Audiencias - Año 2024 - Felipe Peña

En este registro encontrará las audiencias efectuadas en conformidad con la ley N° 20.730 por los sujetos pasivos que se señalan.

Fecha Identificador Asistentes Representados Materia Detalle
2024-07-19 13:00:00 AJ001AW1614792 Gestor de intereses José Laiño jose miguel laiño gonzalez 1. Concejal de la comuna de el Bosque solicita antecedentes referidos a proceso de Bono Incentivo al Retiro correspondiente a la comuna de el Bosque.-
2. Se consulta por de proceso de Bono Inventivo al Retiro Asistentes de la Educación 2022, en la que se expone el caso de 15 beneficiarios del Bono en que se les notificó, por parte del sostenedor, que no les correspondía el Bono de Antigüedad.-
3. Rosario Astudillo expone su caso. Debido a error en fecha de postulación, sostenedor notificó que no le corresponde una parte del bono, argumentando falta de información de parte del sostenedor.-
4. Se explica el estado general del proceso de tramitación de la Comuna de El Bosque.-
5. Se indica que a la fecha, el sostenedor no ha presentado los antecedentes que permitan verificar el calculo para la componente de antigüedad laboral, según Ley 20.964.-
6. Se informa procesos de ingresos de recursos para recalculo de bonos de incentivo al retiro.
7. Se entrega documentación sobre los plazos establecidos para la postulación de Ley 20.964 y 20.976.-
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Gestor de intereses Paulina Arenas paulina arenas
Gestor de intereses rosario astudillo rosario astudillo carvacho
2024-04-09 15:30:00 AJ001AW1542195 Gestor de intereses Maritza Molina Corporación Cardenal Raúl Silva Henríquez de los Ríos Antonio Molina – Ex sostenedor de la persona jurídica de los colegios de RBD 22313 -1: Colegio Cardenal Raúl Silva Henriquez, Comuna de Paillaco y RBD 22495 -2: Colegio Particular Cardenal Raúl Silva Henriquez, Comuna de Río Bueno.

Maritza Molina – Representante Legal de la entidad sostenedora como persona jurídica sin fines de lucro Corporación Educacional Cardenal Raúl Silva Henriquez y directora de los colegios de RBD 22313 -1: Colegio Cardenal Raúl Silva Henriquez, Comuna de Paillaco y RBD 22495 -2: Colegio Particular Cardenal Raúl Silva Henriquez, Comuna de Río Bueno.

Felipe Peña – Jefe de la División de Planificación y Presupuestos, Subsecretaría de Educación.

Paula Hidalgo – Coordinadora de la Unidad de Contenido y Operación Territorial de la Unidad de Reconocimiento y Admisión Escolar, de la División de Planificación y Presupuestos.

Antonio Molina comenzó la reunión contando la historia de los establecimientos:

En 1971 él ingresó como profesor de una escuela rural; en 1972 designaron a un colegio de la ciudad de Osorno a su señora, razón por la que ambos se trasladaron a esa ciudad para hacer clases.

El año 1973 los devolvieron a la escuela donde estaban asignados anteriormente controlando su entrada y salida al establecimiento.

El año 1975 o 1977 llevaron a ambos a otro colegio, ante lo que determinaron que para sobrevivir debían ser excelentes profesores. Desde ese momento destacaron en su función, haciendo muchos proyectos e innovaciones en el ámbito de la educación.

El año 1985, Antonio ganó un concurso de innovación con el CPEIP: una Escuela de Anticipación que desarrollaron en la décima región.

El año 1990, se le presentó el proyecto al alcalde de la ciudad, sin embargo, no lograron llevarlo a cabo. Por esta razón, le presentaron el proyecto al Cardenal, quien les arrendó un espacio de la parroquia para que puedan realizar su proyecto. Con este proyecto impartieron educación básica, educación media y educación de adultos, llenando sus salas de clases y siempre atendiendo a niñas y niños de escasos recursos.

El año 2004 el Banco del Desarrollo les dio un préstamo para construir un establecimiento.

El año 2005 se instalaron con un colegio en la comuna de Paillaco que impartía clases entre prekínder y cuarto medio.

El mismo año, crearon otro establecimiento en la comuna de Río Bueno que impartía clases desde prekínder a 8vo básico.



La hija, Maritza, estudió teatro, para luego hacer un máster en Gestión de Centros Educativos. Con este aprendizaje le dejaron a cargo los establecimientos ya creados.

El año 2016 estuvieron al tanto de la implementación de la Ley de Inclusión Escolar, razón por la cual pasaron de ser persona natural a una sociedad y preparar todos los documentos que ameritaba el traspaso de la entidad sostenedora para ser persona jurídica sin fines de lucro.

A principios del año 2017 crearon la Corporación Educacional Cardenal Raúl Silva Henriquez, siendo de las primeras entidades sostenedoras en realizar la transferencia de calidad del sostenedor.

En los mismos tiempos, las partes relacionadas al inmueble educacional y el terreno de los establecimientos se convirtieron en una sociedad inmobiliaria; con lo cual, lograron realizar la compra de ambos inmuebles educacionales con Garantía de Infraestructura Escolar (GIE): en septiembre de 2020 ya habían adquirido el inmueble de ambos establecimientos, ambos de la Región de Los Ríos.



Situación actual:

Maritza, actual sostenedora del establecimiento, manifiesta su preocupación respecto de las nuevas condiciones para mantener la subvención, adquiridas al momento de obtener la garantía de infraestructura escolar: el establecimiento educacional no puede superar el 25% en el pago de la cuota del crédito con GIE, respecto de los ingresos, por 3 años consecutivos. Al respecto, señala que existen motivos que han hecho aumentar el porcentaje destinado al pago de la cuota: explica que han disminuido la cantidad de matrícula, lo que podría deberse a la existencia de 18 minibuses que trasladan a alumnos/as de toda la comuna, desde sus casas a los establecimientos municipales del sector. Explica que, para realizar el mismo servicio por parte del establecimiento educacional, debiese gastar más de 5 millones de pesos, a lo que se ve imposibilitada. Además, indica que el crecimiento de la UF no ha ido acorde al crecimiento de la subvención.

Con todo, solicita apoyo para evitar perder la subvención del establecimiento educacional.



Pasos a seguir:

Felipe indicó que desde Mineduc se desea evitar que un establecimiento educacional pierda el derecho a impetrar subvención por el motivo que se indica y aclara que para el cálculo del porcentaje de la cuota es necesario considerar el resto de las subvenciones que se señalan en la norma. Explica que desde Mineduc se realiza el cálculo de los porcentajes destinados al pago de la cuota del crédito GIE anualmente, y que ningún año se ha superado el 25%.

Paula ofreció la conformación una mesa de trabajo con la Unidad de Apoyo al Sostenedor, donde participará el equipo regional, el equipo de nivel central y la entidad sostenedora; y que esta mesa tendrá como finalidad asesorar al establecimiento educacional para fortalecer los ingresos provenientes de la cantidad de matrícula y de la asistencia.

Con el acuerdo de realizar la primera reunión antes de que finalice el mes de abril, se terminó la reunión.
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Sujeto Pasivo Maritza Molina