Audiencias - Año 2024 - Juan COLLAO - Audiencia AO001AW1677681
Información General
Identificador | AO001AW1677681 |
Fecha | 2024-10-18 09:30:00 |
Forma | Videoconferencia |
Lugar | Sera atendida de manera virtual por el Sr. Collao, prontamente se hará envió enlace reunión. |
Duración | 0 horas, 30 minutos |
Asistentes
Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
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Ana Arcila | Gestor de intereses | Ana Patricia Arcila alvarado |
Materias tratadas
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos. |
Especificación materia tratada
Modificaciones al DS 239 TEMAS AB0RDADOS EN REUNIÓN: La solicitante de la audiencia lobby, posee un elaborador de productos cosméticos de bajo riesgo Alternativa SpA, y representa a un grupo de personas que posee este tipo de establecimiento. Desea esclarecer dudas que se generaron a raíz de la consulta pública de la modificación del DS 239/2003, Reglamento de Productos Cosméticos, con respecto a ¿la categoría de "Laboratorio de Bajo riesgo" seguirá vigente? La definición de "Producto cosmético destinado a fraccionamiento (PCDF), en el artículo 5° donde se señala que son los productos cosméticos de bajo riesgo de producción definidos en el literal b) precedente, jabones líquidos, champús, bálsamos y otros que específicamente determine por resolución el Ministerio de Salud a petición del Instituto de Salud Pública." De seguir vigente el Laboratorio de Bajo Riesgo, los productos cosméticos de bajo riesgo definidos en el literal b) como jabones líquidos, champús y bálsamos, ¿estos podrán elaborarse entonces en Laboratorio de bajo riesgo? En este contexto el Ministerio señala que la categoría de establecimiento elaborador de bajo riesgo sigue vigente, y lo que propone la modificación no es la eliminación de ese tipo de establecimiento, sino que permitir que los establecimientos de venta de productos cosméticos puedan vender cosméticos a granel. Para lo anterior, los productos cosméticos destinados a fraccionamiento o que se podrán vender a granel son los productos cosméticos de bajo riesgo de elaboración mencionados en la letra b) del artículo 5° y además los jabones líquidos, champús y bálsamos (estos últimos corresponden a productos de higiene) A su vez, la modificación del Ds 239/2003 no contempla la ampliación de los productos cosméticos que pueden ser elaborados por los establecimientos elaboradores de productos de bajo riesgo y siguen correspondiendo a los señalados en el articulo 5° literal b) y aquellos que ha determinado el Instituto de Salud Pública a través de las Resoluciones correspondientes. |