Audiencias - Año 2024 - Juan COLLAO - Audiencia AO001AW1606015

Información General
Identificador AO001AW1606015
Fecha 2024-07-05 11:00:00
Forma Videoconferencia
Lugar ZOOM-Su solicitud será derivada al jefe del depto. de Políticas y Regulaciones Farmacéuticas, Sr, Juan Francisco Collao contacto: 225740588
Duración 0 horas, 30 minutos
Asistentes
Nombre completo Calidad Trabaja para Representa a
Héctor Duchens Gestor de intereses Héctor Alfredo Duchens Silva Hector Duchens
mauricio ballas meneses Gestor de intereses Mauricio Ballas Meneses
Isis Yadia Alvarado Marín Gestor de intereses Isis Yadia Alvarado Marin
Carmen Luz Ibarra Perez Gestor de intereses Carmen Luz Ibarra Perez
Aichel Barbara Montes de Oca Jimenez Gestor de intereses Aichel Barbara Montes de Oca Jimenez
Hugo Christian Ubilla Larrea Gestor de intereses Hugo Christian Ubilla Larrea
Materias tratadas
Diseño, implementación y evaluación de políticas, planes y programas efectuados por los sujetos pasivos.
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos.
Especificación materia tratada
Se solicita audiencia con la subsecretaria de Salud Publica para tratar los siguientes temas:

Revisión de políticas publicas que normen la ozonoterapia médica en Chile.
Revisión de la implementación de las políticas publicas ozonoterapia médica en Chile.
Actualización de norma legal, aspectos técnicos y operativos para el correcto uso de la ozonoterapia en Chile

TEMAS ABORDADOS EN REUNIÓN:

Atendidos por la Sujeto Pasivo Carla Oliveri, se da incio a la reunión:

Presentación de los solicitantes de la reunión y los profesionales del MINSAL, actuando Carla Oliveri en representación del jefe del Departamento Juan Francisco Collao.

Los solicitantes reseñan su experiencia en materia de ozonoterapia, así como lo problemas y riesgos que la falta de legislación sanitaria en la materia puede producir y solicitan que esta sea regulada como Medicina Complementaria (MC).

Señalan que la ozonoterapia se encuentra regulada en más de 50 países a nivel mundial. Que al 2023 existen alrededor de 400.000 trabajos de investigación, 2.000 ensayos clínicos y algunos metaanálisis generando bastante evidencia sobre su efectividad especialmente para tratar dolor. Señalan que se encuentran planificando un proyecto de investigación con la UFRO de largo plazo y refieren el uso compasivo que realizaron en el período de la pandemia, incluso con autorización del MINSAL. También señalan que los equipos que utilizan están autorizados por la FDA, y que por la falta de una legislación al respecto también existen ingresos de máquinas de procedencia china que no cuentan con la misma calidad.

Carmen Julia Cerda explica el marco normativo de la MC y los supuestos para un reconocimiento y regulación de una de estas prácticas, especificando que el reconocimiento y regulación se refiere a las profesiones y precisa, que estas son profesiones auxiliares de la salud y no profesiones médicas, que son quienes, según los solicitantes del lobby, señalaron deben ejercer esta práctica. Respecto de los recintos en que se realiza la ozonoterapia, se concuerda en que deben tener la autorización de sala de procedimientos y respecto del uso de las maquinas se señala que su registro no es competencia del MINSAL sino del Instituto de Salud Pública ya que son dispositivos médicos. También expresa que, desde el Área de MC no tenemos conocimiento del uso de la ozonoterapia en los establecimientos de la red pública y que existe un Registro Estadístico Mensual que se lleva en los establecimientos de salud de la red pública respecto de prácticas de MC reguladas y no reguladas, entre las que no se encuentra la ozonoterapia.

Carla Oliveri pregunta sobre los riesgos del ejercicio de la ozonoterapia, a lo que los participantes señalan: que contando con un diagnóstico y un uso profesionales del procedimiento los riesgos son muy bajos, pequeños sangramientos principalmente por falta de cuidados de los pacientes, pero que es un procedimiento complejo, que introduce en el cuerpo ozono y que requiere dosificaciones particulares a cada caso.

Yénive Cavieres complementa lo señalando anteriormente, proponiendo que elaboren un dossier para presentar al MINSAL. Señala que esta área técnica se había reunido anteriormente con la Dra. Isis Alvarado y habían considerado que este era un procedimiento clínico más que una medicina complementaria, especialmente por los enfoques que la sustentan, por lo que en dicha oportunidad se les había orientado solicitar un lobby a DIPRECE. La Dra. Isis señala que solicitaron ese lobby, pero nunca fueron recibidos.

Se vuelve a orientar que soliciten una reunión lobby con DIPRECE, a fin de que esta División evalúe la ozonoterapia como procedimiento médico, dado que, en opinión del área técnica de MC, esta no es medicina complementaria. Se hace la relación con el uso de las cámaras hiperbáricas para la evaluación en DIPRECE.

Héctor Duchens, solicita orientación respecto de a quién dirigirse en MINSAL para entregar información relevante sobre nuevos sistemas de desinfección de superficies. Se le recomienda solicitar reunión lobby con el jefe del Departamento de Salud Ambiental de la División de Políticas Públicas Saludables y Promoción (DIPOL).

Ante las aprehensiones de que no tengan respuesta a la solicitud de reunión que realizarán a DIPRECE, se explica que hoy existe una muy buena respuesta desde MINSAL para atender estas reuniones. La Dra. Isis quedó de solicitar dicha reunión y enviar dosier a DIPRECE y también a esta área técnica.