado respecto de radiofármacos. |
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Gestor de intereses | barbara olea | exagen | ||||
2024-06-28 11:00:00 | AO001AW1594055 | Lobbista | Lorenzo Leyton | Productos Farmacéuticos Heel Chile Ltda | Estado de solicitud Nómina 2552557 TEMA ABORDADOS EN REUNIÓN: Heel plantea que ha estado comercializando un producto llamado heel-kit de forma global. Hubo un cambio en la formulación de uno de los productos del producto farmacéutico en combinación. Heel plantea que, a pesar de que ha habido cambios de otros productos, no requirieron cambios en el registro. Sin embargo, ISP habría solicitado cambio de registro del producto debido a cambio en la formulación y el cambio en el registro de producto en combinación. ISP rechazo el intento de registro Heel dice que se había renovado el registro de heel kit incluso con el nuevo reglamento. Por lo tanto, interpuso un recurso de reclamación ante el ministerio de salud. Heel pregunta si es que existen antecedentes técnicos respecto a la exclusión de los productos en combinación entre homeopáticos. Dipol responde que no tiene acceso a los argumentos que se utilizaron en la elaboración de la norma. Heel plantea que las normativas son dinámicas y que a su parecer se requiere una modificación que posibilite el registro de productos farmacéuticos en combinación entre especialidades farmacéuticas homeopáticas. Dipol responde que no puede realizar cambios normativos motivados por el interés de una industria en particular. Y que las modificaciones reglamentarias son determinadas por el “grupo de trabajo para la coordinación de las actividades de regulación en medicamentos, elementos de uso médico y cosméticos” a través de la agenda regulatoria que establece las prioridades respecto a las modificaciones reglamentarias. Dipol se compromete a hacer seguimiento respecto a la respuesta del recurso de reclamación y entregar lineamientos respecto a la solicitud del cambio normativo intentado. Se deja registro de los correos electrónicos de los representantes de Heel. karem.needham@heel.cl y lorenzo.leyton@heel.cl |
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Sujeto Pasivo | Karem Needham | |||||
2024-06-28 11:00:00 | AO001AW1594055 | Lobbista | Lorenzo Leyton | Productos Farmacéuticos Heel Chile Ltda | Estado de solicitud Nómina 2552557 TEMA ABORDADOS EN REUNIÓN: Heel plantea que ha estado comercializando un producto llamado heel-kit de forma global. Hubo un cambio en la formulación de uno de los productos del producto farmacéutico en combinación. Heel plantea que, a pesar de que ha habido cambios de otros productos, no requirieron cambios en el registro. Sin embargo, ISP habría solicitado cambio de registro del producto debido a cambio en la formulación y el cambio en el registro de producto en combinación. ISP rechazo el intento de registro Heel dice que se había renovado el registro de heel kit incluso con el nuevo reglamento. Por lo tanto, interpuso un recurso de reclamación ante el ministerio de salud. Heel pregunta si es que existen antecedentes técnicos respecto a la exclusión de los productos en combinación entre homeopáticos. Dipol responde que no tiene acceso a los argumentos que se utilizaron en la elaboración de la norma. Heel plantea que las normativas son dinámicas y que a su parecer se requiere una modificación que posibilite el registro de productos farmacéuticos en combinación entre especialidades farmacéuticas homeopáticas. Dipol responde que no puede realizar cambios normativos motivados por el interés de una industria en particular. Y que las modificaciones reglamentarias son determinadas por el “grupo de trabajo para la coordinación de las actividades de regulación en medicamentos, elementos de uso médico y cosméticos” a través de la agenda regulatoria que establece las prioridades respecto a las modificaciones reglamentarias. Dipol se compromete a hacer seguimiento respecto a la respuesta del recurso de reclamación y entregar lineamientos respecto a la solicitud del cambio normativo intentado. Se deja registro de los correos electrónicos de los representantes de Heel. karem.needham@heel.cl y lorenzo.leyton@heel.cl |
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Sujeto Pasivo | Karem Needham | |||||
2024-06-28 09:00:00 | AO001AW1610572 | Gestor de intereses | Marcelo Estany | INVERSIONES FARMALYM SPA | Solicito exponer situación acaecida con el Instituto de Salud Publica en la cual se le solicito tomar en consideración la decisión tomada por el instituto en relacion a la fijación de turnos para nuestra farmacia pese a que se había solicitado su eximición por razones de seguridad personal que constituyen delito y se encuentran denunciadas a la fiscalía local, tramite que fue aceptado por el instituto y no obstante el departamento encargado de esta programación de turnos de igual manera no considero la situación expuesta y fijo turnos para nuestra farmacia durante todo el año en curso. TEMAS ABORDADOS EN REUNIÓN: Representante de una farmacia independiente de la comuna de San Bernardo que comenzó sus operaciones desde junio de 2020, desde marzo del año 2021, comenzaron a tener problemas delictuales en la farmacia (todo respaldado con las denuncias). En junio del año 2022, el dueño y director técnico de la farmacia sufrió una encerrona frustrada. Desde esa fecha comenzaron una serie de amenazas e intentos de robo al establecimiento incluido seguimientos y vigilancia de posiblemente delincuentes. Ante los hechos, el dueño de la farmacia solicitó asistencia de la fiscalía. La farmacia arrienda a un tercero el local donde se encuentra y en virtud de las acciones delictuales que ha sufrido el establecimiento, el arrendador solicitó acotar el horario de funcionamiento de la farmacia y que no realice turnos, ya que la farmacia se encuentra al lado de su domicilio particular, de lo contrario, se diaria termino al contrato de arrendamiento. En septiembre del año 2023 el director técnico realiza una solicitud formal a ISP, en la cual se explica la situación y solicita eximir a la farmacia de la nómina de turno por los problemas expuestos. 15 días hábiles después de la presentación, el ISP responde que se va a considerar lo expuesto y en la próxima resolución la farmacia quedaría exenta. La respuesta fue entregada por OIRS Folio AO005W0041886. Sin embargo, en la resolución de los turnos de 2024 la farmacia seguía incluida en los turnos de farmacia, por lo que se solicita una reunión con Carlos Bravo del ISP a través de Lobby folio AO005AW1503136, en el cual se le habría indicado que dada la situación planteada y todos los tramites que se han realizado, se daría ha lugar lo solicitado y que durante el mes de febrero entregarían la respuesta formal, lo que hasta la fecha no ha sucedido. Se han enviado una serie de correos a Carlos Bravo y a Sergio Muñoz solicitando que consideren la solicitud de eximición de turnos a la farmacia de lo contrario le solicitaran dejar el local. Desde ISP señalan que esta materia no es de lobby y que se puede tratar en una reunión técnica, que hasta la fecha no se ha podido concretar. En la resolución de turnos del segundo semestre del ISP, nuevamente el establecimiento fue incluido en los turnos de farmacia. El director técnico del establecimiento señala además que existiría una farmacia del sector que realiza turnos de urgencia y le llama la atención que una farmacia que se encuentra clausurada aparece con turnos en la resolucion. Los turnos que debe cumplir el establecimiento durante el semestre son aproximadamente de 6 a 8. Desde el MINSAL se le solicita al director técnico que remita vía correo los antecedentes del caso para solicitar al ISP que de una respuesta formal a la brevedad de la solicitud realizada por el establecimiento. |
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2024-06-24 15:00:00 | AO001AW1596973 | Gestor de intereses | Jose Hevia | Cámara de la Industria Cosmética de Chile, A.G. | Estimado PhD. Juan Francisco Collao: Durante el mes de junio se realizará la XXXIII Plenaria CASIC en Chile, específicamente del 25 al 27 junio de 2024. Es de interés del Consejo de la Industria de Cosméticos, Aseo Personal y Cuidado del Hogar de Latinoamérica - CASIC junto a la Cámara de la Industria Cosmética de Chile A.G., el tener la instancia de conversar respecto a materias de colaboración entre las asociaciones gremiales y las autoridades sanitarias locales, junto con promover el desarrollo y la adopción de buenas prácticas en el sector, elevando así los estándares de calidad y seguridad. Es por esta razón que se solicita posibilidad de agendar una reunión entre las partes especificamente el 24 de junio, día destinado a visitas protocolares con las autoridades gubernamentales. Esperando una acogida favorable, se despide atentamente Pilar Cona Asesora Técnica |
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Gestor de intereses | Mauricio Hormann | Cámara de la Industria Cosmética de Chile, A.G. | ||||
Gestor de intereses | Pilar Cona | Cámara de la Industria Cosmética de Chile, A.G. | ||||
Gestor de intereses | Carlos Berzunza Sánchez | Consejo de la Industria de Cosméticos, Aseo Personal y Cuidado del Hogar de Latinoamérica - CASIC | ||||
Gestor de intereses | Maria Alejandra Benitez Trujillo | Consejo de la Industria de Cosméticos, Aseo Personal y Cuidado del Hogar de Latinoamérica - CASIC | ||||
2024-06-14 12:00:00 | AO001AW1594294 | Gestor de intereses | Benjamín Matthews | Benjamin Matthews | Por medio de la presente, informamos que hemos sostenido una reunión a través de la Ley del Lobby con don Roberto Araneda Ortega, jefe del Departamento Red de Urgencia del Ministerio de Salud, en la se cual se trató la viabilidad de un proyecto asistencial, en la cual se trataron temas de viabilidad de un proyecto, y de la red de centros asistenciales. En la cual se nos indicó que debíamos continuar División de Políticas Públicas Saludables y Promoción (DIPOL). Y es por esta razón, que solicitamos una reunión con usted. El objetivo principal de esta audiencia es entender las regulaciones vigentes en los diversos ámbitos del Ministerio de Salud para cumplir con ellas y llevar a cabo un proyecto que lleve la continuidad completa de la atención del paciente. Esta propuesta podría ampliar la cobertura de salud y brindar atención a más pacientes de manera eficiente. Atentamente, TEMA ABORDADOS EN REUNIÓN: Se hacen las presentaciones generales. Se aclara que la reunión de lobby no es una asesoría, sino está dispuesta para dar respuestas específicas respecto de la normativa. Se comenta como está dispuesta la empresa y que el funcionamiento es con un modelo SAR privado, pero se diferencia en dar la continuidad de la atención con un concepto que servicio de urgencia ambulatorio, con un funcionamiento de 4 a 5 años. Se consulta respecto de la normativa para la ejecución de exámenes imagenológicos, donde se aclara lo que indica el Código Sanitario y el DTO90/1997 respecto del ejercicio de auxiliares paramédicos que se asimila a las funciones de los técnicos de salud. Se aclara que un médico puede ejecutar todas las acciones de salud y delegar bajo colaboración médica a otros profesionales de la salud bajo supervigilancia médica, por lo cual es importante considerar en ese caso la responsabilidad legal del médico quien deberá asegura la calidad de la atención en salud que corresponda. Se consulta respecto de la instalación de un SAR en la red privada de salud, donde se informa que desde la reforma de salud del 2005 no es posible hacer diferencias entre la red pública y privada, por lo cual, si un privado quiere instalar un SAR, propio de la red pública de salud, lo puede hacer mientras cumpla con la regulación vigente, se comparte la página donde se puede descargar la Pauta de Chequeo para la autorización sanitaria de un SAR. Se consulta respecto de la normativa de una toma de muestras en relación a camillas y accesibilidad, mencionando lo que corresponde normativamente. Se recuerda que es relevante para un gestor de salud que quiera coordinar un establecimiento de salud es muy importante conocer la normativa vigente desde el Código Sanitario y los reglamentos y normas que lo acompañan. |
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Gestor de intereses | Benjamín Duch | Benjamin Duch | ||||
Gestor de intereses | Jenny Pamela Sandoval Retamal | Jenny Sandoval | ||||
2024-06-14 11:00:00 | AO001AW1595229 | Gestor de intereses | Ximena Paredes | Roche Chile Limitada | Regulación vigente en materias de aprobación medicamentos biológicos TEMAS ABORDADOS EN REUNIÓN: Informa que solicitó reunión para revisar procesos regulatorios asociados a la aprobación de drogas huérfanas en Chile, de manera específica por la aprobación de su producto biotecnológico “Glofitamab” para tratamiento de pacientes con “Linfoma difuso”; ello a instancia del retraso en el otorgamiento de su registro sanitario y por recomendación de ISP, para evaluar con MINSAL potenciales priorizaciones a su autorización (Referencias N° RF 1857723 y N° RF 1857740, ambas ingresadas en mayo de 2022). Señala que de acuerdo a la normativa vigente los procesos regulatorios de registro ordinario -al que se someten las moléculas biotecnológicas- deberían demorar 6 meses, pero ello no acontece en la realidad, habiendo un período para la aprobación regulatoria más extendido y no existiendo a la fecha una vía administrativa clara que permita la evaluación prioritaria; siendo a su vista este último aspecto una oportunidad de mejora regulatoria para eficientar los procesos y mejorar la accesibilidad de los pacientes a tratamientos farmacológicos más costo efectivos. Manifiestan que han estudiado la materia y que para el 60% de los registros sanitarios aprobados existe un tiempo de evaluación y aprobación de 22 a 32 meses, ello según se reporta en el informe “WAIT”, desarrollado por “Fifarma” e “IQVIA”, que denota que los procesos de aprobación regulatoria en Chile son uno de los más largos en Latinoamérica lo que retrasa la accesibilidad a pacientes. Requieren la priorización y aceleración de la aprobación regulatoria de “Glofitamab”, ya que atiende el tratamiento terapéutico donde no existirían mayores alternativas farmacológicas; en tanto que en Linfoma no Hodking de Células B el 65 % de los pacientes se curan con las terapias actuales, pero se requieren productos para los pacientes que presentan resistencia a las terapias establecidas y que fallan en sus tratamientos iniciales; habiendo una necesidad que sería cubierta por “Glofitamab”, como producto de tercera línea, el que ha presentado buena respuesta terapéutica inmediatamente después del tratamiento y que se mantiene de manera significativa a posteriori, dando remisiones completas y duraderas más allá del término del tratamiento. Suman a lo antes expuesto, que el referido producto ya ha sido autorizado por FDA/USA y EMA/Europa, durante el año 2023 y que a la fecha hay más de 2100 pacientes tratados a nivel mundial desde el inicio de su comercialización (adicionales a los pacientes que se trataron en los respectivos ensayos clínicos). Adicionalmente, informa que en Chile algunos pacientes han logrado recibir la terapia por medio de una cobertura por “uso compasivo” (8 pacientes), en tanto el medicamento ha sido requerido por algunos médicos locales de manera especial por tratarse de una enfermedad huérfana. Señalan que, de acuerdo a lo informado por ISP, la única opción para priorizar la evaluación de registro sanitario de “Glofitamab” es que el MINSAL establezca la priorización, mediante resolución, por aplicación de la abreviación de registro de que trata el artículo 51° del DS MINSAL N° 3/2010. Plantean oportunidades de mejora de la regulación actual y así contar con mecanismos eficaces para registros de drogas huérfanas y terapias avanzadas, tales como: - Permitir priorización de evaluación de registro de drogas huérfanas, reconocidas por autoridades de alta vigilancia. - Ampliar la aplicación de procedimiento de registro acelerado a medicamentos biotecnológicos, siendo estos productos relevantes y de última innovación para enfermedades de importancia sanitaria. Para el caso de “Glofitamab”, plantean también la posible aplicación del artículo 54° del DS MINSAL N° 3/2010 Se informa que a raíz de modificaciones reglamentarias realizadas al art. 51° del DS MINSAL N° 3/2010 (año 2020), ya no es necesaria la emisión de una resolución ministerial para la abreviación del procedimiento de registro de productos incluidos en planes y programas del MINSAL o en Formulario Nacional de Medicamentos; pero que de todas formas dicho mecanismo no sería aplicable al caso en revisión. Asimismo, se indica que la vía de aceleramiento de registro sería solo prospectiva y su ampliación a medicamentos biotecnológicos está en estudio. Con todo, se informa que puede requerirse formalmente al MINSAL, la necesidad urgente de contar con el producto, atendiendo a su utilidad en casos clínicos donde no habría más opciones de tratamiento. |
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2024-06-07 11:00:00 | AO001AW1600265 | Gestor de intereses | David Garcia | David García | Desabastecimiento de Kit Frios para marcación de Tecnecio Radiofarmacos uso de Medicina Nuclear. TEMAS ABORDADOS EN REUNIÓN: La empresa Parthenon se presenta a través de su representante David Garcia, consultan por la situación del eventual desabastecimiento de Kit fríos entre fechas de mayo y junio. Se le informa que existe falta de abastecimiento de kit fríos para marcación de tecnecio-99 (radiofármacos) de uso en diagnóstico en medicina nuclear. Solicitan estimación de demanda de la red pública y red privada, por lo que se les envía información preliminar. Conforme a lo consultado, se les informa regulación vigente, respecto de artículo N°99 del D.S. N°3/2010 de Reglamento del sistema nacional de control de los productos farmacéuticos de uso humano. |
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2024-06-07 10:00:00 | AO001AW1589385 | Gestor de intereses | Nadiechda Oliva | Asociacion Gremial de Danza Movimiento Terapia de Chile | Conocer el estado de la Política de Terapias Complementarias en relación a las Artes Expresivas y desarrollar espacios de implementación de ésta TEMA ABORDADOS EN REUNIÓN: -Juan Francisco Collao abre la reunión solicitando que se presenten los participantes, quienes así lo hacen, señalando que quienes están presentes son miembros del “Núcleo Terapia de Las Artes”. -Yénive Cavieres S, del área de Medicina Complementaria (MC) de este Departamento, realiza una reseña de los procesos desarrollados en esta materia desde el año 2019 e informa del estado de la Política de Terapias Complementarias que no se ha firmado por diversos cambios administrativos. - Señala que la Política establece la distinción entre Medicina Complementaria y Prácticas de Bienestar de la Salud de la Medicina Complementaria, lo que permitirá la modificación del Decreto N° 42: “REGLAMENTO PARA EL EJERCICIO DE LAS PRÁCTICAS MÉDICAS ALTERNATIVAS COMO PROFESIONES AUXILIARES DE LA SALUD Y DE LOS RECINTOS EN QUE ESTAS SE REALIZAN”, dado las dificultades para regular la mayoría de las prácticas de bienestar, entre las que se encuentran las arte terapias, incorporándole flexibilidad para distinguir la naturaleza y particularidades diferentes de cada una de ellas, tanto respecto a su ejercicio como a sus recintos. - Explica que la propuesta de modificación de dicho decreto se realizó durante el año 2023, conformando un grupo de trabajo ministerial y con expertos externos. El nombre propuesto para su modificación refiere a:“Prácticas de la Medicina Complementaria”, definición que incorpora las ¨Prácticas de Bienestar de la Salud, las que podrán reconocerse mediante uno o más Decretos Exentos que aprueben una Norma Técnica. Tanto su ejercicio por parte de los profesionales que la realicen, así como los lugares en que se implemente, requerirá registro ante la autoridad sanitaria correspondiente al lugar de ejercicio correspondiente, de acuerdo a los requisitos establecidos en el Decreto Exento que apruebe la respectiva Norma Técnica. Para la elaboración de esta Normas Técnica se convocará a los presentes en la reunión buscando agrupar terapias, como en este caso, o las terapias de movimiento como yoga, chikung, gi gong, tai chi. -Los participantes hacen referencia a su experiencia y el importante cuerpo de conocimientos y evidencia con el que pueden colaborar para la elaboración de las Normas Técnicas que permitirán su reconocimiento y estarán a la espera de ser convocados. -Yénive Cavieres plantea queque, a manera de visibilizar especialmente el positivo impacto en la Salud Mental de las personas, la posibilidad de establecer una colaboración para realizar alguna de estas prácticas para los funcionarios del MINSAL, lo que es muy bien recibido por los participantes. Señala que establecerá contacto con Bienestar del MINSAL, y otras áreas interesadas y les contactará. -Loreto San Juan solicita alguna información oficial respecto del REM A31 de Medicina Complementaria, año de creación y antecedentes oficiales, para incorporarlo en una publicación. Yenive Cavieres señala que el año 2018 se creó este REM y el 2019 se modificó estableciendo dos ámbitos de terapias: Practicas de Medicina Complementaria en atención individual, por un lado, y Prácticas de Bienestar de la Salud o grupales por otro. Respecto de los registros de este REM en materia de artes terapias, señala que deben solicitárselos vía OIRS al DEIS ya que ellos están a cargo de estos datos. Yénive Cavieres se compromete a enviarles el enlace del Manual del REM al que pueden hacer referencia como antecedente oficial. Siendo las 10.30 se termina la reunión. |
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Sujeto Pasivo | Astrid Elicker | |||||
Sujeto Pasivo | Carolina Muñoz Lepe | |||||
Sujeto Pasivo | Loreto San Juan | |||||
Sujeto Pasivo | Carol Valdivia Macaya | |||||
2024-05-31 11:00:00 | AO001AW1588993 | Gestor de intereses | Maribel Escobar | Sociedad de Inversiones DJ SPA | Conocer las directrices del futuro Reglamento de la Ley 21.646, con el objeto de modificar exigencias a proveedores, asegurando que los productos cosméticos no sean testeados en animales. TEMAS ABORDADOS: La Sociedad de Inversiones DJ SpA, solicita reunión lobby para aclarar sus dudas con respecto a la implementación de la ley 21.646 que modifica cuerpos legales para prohibir la experimentación en animales en la elaboración de productos cosméticos y la venta, comercialización, importación e introducción en el mercado nacional de dichos productos cuando han sido testeados en animales que entra en vigencia el 25 de enero de 2025 La empresa es importadora y distribuidora de productos cosméticos nacionales e internacionales, por lo que consultan el estado del reglamento que la ley indica que se debe emitir, por los tipos de certificaciones que la autoridad sanitaria solicitará para acreditar que los productos y sus ingredientes no han sido testeados en animales, por quien fiscalizará el cumplimiento de las disposiciones de ley, por las responsabilidades que recaerían de no cumplir con las disposiciones, especialmente en los distribuidores, si existirá un listado de los productos que hayan certificado que no han sido testeados en animales, si los ingredientes que han sido testeados animales serán prohibidos en el país a pesar de que se encuentren autorizados en los listados de referencias internacionales, que logos se autorizaran para rotular en los productos que no hayan sido testeados en animales y que certificaciones podrían pedirle a los fabricantes/importadores para que ellos, como distribuidores pudieran constatar que los productos no han sido testeado en animales. Se les informa el reglamento que la ley 21.646 mandata se encuentra aún en evaluación por parte del Instituto de Salud Pública y este Ministerio. Sin perjuicio de lo anterior, el Código Sanitario señala que la autoridad competente en materias de productos cosméticos es el Instituto de Salud Pública, por lo que, una vez publicado estas disposiciones en el reglamento, es a quien le correspondería su fiscalización. En dicho reglamento se indicarán los certificados o documentos que se deberán presentar ante la autoridad sanitaria para acreditar que el producto y sus ingredientes no han sido testeados en animales, los logos que se podrán utilizar en los rotulados de estos, las sanciones sanitarias y responsabilidad de los distintos actores de la industria en esta materia, así como la forma y los tiempos para la implementación de estas disposiciones por parte de los regulados. Se insta a que estén atentos a la consulta pública de la modificación del DS 239/2010, del Ministerio de Salud, que contemple la incorporación de materias relacionadas a dicha ley para que participen y manden sus observaciones. |
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Gestor de intereses | DANIEL GUELFAND | Sociedad de Inversiones DJ SPA | ||||
Gestor de intereses | Magdalena Lira Pino | Sociedad de Inversiones DJ SPA | ||||
Gestor de intereses | Alejandra Alarcón | Sociedad de Inversiones DJ SPA | ||||
2024-05-31 10:00:00 | AO001AW1577615 | Gestor de intereses | Francisca Contreras | Inversiones Dental Salud Spa | Consultas sobre opción habilitación de TENS en área dental. Decreto 90/2017. TEMA ABORDADOS EN REUNIÓN: Se dan los saludos iniciales y las presentaciones de los asistentes. Se comenta la preocupación de los tiempos respecto de la formación de los TENS con mención en odontología y se consulta por las opciones de trabajar con TENS con capacitaciones en odontología. Se recuerda que las funciones que pueden cumplir los técnicos de nivel superior de enfermería y los técnicos de nivel superior en odontología, son las funciones indicadas en el DTO90/1997 dado que estas funciones se asimilan a las funciones de los auxiliares paramédicos de las áreas mencionadas. Por lo anterior se recomienda revisar en profundidad dicho decreto y adaptar las funciones de los técnicos que trabajan con ellos a lo que regulatoriamente se encuentra autorizado. Se recuerda que el ejercicio de odontólogo en una sala de procedimientos no requiere de un auxiliar o técnico lo anterior de acuerdo a lo indicado en la Circular N°40/2011. Se informa finalmente que se está trabajando fuertemente con MINEDUC para hacer un proyecto piloto en el norte grande para la formación de la mención de odontología para los TENS que ya se encuentran ejerciendo, particularmente los TENS que la empresa lobista habría planteado previamente y otros que pudieran surgir de acuerdo a las necesidades locales. Existe un compromiso de mantenerles informados respecto de las gestiones que se encuentran en desarrollo, por lo cual apenas tengamos claridad con fechas claras enviaremos un correo con los avances. |
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Gestor de intereses | Patricia Bozzolo | Inversiones Dental Salud Spa | ||||
Gestor de intereses | Arlette Lagos | Inversiones Dental Salud Spa | ||||
2024-05-27 12:00:00 | AO001AW1591428 | Lobbista | Gonzalo Herrera | Acrux Radiopharma Consultin SpA | Les solicitamos una reunion virtual (si factible) o presencial en la que nos gustaria presentar nuestra empresa Acrux Radiopharma Consulting SpA y compartirles nuesta intencion de resolver el problema de desabastecimiento de Kits frios para medicina nuclear. Queremos ser un proveedor adicional de estos productos, robusteciendo la oferta del mercado local, mejorar el escenario competidivo en Chile y entregar productos de calidad y a precios competitivos con una proyeccion a largo plazo. Queremos atender a una parte significativa del mercado local incluyendo clientes en todas las regiones. TEMAS ABORDADOS EN REUNIÓN: La empresa Acrux Radiopharma se presenta a través de su representantes Gonzalo Herrera - Marcelo Ilheu - Vasko Kramer - consultan por la situación del eventual desabastecimiento de Kit fríos entre fechas de abril y mayo. Se le informa que existe falta de abastecimiento de kit fríos para marcación de tecnecio-99 (radiofármacos) de uso en diagnóstico en medicina nuclear. Solicitan estimación de demanda de la red pública y red privada, por lo que se les envía información preliminar. Conforme a lo consultado, se les informa regulación vigente, respecto de artículo N°99 del D.S. N°3/2010 de Reglamento del sistema nacional de control de los productos farmacéuticos de uso humano. |
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Lobbista | Marcelo ILHEU | Acrux Radiopharma Consulting SpA | ||||
Gestor de intereses | Vasko KRAMER | Acrux Radiopharma Consulting SpA | ||||
2024-05-23 11:00:00 | AO001AW1577496 | Gestor de intereses | Ekaterina Podnebesnova | Siemens Healthcare | Entendimiento y dimensiones de normativa en medicina nuclear, planes de inversión y seguimiento a conversación inicial en Congreso Iteranostico. TEMAS ABORDADOS EN REUNIÍN: La empresa SIEMENS se presenta a través de sus representantes, consultan por los futuros proyectos de inversión relacionados a medicina nuclear. Se les indica que Medicina Nuclear es una línea priorizada en el Plan Nacional de Cáncer liderado por la división DIPRECE y que los proyectos de inversión son requeridos y priorizados desde DIGERA y la División de Inversiones de la Subsecretaría de Redes Asistenciales, por lo que se sugiere solicitar lobby en esas divisiones. Sus representantes consultan qué otras materias son relevantes para fortalecer la medicina nuclear en Chile y desde MINSAL se les comenta que es relevante que se pueda aportar desde su nicho, el fortalecimiento del insumo radiofármaco, ya sea con equipamiento o como importador, puesto que actualmente se cursa una complejidad nacional para abastecer de kit fríos y tecnecio (generadores) para la realización de las prestaciones de medicina nuclear. |
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Gestor de intereses | Cristian Sylva | Siemens Healthcare | ||||
Gestor de intereses | German Morales | Siemens Healthcare | ||||
2024-05-23 09:00:00 | AO001AW1572232 | Gestor de intereses | Isabel Gutiérrez | Clínica Santa María | Estimados, agradeceremos poder analizar el nivel de alcance del decreto 18 para braquiterapia en la Clínica, dado que no es centro de radio terapia sino que sólo presta servicio de braquiterapia aislada para pacientes prostatectomizados. TEMAS ABORDADOS EN REUNIÓN: Los representantes de la unidad de radioterapia de la Clínica Santa María, consultan por la presencia del DT de la Unidad de Radioterapia y si tiene respaldo esa exigencia. Se les informa que desde el año 2018 se encuentra vigente el Reglamento N°18, de Radioterapia Oncológica, y que su artículo 7° señala: Artículo 7º.- La dirección técnica será ejercida por un médico-cirujano, con especialidad en radioterapia oncológica. Su horario de permanencia, que debe permitirle el cumplimiento de sus funciones, no podrá ser inferior a 4 horas diarias afectas al respectivo control de asistencia. Éste debe ser informado a la autoridad sanitaria. Para la ausencia del director técnico, se deberá establecer una nómina de reemplazantes de la misma formación profesional, con horario contratado de igual extensión, la cual será notificada a la autoridad sanitaria. Cabe señalar que la exigencia de permanencia del DT, corresponde al horario de funcionamiento de la Unidad de Radioterapia Oncológica, por tanto si en el hipotético caso que esta unidad funcionara 1 día a la semana, este horario debe declararse en la solicitud de autorización sanitaria, y en la resolución ese es el horario de funcionamiento que será autorizado y es el tiempo acorde a la permanencia del DT el que se exigirá. |
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2024-05-17 10:30:00 | AO001AW1568995 | Gestor de intereses | Cristobal Bravo Fuenzalida | Sandoz Chile SpA | Presentarles a la Ministra de Salud, Ximena Aguilera, los desafíos y puntos de colaboración que Laboratorio Sandoz puede aportar en para mejorar el acceso en Chile. En abril pasado, se concretó la escisión de la compañía, formando Sandoz Chile siendo uno de los líderes mundiales en medicamentos genéricos y biosimilares. TEMAS ABORDADOS EN REUNIÓN: Se realiza presentación de la empresa, indicando que son líderes en productos genéricos y medicamentos biosimilares, con la visión de generar mayor acceso a medicinas claves dentro de la terapéutica mundial. Informan que en Chile mantiene una cartera de 10 medicamentos biosimilares, la que a partir del 01.04.2024 se relanza bajo la empresa “Laboratorio Sandoz”, con una visión de democratizar el acceso a nivel mundial a productos biosimilares y continuar ampliando la cartera de productos. Señalan que están presentes en las compras públicas de medicamentos, como proveedores en las coberturas asociadas a la Ley 20.850; a la iniciativa de Drogas de Alto Costo “DAC” del MINSAL; así como también participan del abastecimiento de medicamentos para las coberturas del GES; siendo un proveedor importante para CENABAST, participando en las coberturas de medicamentos de la red y de las farmacias comunitarias, esto último a través de la “Ley de CENABAST”. Manifiestan que forman parte de PROSALUD, una entidad gremial de laboratorios con presencia en Chile, en la cual impulsan la creación de una mesa de trabajo para generar mayor penetración y uso de los biosimilares en los mercados locales; en tanto representan productos que generan ahorros sustantivos para los sistemas de salud, permitiendo un mayor acceso y estimulando la innovación y desarrollo. Indican que a su vista existen barreras normativas, administrativas y fácticas para el uso ampliado e intercambialidad de los medicamentos biosimilares y relevan experiencias extranjeras, donde por ejemplo la Agencia de Medicamentos Europea (EMA), con muchos años de experiencia en materia de uso por biosimilares, ha permitido la intercambiabilidad de medicamentos que ha registrado como “biosimisilares”. Según sus cálculos, indica que de permitirse la intercambialidad de medicamentos biosimilares se podría tener grandes ahorros para el Estado. Expresan conocer la “Agenda Regulatoria” del MINSAL, la que se ha abierto a la posibilidad de revisar la sustitución e intercambialidad de medicamentos biológicos, ofreciendo desde ya su asistencia técnica para avanzar en la materia. |
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Gestor de intereses | Diego Albuixech | Sandoz Chile SpA | ||||
2024-05-10 11:30:00 | AO001AW1578740 | Gestor de intereses | Sergio Peñailillo M. | BPH S.A. | uspensión voluntaria de distribución del producto farmacéutico Nistatina suspensión oral 100.000 UI/ mL, Registro Sanitario B-3004/23 (antes F-134474-19), con el fin de evitar que se inicie un sumario sanitario en su contra tras la dictación de la RE N°5263 de septiembre de 2023, que recalifica al medicamento como biológico (modificando solo el tipo y N° de registro) , y la RE N°13670, que rechaza la solicitud de agotar stock. La reunión se solicita con carácter urgente dado la crisis de abastecimiento de Nistatina, medicamento que forma parte del Formulario Nacional, tras la decisión adoptada por BPH, único titular de registro sanitario de dicho producto farmacéutico a nivel nacional. Se debe tener presente que el medicamento se utiliza, entre otras cosas, como terapia coadyuvante a las personas con cáncer. TEMAS ABORDADOS EN REUNIÓN: La empresa suma a los antecedentes indicados en su solicitud de reunión que, en septiembre del año 2023, el ISP recalificó al producto “Nistatina Suspensión Oral 100.000 UI/ mL” como un medicamento biológico, asignándole un nuevo número de registro y ordenando modificar los rótulos y folletos del producto, lo que en la práctica implica tan sólo modificar el número de registro consignado en esos materiales, sin cambiar ninguna otra característica del producto o su rotulación. La referida resolución del ISP otorgó un plazo de 6 meses para “agotar stock” de los materiales de envases y folletos disponibles a la fecha de su emisión e implementar las modificaciones requeridas; ante lo cual y en abril 2023, la empresa solicitó una autorización adicional para agotar stock de los materiales de rotulado que consignan el registro anterior y que dispone en sus productos importados; pero ello fue denegado por el Instituto de Salud Pública, resolución ante la cual se dedujo un recurso de reposición con reclamación en subsidio, el que aún no ha sido resuelto por el ISP. Actualmente BPH estaría en condiciones de cumplir las condiciones exigidas para los nuevos rotulados y folletos, sólo a partir del próximo año ya que se trata de un producto importado y mantiene en sus bodegas unidades con rotulación antigua por un volumen de 20.000 unidades aproximadamente. Informan que, a la fecha, han hecho gestiones de lobby con el ISP para tratar de ampliar los plazos de uso de los rotulados antiguos, pero se les ha informado que la definición recae en los estamentos jurídicos de aquella institución, atendida la tramitación actual de su requerimiento y los recursos administrativos incoados. Señalan que actualmente mantienen suspendida la distribución del producto, ello de manera voluntaria (a partir de abril de 2023), decisión tomada por no cumplir con la exigencia de rotulado evitando así posibles infracciones a la normativa; señalando además que los costos y tiempos implicados en el proceso de reacondicionamiento – que podría ser una alternativa para ajustarse a las nuevas exigencias- son de impacto en relación a la necesidad inminente de distribución; especialmente atendiendo a la esencialidad clínica del producto y la necesidad imperiosa de su uso. Se solicita remitir antecedentes en relación a los problemas de abastecimiento que la suspensión de distribución pudiera implicar en este caso (tales como órdenes de compra no abastecidas) y se informa que se evaluará en conjunto con los estamentos de redes asistenciales los riesgos asociados a la referida suspensión. |
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Gestor de intereses | Magdalena Paul | BPH S.A. | ||||
2024-05-10 09:00:00 | AO001AW1553674 | Gestor de intereses | Claudia Holzer | SOCHIEDE | Proyecto de Ley que modifica el Código Sanitario para regular la práctica de cirugías y procedimientos con fines estéticos Actualización Decreto Supremo N°283/1997 Reglamento sobre establecimientos ambulatorios de salud Supervigilancia médica TEMAS ABORDADOS EN REUNIÓN: Se hacen las presentaciones de los participantes. Se exponen las razones de la solicitud de lobby: • Proyecto de Ley que modifica el Código Sanitario para regular la práctica de cirugías y procedimientos con fines estéticos. • Actualización Decreto Supremo N°283/1997 Reglamento sobre establecimientos ambulatorios de salud. • Circular N°24. • Existe preocupación respecto de la definición de Supervigilancia médica, respecto de la presencialidad del médico en la supervigilancia. Se explica que el proyecto de ley está en segundo trámite constitucional, que el próximo martes se presentarán las indicaciones en la Cámara de Diputados y Diputadas, por lo cual se les invita a seguir las transmisiones en vivo. Se comenta la posición respecto del proyecto de ley que se presentó inicialmente y como el Ministerio de Salud en sus indicaciones recoge el espíritu del proyecto, sin embargo, se hace un ordenamiento armonizando con la regulación vigente al respecto. Se informa que, dado que este proyecto de ley incluye trabajo de actualización y desarrollo de reglamentos, se encuentra en proceso de formalización la conformación de una mesa técnica con las sociedades científicas y colegios profesionales asociados a la temática, para contar con su apoyo técnico. Se comenta que la actualización del DS283 se encuentra en proceso de formalización, sin embargo, es complejo informar plazos dado que luego de la División Jurídica pasa por revisión de DIPRES y SEGPRES y finalmente por Contraloría General de la República para su promulgación. Se comenta Circular N°24 que se realizó para aclarar la regulación vigente, sin embargo, se entiende la necesidad de normalizar los criterios a nivel nacional por lo cual se encuentra en desarrollo una Pauta de Chequeo para la autorización sanitaria. Finalmente respecto de la supervigilancia se aclara que puede ser dependiente o independiente y que dado que han existido dudas al respecto, en las indicaciones del proyecto de ley que actualiza el Libro V del Código Sanitario se hace mención a la supervigilancia, de manera directa o indirecta. |
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Gestor de intereses | Doris Mundaca | SOCHIEDE | ||||
Gestor de intereses | Andrea Saenz | SOCHIEDE | ||||
2024-04-26 12:00:00 | AO001AW1562592 | Gestor de intereses | Isabel Gutiérrez | Clínica Santa María | 1. Solicitud de "funcionamiento" para Centro Médico con cambio reciente de razón social. 2. Entrega de antecedentes de modelo de atención respecto de revisión de plano de pabellón de Hemodinamia, en Informe Sanitario 2313547445. TEMAS ABORDADOS EN REUNIÓN: Inquietud Clínica Santa María compro sesión de derechos de un centro administrado anteriormente por otro establecimiento en Vitacura. Quieren dar prestación GES, pero al querer acreditarse antes la SIS, les mencionaron que deben contar con autorización sanitaria y los documentos presentados no reflejan el cambio de razón social en la autorización sanitaria. Se les sugiere solicitar certificado de vigencia de autorización sanitaria, ya que en el debería reflejarse la razón social del establecimiento en cuestión. Respecto a la consulta sobre proyecto de neonatología y requisito de sector para baño de los RN en UCI y UTI, se sugiere presentar el caso al Seremi de Salud de la RM, para que escuche lo que se expone, pudiendo ellos, con mayor conocimiento del proyecto, solicitar algún pronunciamiento a Minsal, si consideran necesario. Se sugiere que las consultas las canalice a través de lobby y OIRS, ya sea con nivel Central o Seremi de Salud, según corresponda. Ya que surgen consultas especificas no explicitadas en la solicitud de este lobby, por lo cual, sin posibilidad de ofrecer la mejor respuesta. |
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2024-04-26 10:00:00 | AO001AW1558961 | Gestor de intereses | Gabriela Garnham | Adimech | Nos gustaría conversar con Pierina Gallardo, sobre las Normas Técnicas Base y su impactó en la calidad de prestaciones de salud, mirada desde el gremio de dispositivos médicos de Chile. TEMAS ABORDADOS EN REUNIÓN: Dado las consultas públicas de NTB y acreditación APS, solicitan saber en que estado están dichos procesos. Se menciona el proceso de avance de los decretos 58 y 283, los cuales ya pasaron por consulta pública y están el primero en etapa de consolidación, y el segundo con la revisión completa de observaciones por parte del equipo técnico. Se menciona además el énfasis en las actualizaciones de contar con equipamiento seguro, por lo cual se ha intencionado el registro y contar con programas de mantenimiento de quipos. |
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Gestor de intereses | Branggela Romero | Adimech | ||||
2024-04-26 09:00:00 | AO001AW1566861 | Gestor de intereses | Jorge Gallardo | CGM Nuclear S.A. | Reunión informativa respecto al abastecimiento de Generadores de 99mTc/99Mo y las posibles implicancias para los centros de medicina nuclear en Chile | Ver detalle |
Gestor de intereses | Arturo Melibosky | CGM NUCLEAR S.A. | ||||
Gestor de intereses | OSCAR BANSY BASTIAS ARAYA | CGM NUCLEAR S.A. | ||||
Gestor de intereses | Manuel Hernández | CGM NUCLEAR S.A. | ||||
2024-04-25 10:00:00 | AO001AW1564114 | Gestor de intereses | Víctor Acevedo | FENATRAFAR | Buscar mecanismos de acuerdo para fiscalización conjunta entre el ISP y la Dirección del Trabajo Por la urgencia e importancia del tema que tiene relación la continuidad de los incentivos en las estructuras de sueldos de los trabajadores de farmacias, proponemos reunirnos próximo martes 23 en la mañana en el horario que estimen. TEMAS ABORDADOS EN REUNIÓN: FENATRAFAR informa que, en reunión con ISP específicamente con el Sr. Luis Brito, respecto fiscalizaciones pendientes en temas relacionados a los auxiliares de farmacia como la multifuncionalidad y los sistemas de incentivos. En aquella reunión el ISP habría comunicado que la limitada capacidad de RRHH hacia incapaz de desplegarse, respecto a denuncias o requerimiento de fiscalización. En diciembre se inició una fiscalización respecto a la polifuncionalidad por parte de la dirección del trabajo. Se solicitó a la dirección de trabajo una fiscalización respecto a la polifuncionalidad y los incentivos. Se solicito que fuera conjunta con ISP. Resultado de la fiscalización realizada por la dirección del trabajo es más de 700 millones de pesos en multas en solo 10 locales de farmacia. Se planteo a ISP de hacer una fiscalización conjunta, pero ISP habría indicado que tenían que solicitar a la DT que hiciera la petición formalmente a ISP. Se realizo hace dos semanas una reunión entre DT - ISP. FENATRAFAR dice que existe interés en realizar una inspección conjunta debido a que la DT solo tiene la capacidad de pasa multas. En cambio, el ISP si tiene la capacidad de cancelar permisos de funcionamiento. El propósito de la reunión es concretar un convenio entre ISP y DT. DIPOL pregunta si se acordó realizar fiscalización conjunta finalmente y solicita acta de reunión donde se establece el acuerdo que la DT realiza fiscalización a las farmacias y luego oficia a ISP respecto a los hallazgos evidenciados. DIPOL solicita copia de acta de reunión DT e ISP. Para a su vez, solicitar antecedentes del acuerdo. DIPOL solicitará a ISP priorización de fiscalización conjunta con cronograma. DIPOL informará a FENATRAFAR FENATRAFAR informa que las seremis estarían solicitando documentación respecto a la demostración de competencias de auxiliares de farmacia que obtuvieron su certificación en los servicios de salud. DIPOL plantea que las personas que tienen un carnet o una resolución de algún servicio de salud son reconocidas por las seremis. Los funcionarios de farmacia, a través de autoridad sanitaria en línea o seremi en línea, pueden entrar a varios tramites y entre ellos hay uno que es “certificación de competencia” luego “copia de carnet o copia de certificado de competencia” los interesados pueden escanear los documentos que tengan y con eso las seremis van a reconocer los certificados. |
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Gestor de intereses | Alondra Catalan | FENATRAFAR | ||||
Gestor de intereses | Katty Sassi | FENATRAFAR | ||||
Gestor de intereses | Valeria Arenas | FENATRAFAR | ||||
2024-04-19 11:00:00 | AO001AW1558260 | Gestor de intereses | JOSE LUIS RODRIGUEZ | SOCIEDAD CHILENA DE BIOLOGIA Y MEDICINA NUCLEAR. | DESABASTECIMIENTO DE KIT FROS PARA MARCACION DE TECNECIO PARA USO EN MEDICINA NUCLEAR TEMAS ABORDADOS OCIEDAD informa demanda anual de kit fríos. DIPOL solicita que la información se entregue de manera semana o mensual, con el objetivo de suministrar esta información a CENABAST para facilitar la gestión del abastecimiento. Sociedad informa situación de desabastecimiento de vasodilatador utilizado en procedimiento de medicina nuclear. DIPOL informa que se encuentra en construcción procedimiento para estandarizar el proceso relacionado a la notificación y gestión del desabastecimiento de productos farmacéuticos y que se requiere que el procedimiento tenga entre sus alcances los radio fármacos. Sociedad Informa situación de desabastecimiento de radio fármaco Yodo. DIPOL solicita que se envíe la información por correo electrónico o carta para hacer seguimiento y gestión de las medidas relacionadas al desabastecimiento informado. Sociedad plantea y solicita que desde MINSAL se instaure una nueva institución encargada del desabastecimiento de radio fármacos, debido a que la CCHEN no tendría dentro de sus actividades las relacionadas al desabastecimiento. |
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Gestor de intereses | Rodrigo Jaimovich | SOCIEDAD CHILENA DE BIOLOGIA Y MEDICINA NUCLEAR. | ||||
Gestor de intereses | Eva Hernandez | SOCIEDAD CHILENA MEDICINA NUCLEAR | ||||
Gestor de intereses | Daniela Gutiérrez | SOCIEDAD CHILENA DE BIOLOGIA Y MEDICINA NUCLEAR. | ||||
Lobbista | René Fernández | SOCIEDAD CHILENA DE BIOLOGIA Y MEDICINA NUCLEAR. | ||||
Gestor de intereses | Vasko KRAMER | SOCIEDAD CHILENA DE BIOLOGIA Y MEDICINA NUCLEAR | ||||
Gestor de intereses | ANGEL ZAMORA | SOCIEDAD CHILENA DE BIOLOGIA Y MEDICINA NUCLEAR. | ||||
Gestor de intereses | CLAUDIA VELASQUEZ | SOCIEDAD CHILENA DE BIOLOGIA Y MEDICINA NUCLEAR. | ||||
Gestor de intereses | Helen Cid Acevedo | SOCIEDAD CHILENA DE BIOLOGIA Y MEDICINA NUCLEAR. | ||||
2024-04-19 10:00:00 | AO001AW1554938 | Lobbista | Gaspar salinas | Educar Para Avanzar | Presentación De Proyecto de Conservo Mi salud Con medicina Alternativa Luego de esperar 15 minutos a los asistentes no se conectan los asistentes a la reunión |
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2024-04-19 09:00:00 | AO001AW1554094 | Gestor de intereses | María Alcalde | Red ELEAM | Modificaciones Decreto 20 TEMAS ABORDADOS EN REUNIÓN: Se presentan asistentes de RED ELEAM: Enrique Mac Iver: Coordinador de operaciones de Fundación San Vicente de Paul, que tiene 11 hogares a lo largo de Chile. Soledad Alcalde: Directora de RED ELEAM, que apoya a más de 180 hogares. También informa que estará presente en el Lobby Mario Melin y Mario Riveros. Solo se une al lobby Mario Melin. Soledad comenta que estando al tanto del trabajo realizado para modificar los artículos que fueron acordados por las autoridades en el grupo de trabajo recién finalizado, donde como sector votaron en forma unánime por los cambios en dichos artículos. Sin embargo, también señala que existen otros temas que quieren relevar, para que fuera más realista y accesible a los ELEAM. Lo que permite mantener los hogares a lo largo del tiempo y aumentar las coberturas o si hay estrategias gubernamentales para ello, considerando los cambios de la población y las necesidades de cuidado de las personas mayores. De esta manera, traen a esta reunión 9 puntos que discutieron en la red y poder conformar otra mesa técnica, han levantado estos 9 puntos y enviaron a oficina de partes dirigido a la Subsecretaría de Salud. Enrique comenta sobre la realidad que están viviendo estos hogares, donde la rotación de personal es alta y la dificultad de encontrar personas capacitadas, unido a los recursos escasos que tienen es complejo y no logran completar las plazas de contratación. Y no hay apoyo gubernamental. Desde el depto. de Políticas y Regulaciones Farmacéuticas se menciona que no está contemplado una modificación más allá de lo que ya se ha hecho con el Ministerio de Desarrollo Social y familia. Se pide aclarar sobre la consulta pública, se comenta desde el mismo depto. que las modificaciones propuestas de la mesa general y está en la División Jurídica, donde se verifica la coherencia y la redacción armonizada, luego pasa a la consulta pública durante 30 días, donde queda a disposición de la ciudadanía para recibir observaciones a lo que ya se está modificando. Luego se consolidan todas estas observaciones y se realiza la validación final, ya que este decreto inicia el 01 de abril de 2025, lo que también incluye que se debe realizar una bajada clara a los referentes tanto de Ministerio de Desarrollo Social y Ministerio de Salud. Desde gabinete de Subsecretaria de Salud Pública se solicita nombrar los 9 puntos que señalan y se agradece que lo hayan entregado por vía formal. Se aclara que este proceso de actualización se centró solo en los acuerdos de las autoridades, entendiendo que el Ministerio de Desarrollo Social había recibido los comentarios de los administradores de ELEAM, identificando que los mayores gastos que estaban incurriendo eran solo estos 3 puntos abordados en el trabajo de la mesa, además que el decreto ya estaba en curso. De todas maneras, es importante saber de qué se tratan estos 9 puntos, para verificar si alguno no requiere modificación de decreto, sino más bien un trabajo colaborativo. |
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Sujeto Pasivo | Mario Riveros | |||||
Sujeto Pasivo | Mario Melín | |||||
2024-04-12 09:00:00 | AO001AW1552115 | Gestor de intereses | Francisca Contreras | INVERSIONES DENTAL SALUD SPA | Se consultará acerca del Decreto 90 publicado el 2017 del Minsal, acerca de Auxiliares Paramédicos en Odontología. TEMAS ABORDADOS EN REUNIÓN: Se dan las presentaciones iniciales. El/a gestora de interés presenta problemática por falta de TONS y auxiliares odontológicos en el norte principalmente (Arica – Iquique y Antofagasta). Presentan los aportes a la reducción de la lista de espera: - Especialidad - Operativos - Tecnología avanzada. Exponen interés de formar a TENS en el área de odontología. Se explica que la Circular N°40 autoriza al Odontólogo a “funcionar sin auxiliar paramédico de odontología, siempre y cuando el odontólogo sea quien realice todos los procedimientos y tome todas las medidas de bioseguridad y para evitar la contaminación cruzada, antes durante y después de la atención”. También se comenta que se está trabajando en un plan de desarrollo para avanzar a la tecnificación en tres etapas para la formación de técnicos de salud que el país requiere. Se comenta que la opción de solución a corto plazo, es reconocer a TENS que estén trabajando en el área odontológica y cuenten con la formación adicional, lo cual se acuerda informarle los detalles del trámite vía correo electrónico como una solución a corto plazo. |
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Gestor de intereses | Patricia Bozzolo | Inversiones Dental Salud Spa | ||||
Gestor de intereses | Arlette Lagos | INVERSIONES DENTAL SALUD SPA | ||||
2024-04-05 11:00:00 | AO001AW1526337 | Gestor de intereses | Ian Kummerlin | IZZIMED SPA | Solicitud de reunión para presentar el Proyecto Farmacia Izzimed con recetario magistral. El proyecto tiene el objetivo de implementar un nuevo servicio farmacéutico en las farmacias comunitarias de Chile. El cual consiste en la elaboración de Sistemas de Dosificación Personalizada (SPD) para ayudar a los pacientes con enfermedades crónicas y tratamientos complejos a gestionar su terapia. Durante la reunión presentaremos y entregaremos el proyecto concreto que hemos construido con las indicaciones técnicas y regulatorias que nos ha sugerido el ISP en reuniones sostenidas con anterioridad. Finalmente, tenemos interés en revisar el ajuste de la normativa vigente para la implementación de SPD en Chile. |
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Gestor de intereses | Juan Budinich | JUAN EDMUNDO BUDINICH VILLOUTA | ||||
Gestor de intereses | María Angulo | MARIA FERNANDA ANGULO URRUTIA | ||||
2024-04-05 10:00:00 | AO001AW1523741 | Gestor de intereses | Andrea Herrera | Andrea Herrera Letelier | -Aclaración implementación consulta pública rol del Podólogo -Rol de salud digital en concordancia con política pública TEMAS ABORDADOS EN REUNIÓN: Se dan las presentaciones iniciales. El/a Gestora de interés presenta las razones de exponer su preocupación. - CFT de los cursos en Podología modifica la formación a técnico nivel superior en consideración de la necesidad visualizada de la salud publica, desde el año 2005. Se buscaba insertar a los profesionales a la red de salud publica, especialmente al programa cardiovascular atendiendo en todos los niveles del pie diabético. -En el año 2007 se nos hizo un llamado desde el MINSAL por la problemática visualizada de las amputaciones y la necesidad de mayor información. -En el año 2019-2020 se participa en la consulta publica de Podología, pero al visualizar la respuesta que esta publicada en la pagina del ministerio deja en el mismo nivel al podólogo con el Técnico de nivel superior en Podología. Se informa que el Decreto de podología fue modificado a solicitud de la Contraloría General de la Republica, por dictamen emitido, donde hace la diferenciación clara de las funciones entre el auxiliar de salud y el técnico en salud. Sin embargo, este decreto no ha sido formalizado a la espera de la actualización del libro V del Código Sanitario, que se encuentra en primer trámite constitucional. |
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Gestor de intereses | Eugenia Farías Cerpa | Eugenia Farias Cerpa | ||||
Gestor de intereses | Mónica Pilquinao | Mónica Pilquinao Jofré | ||||
2024-03-28 10:00:00 | AO001AW1513551 | Gestor de intereses | José Cárdenas | Laboratorio Chile S.A. | Política de Biosimilares en Ley Ricarte Soto. TEMAS ABORDADOS EN REUNIÓN: La reunión lobby es para mostrar un estudio In house de los ahorros en torno a los biosimilares. El objetivo del análisis es presentar evidencia para que el Ministerio considere la biosimiliralidad e intercambiabilidad especialmente de moléculas de la ley Ricarte Soto y los potenciales ahorros. |
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Gestor de intereses | Constanza Salas | Laboratorio Chile S.A. |