Carlos Bravo - Audiencias
En este registro encontrará las audiencias efectuadas en conformidad con la ley N° 20.730 por los sujetos pasivos que se señalan.
Fecha | Identificador | Asistentes | Representados | Materia | Detalle | |
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2018-08-14 09:00:00 | AO005AW0514072 | Gestor de intereses | Edna Adrienne Dimanche | Edna Adrianne Dimanche | Solicita reunión por rechazo de solicitud SIPRO por la importación de productos cosméticos USUARIA NO ASISTE A AUDIENCIA. SE INSISTE LLAMADO TELEFÓNICO Y NO HAY RESPUESTA. |
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2018-08-08 09:45:00 | AO005AW0513564 | Gestor de intereses | Rodrigo Rojas Vera | Rodrigo Rojas | Estimado. Desde EEUU nos enviaron una caja con regalos, Ropa, Perfumes, cremas y lociones. No sabíamos que había un máximo de artículos permitidos y la solicitud de "importación para uso personal" (N° Referencia "UPCe2664/18") salio rechazada. Por Teléfono en el ISP me han dado la opción de poder apelar a la resolución y ver la posiblidad de pagar los impuestos que sean necesarios para poder tener los productos. De atemano solicitamos la posibilidad de poder reunirnos y explicar este caso. Muchas Gracias. ACTA N° 108/18 RECHAZO UPCe2664/18 Se da a conocer a usuaria el marco normativo vigente a importación para uso personal de productos cosméticos. Se indica a usuaria que puede realizar una nueva solicitud seleccionando máximo 10 unidades por tipo de producto. Se cursara solicitud con prioridad. |
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Gestor de intereses | Nicole Lissette Galindo Jerez | Rodrigo Rojas | ||||
2018-08-08 09:00:00 | AO005AW0513530 | Gestor de intereses | YVENSON DORET | YVENSON DORET | Importación de cosméticos para uso personal de varias personas, en OIRS se nos explico la cantidad máxima de importación, pero queremos ver la opción de que nos escuchen porque trajimos tanto. ACTA N° 106-A/18 INTERNACIÓN DE PRODUCTOS COSMÉTICOS DESDE HAITÍ USUARIO PLANTEA QUE SU MALETA FUE RETENIDA EN AEROPUERTO DE SANTIAGO CON COSMÉTICOS EN SU INTERIOR. SE EXPLICAN LAS CONDICIONES SANITARIAS PARA ESTE TIPO DE IMPORTACIONES. SE PLANTEA QUE LOS PRODUCTOS SERÁN AUTORIZADOS POR ÚNICA VEZ Y ÚLTIMA VEZ EN LAS CANTIDADES INDICADAS. (CASI 200 UNIDADES). USUARIO INDICA QUE LOS PRODUCTOS SON PARA LA FAMILIA COMPLETA. |
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Gestor de intereses | DAVID CHERY | DAVID CHERY | ||||
Gestor de intereses | MAUDELYNE PLUVIOSE | MAUDELYNE PLUVIOSE | ||||
2018-08-07 10:10:00 | AO005AW0509634 | Lobbista | MARIA GEORGINA ROJAS CUADRA | Maria Georgina Rojas Cuadra | Entregar documentacion solicitada. ACTA N° 107/18 Usuaria señala las razones que dan origen a su importación y corresponde a probar los productos y ver su calidad y evaluar un negocio. Se informa del procedimiento de importación para uso personal y comercial. Comercialmente la importación debe ser realizada por Sistema Gicona (clave y asesor farmacéutico, además de otros requisitos que están en la plataforma). Contactar a JSD Cosméticos. Inés Carreño. Se recomienda verificar que los productos aún estén en el país. |
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Lobbista | Daniela Andrea Esquivel Ponce | Daniela Andrea Esquivel Ponce | ||||
2018-08-07 09:50:00 | AO005AW0510862 | Gestor de intereses | MARIA SUSANA MUSALEM SAFFIE | Maria Susana Musalem Saffie | Me dirijo a usted para apelar respecto a la resolución 0001 del 18.07.2018 en la que se rechaza el certificado de destinación aduanera y el uso provisional de las mercancías detalladas en el anexo foliado adjunto de la referencia UPC 15/2018 a mi nombre y retenidos en aduana bajo el número 1911117 de fecha 28.06.2018. ACTA N° 106 Rechazo UPCe15/18 Usuaria señala las causales que dan origen a su importación. Señala que los productos son para uso personal y de sus hijos. Se informa la normativa que rige la importación de productos de Uso Personal y las cantidades permitidas para ingreso al país. Deberá presentar una nueva solicitud especificando los destinatarios de los productos, quienes deben ser en su totalidad familiares. |
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2018-08-07 09:00:00 | AO005AW0510971 | Gestor de intereses | Anderson Rafael Gonzalez Chuello | Anderson Rafael Gonzalez Chuello | Solicitar la cantidad de productos cosméticos permitidos para uso personal según ley de una importación. ACTA N°105/18 Rechazo UPCe2605/18 Usuario indica que tío de su esposa le envía los productos desde Estados Unidos. Se le informa que la importación por uso personal no está destinada a terceros, ya que son de uso exclusivo del importador. Se acuerda que se autorizará por única vez y de forma excepcional la presentación. El usuario deberá ingresar una nueva solicitud haciendo referencia a esta audiencia y presentar todos los antecedentes y declarando la totalidad de los productos. |
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2018-08-02 14:30:00 | AO005AW0507978 | Gestor de intereses | Carla Villegas Zuñiga | Carla Villegas | Estimado, junto con saludar y agradecer este medio para poder apelar a una resolución exenta Nº 6544/18 que fue dictada por vuestra institución, la cual fue rechazada la solicitud del ingreso de unos productos de uso cosméticos para prevenir la caída del cabello que viene en forma de capsulas, considerando el ISP como "Complemento Nutricional", que no tiene relación con los productos comprados. Solicito a ustedes poder contar con el medio para poder apelar a la obtención de estos productos comprados. Esperando una pronta y favorable respuesta. USUARIA ATENDIDA TELEFÓNICAMENTE. DEBERÁ REALIZAR SU SOLICITUD DE USO PROVISIONAL EN EL FORMULARIO CORRECTO. |
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2018-07-31 09:46:00 | AO005AW0504825 | Gestor de intereses | Rolando Enrique Aceituno Galaz | rolando Aceituno Galaz | Apelaciòn UPCe2658/18 Respaldar uso personal de perfumes retenidos en aduana. ACTA N° 104/18 RECHAZO UPCe2658/18 USUARIO SEÑALA QUE SE IMPORTAN PERFUMES DESDE MIAMI PARA TENER STOCK DE USO PERSONAL DURANTE EL AÑO PARA ÉL Y SU FAMILIA. Q.F. CARLOS BRAVO SEÑALA QUE EL SERVICIO NACIONAL DE ADUANAS SE ENCUENTRA EN COORDINACIÓN CON ESTE INSTITUTO. EN ESTE CONTEXTO, CUANDO SE IMPORTA PARA USO PERSONAL UNA GRAN CANTIDAD SE PRESUME COMERCIALIZACIÓN, ADEMÁS LOS PRODUCTOS COSMÉTICOS SIN REGISTRO SANITARIO NO ASEGURAN CALIDAD, SEGURIDAD Y EFICACIA. Q.F. CARLOS BRAVO SEÑALA QUE SE PERMITE UN MÁXIMO DE 10 UNIDADES PARA SER IMPORTADAS POR USO PERSONAL Y QUE LA VÍA DE IMPORTACIÓN DE USO PERSONAL NO AUTORIZA LA DISTRIBUCIÓN A TERCEROS. USUARIO INDICA QUE LOS PERFUMES IMPORTADOS ERAN DESTINADOS PARA ÉL, SU ESPOSA E HIJOS. SE LE INFORMA A USUARIO QUE PODRÁ ELEGIR 15 PERFUMES Y REALIZAR UNA NUEVA SOLICITUD. SE SUGIERE REALIZAR LA IMPORTACIÓN POR GICONA Y CONTACTAR A INÉS CARREÑO, JEFA DEL SUBDEPTO. COSMÉTICOS. |
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Gestor de intereses | Mònica Cecilia Ortiz Santibañez | Rolando Enrique Aceituno Galaz | ||||
2018-07-31 09:25:00 | AO005AW0504571 | Lobbista | Miguel Ignacio Valenzuela Perez | Miguel Ignacio Valenzuela Perez | Tramite modificatorio AU989293 pendiente del 15 de mayo 2018, solicitan prioridad. INVERSIONES BNC SPA. SOLICITUD MODIFICATORIA MANUAL Usuario representa una compañía de Asesoría Técnica. Asesoría Técnica explica errores asociados a solicitud de modificatoria manual, se menciona a usuario la importancia de aclarar en forma correcta. Se informa que el producto no puede ser distribuido si no cuenta con registro sanitario. |
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2018-07-10 10:00:00 | AO005AW0482473 | Gestor de intereses | Natascha González | Natascha Gonzàlez Wolf | Soy Quìmico farmacèutico asesor de una empresa importadora. Quisiera reunirme con el señor Felipe Gonzàlez de Subdepartamento de Comercio Exterior , pero no figura el subdepartamento como opciòn para reunirse , ni el señor Felipe Gonzàlez . Es para resolver una modificaciòn de otra modificaciòn primera en un UYD , que fue aceptada por el sistema Gicona. me explican en OIRS que no se puden hacer modificaciones sobre modificaciones y sin embargo el sistema lo recibiò. Necesito resolver èsto. ACTA N° 98/18 USUARIA REPRESENTA A USUARIO QUE SOLICITA IMPORTACIÓN DE PRESERVATIVOS, SOLICITÓ MODIFICACIÓN AL U&D989293. EN PRIMERA ACLARACIÓN USUARIA DECLARA QUE TIENE ERRORES EN LA CANTIDAD IMPORTADA Y NÚMERO DE LOTE, POR LO QUE CAMBIA EL PACKING LIST DE LA SOLICITUD. DEBIDO A LA POCA CLARIDAD DE LOS ANTECEDENTES QUE APORTÓ LA USUARIA, SE LE COMUNICA QUE SE REVISARÁ LA INFORMACIÓN Y CARTA POR LA QUE SOLICITA UNA SEGUNDA RESOL. MOD. SI ESTA CORRESPONDE SE EMITIRÁ MANUAL. |
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2018-07-04 09:20:00 | AO005AW0493876 | Gestor de intereses | Manuel Viancos Merino | Manuel Viancos Merino | Solicitud de denegación de rechazo a internar productos cosmeticos traídos desde Mexico, con cantidades erroneas, que las que deben traer en forma personal ya que està ausente la intenciòn de transgreciòn a la ley, cuyo acto se fectuó por mero desconocimiento de la ley. No hay intenciòn de lesionar interès fiscal alguno. ACTA N° 94/18 USUARIO ASISTE A AUDIENCIA EN REPRESENTACIÓN DE LA SRA. MARGARITA MIRANDA SILVA QUIEN PRESENTÓ LA UPCe2061/18. Usuario indica que la importación corresponde a 6 personas. Q.F. Carlos Bravo señala que el ISP es el organismo encargado de controlar la importación y distribución de productos cosméticos, para uso personal se permite la importación de una cantidad reducida ya que estos productos no cuentan con registro sanitario. Se sugiere realizar una nueva solicitud señalando como máximo 20 unidades de producto. Se evaluará y si procede será autorizada por única vez. |
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2018-06-26 10:03:00 | AO005AW0489511 | Gestor de intereses | patricio hernan cordero perez | patricio hernan cordero petrez | recuperar productos retenidos por la aduana ACTA N° 92/18 USUARIO PRESENTÓ 2 SOLICITUDES, CORRESPONDEN A IMPORTACIÓN DE USO PERSONAL DESDE BRASIL. Q.F. CARLOS BRAVO SEÑALA QUE LOS PRODUCTOS COSMÉTICOS SON REGISTRADOS EN CHILE, PARA USO PERSONAL SE PERMITE LA IMPORTACIÓN DE UNA CANTIDAD ACOTADA . USUARIO PODRÁ PRESENTAR UNA NUEVA SOLICITUD, LA QUE SE AUTORIZARÁ POR ÚNICA VEZ. |
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2018-06-26 09:00:00 | AO005AW0487969 | Gestor de intereses | jian jin | xinru luo | solicito audiencia para reconsiderar la solicitud de unos productos cosméticos para uso personal ,de la RESOLUCIÓN EXENTA Nº 5395/18 que fue denegada el día 19 de junio del 2018, y retenida por aduana el 27 de mayo del 2018, para aclarar el uso y contenido del producto ACTA N° 91/18 USUARIA INDICA QUE MASCARILLAS SERÁN UTILIZADAS PARA USO PERSONAL, LAS MASCARILLAS SON BEBIBLES Y PRODUCEN BELLEZA EN LA PIEL, SU COMPOSICIÓN ES EN BASE A VEGETALES. Q.F. CARLOS BRAVO SEÑALA QUE LOS PRODUCTOS COSMÉTICOS QUE SE DISTRIBUYEN EN CHILE SE ENCUENTRAN AUTORIZADOS POR EL I.S.P. Y ADUANAS, LA CANTIDAD PERMITIDA ES MINIMA Y SOLO PARA USO PERSONAL. SE AUTORIZARÁ POR ÚNICA VEZ Y USUARIA DEBERÁ INGRESAR UNA NUEVA SOLICITUD. SE SUGIERE CONTACTAR AL SUBDEPTO. DE COSMÉTICOS DE ESTE INSTITUTO PARA VER EL REGISTRO DE PRODUCTOS. |
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2018-06-25 09:30:00 | AO005AW0488686 | Gestor de intereses | KATHERINE ALEXANDRA ILLESCA SANDOVAL | KATHERINE ALEXANDRA ILLESCA SANDOVAL | Respetuosamente, me dirijo a usted para poder apelar respecto de la Resolución exenta N°5156/18 en la cual se rechaza el Certificado de Destinación Aduanera y Autorización de Uso Provisional para la mercancía declarada en el anexo foliado adjunto de la Referencia N° UPCe2105/18, a mi nombre, consignados mediante la factura adjunta N° 75148, y el documento de transporte N° EK334737597GB USUARIA ES CONTACTADA TELEFÓNICAMENTE SE INSTRUYE A QUE REALICE SOLICITUD DE USO FARMACÉUTICO, EL QUE SE EVALUARÁ CON PRIORIDAD. |
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2018-06-22 09:30:00 | AO005AW0486904 | Lobbista | Marco Gonzalez Araya | Marco Gonzalez Araya | Usuario con rechazo tramite importacion cosmetico UPCe1824/18; alega que en el año 2017 hizo por la primera partida de estos productos (que son para un curso de maquillaje que realiza su herma Sandy Gonzalez) una autorización de ingreso por UPCe4916/17. Se informa a usuario el marco legal que rige la importación para uso personal. Además se sugiere a usuario que verifique con la empresa de courier las condiciones de almacenamiento de los productos. Deberá ingresar una nueva solicitud siendo el mismo importador y solicitante. |
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2018-06-19 10:00:00 | AO005AW0486123 | Lobbista | GABRIELA PAZ CERDA CABRERA | Gabriela Cerda Cabrera | Rechazo UPCe1852/18. Hay que señalar que la usuaria ya habia solicitado Lobby con Felipe Gonzalez Muñoz AO005AW480370 del 07/06/18 y nadie la contacto de COMEX SE EXPLICA A USUARIA LOS MOTIVOS QUE DIERON ORIGEN AL RECHAZO. SE EVIDENCIA IMPORTACIÓN DE PRODUCTOS CON FINES COMERCIALES, ASOCIADOS A EMPRESA CREME OF NATURE CHILE, UBICADO EN LAS DALIAS 2212, MACUL. SE MANTIENE RECHAZO Y SE ORIENTA A USUARIA PARA REGULARIZAR REGISTRO SANITARIO. |
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2018-06-14 09:30:00 | AO005AW0468508 | Gestor de intereses | Juan Diego Alvarez Gamez | Khiron Life Sciences Corp | Concer sobre el marco regulatorio y el escenario legal vigente del uso medicinal de la marihuana o cannabis sativa en Chile y el marco normativo que regula la adquisición de psicotrópicos USUARIO NO ASISTE A AUDIENCIA PROGRAMADA |
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Gestor de intereses | Natalia Reyes | Khiron Life Sciences Corp | ||||
2018-05-25 10:00:00 | AO005AW0470331 | Gestor de intereses | Nicolás Humberto Zepeda Contreras | Nicolás Humberto Zepeda Contreras | Dar cuenta de mayores antecedentes para la emisión de un Certificado de Destinación Aduanera y Autorización de Uso Provisional de una solicitud ya realizada, Referencia N° UPCe1781/18. ACTA N° 77/18 USUARIO INDICA QUE EMPRESA COMERCIALIZADORA ICONICO SPA ES DE RUBRO ELECTRÓNICO (PRODUCTOS ELECTRÓNICOS). USUARIO INDICA QUE LOS PRODUCTOS LLEGARON A CASILLA DE EMPRESA, SEÑALAN QUE LOS PRODUCTOS CORRESPONDEN A MUESTRAS PARA USO PERSONAL. Q.F. CARLOS BRAVO SEÑALA QUE LOS PRODUCTOS COSMÉTICOS QUE SE UTILIZAN DE FORMA MASIVA EN CHILE, CUENTAN CON REGISTRO SANITARIO OTORGADO POR ESTE INSTITUTO. LOS PRODUCTOS REGISTRADOS EN EL EXTRANJERO NO ASEGURAN CALIDAD , SEGURIDAD Y EFICACIA PARA SER UTILIZADOS EN CHILE. ADUANA PUEDE RETENER PRODUCTOS DE USO PERSONAL QUE PRESUMAN COMERCIALIZACIÓN. SE SUGIERE A USUARIO INGRESAR UNA NUEVA SOLICITUD, INDICANDO ESTA REUNIÓN Y SU NÚMERO DE ACTA. |
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2018-05-23 10:00:00 | AO005AW0469267 | Gestor de intereses | fanny andrea herrada fernandez | fanny andrea herrada fernandez | solicitar aprobación de tramitación de productos capilares comprados en Brasil para mi uso personal y el de familiares, que estan retenidos en la aduana USUARIA INDICA QUE REALIZÓ VIAJE A BRASIL Y ASISTIÓ A FERIA DE BELLEZA EN LA QUE ADQUIRIÓ LOS PRODUCTOS PARA USO PERSONAL. SE ACUERDA CON USUARIA QUE DEBERÁ INGRESAR UNA NUEVA SOLICITUD, EN LA QUE SE AUTORIZARÁN MÁXIMO 5 UNIDADES DE PRODUCTO POR TIPO. |
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2018-05-22 10:08:00 | AO005AW0467546 | Gestor de intereses | Erika Virginia De Nobrega Goncalves | Erika De Nobrega | - Rechazo de resolución de paquete registrado a nombre de Gilberto Luis Chacón. - Cantidad de ítems permitidos para uso personal. ACTA N° 71/18 USUARIO INDICA QUE SE IMPORTAN PRODUCTOS COSMÉTICOS PARA USO PERSONAL DESDE VENEZUELA. SE LE ACLARA A USUARIO QUE EL IMPORTADOR ES QUIEN DEBE REALIZAR LA SOLICITUD. SE LE INDICA QUE DEBE REALIZAR UNA NUEVA SOLICITUD EN LA QUE DEBE FIGURAR COMO SOLICITANTE LA SRTA. ERIKA DE NOBREGA. |
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2018-05-22 09:30:00 | AO005AW0466620 | Gestor de intereses | juana del carmen gonzalez bazaes | juana del carmen gonzalez bazaes | solicitud rechazada de productos cosmeticos para uso personal ACTA N° 70/18 RECHAZO UPCe1707/18 Usuario indica que en el extranjero se compró productos cosméticos para una amiga. Q.F. CARLOS BRAVO indica que los productos cosméticos que se comercializan en Chile están autorizados por el ISP y cuentan con Registro Sanitario. Para uso personal se permite la importación de 5 unidades de producto por tipo. Usuaria deberá ingresar una nueva solicitud, la que será sometida a evaluación, en la que debe señalar a qué personas va destinada la importación. |
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2018-05-22 09:00:00 | AO005AW0466232 | Gestor de intereses | Eva Garay Nieto | Eva Garay Nieto | Rechazo de la entrada de aceites con número de referencia UPCe1624/18 productos cosmeticos ACTA N° 69/18 RECHAZO UPCe 1624/18 Usuario indica que importa para uso personal aceites para tratamiento de dolores. Se informa a usuario que existe un error en la declaración de datos en la solicitud (200 mL). Q.F. Carlos Bravo aclara que de acuerdo al uso personal de los productos importados, corresponde que hayan sido declarados bajo receta médica por la finalidad terapéutica, y que para comercializar aceites debe contactarse con el Subdepto. Registro Usuaria deberá presentar una nueva solicitud señalando en el formulario que no se trata de medicamentos. |
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2018-05-18 10:50:00 | AO005AW0454774 | Gestor de intereses | Veronica Lizama Jaña | christian_harting@yahoo.com | El rechazo a la internaciòn de productos de un paìs de libre comercio para uso personal. ACTA N° 68/18 SE INFORMA A USUARIA EL MARCO REGULATORIO QUE RIGE LA IMPORTACIÓN DE PRODUCTOS COSMÉTICOS DE USO PERSONAL SIN REGISTRO SANITARIO EN CHILE. PODRÁ INGRESAR UNA NUEVA SOLICITUD LA QUE SERÁ EVALUADA SEÑALANDO COMO MÁXIMO 5 UNIDADES POR TIPO DE PRODUCTO. |
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2018-05-18 10:35:00 | AO005AW0463246 | Gestor de intereses | Sandra Urrutia Ragga | Sandra Urrutia Ragga | Apelar rechazo de la solicitud de importación excepcional de cosméticos para uso personal número UPC e1425/18 ACTA N° 67/18 RECHAZO UPPCe1425/18 Usuaria consulta respecto del motivo que dio origen al rechazo. Al respecto se informa que la importación de productos farmacéuticos de uso personal debe ser mediante receta médica, en la que se debe señalar tratamiento, duración y dosis. Se sugiere a usuaria presentar una nueva solicitud, esta vez en el formulario correspondiente (UPFe) acompañando la documentación establecida. |
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2018-05-18 10:15:00 | AO005AW0462048 | Gestor de intereses | YUZHEN WU | yuzhen wu | por favor solicitar audiencia por el visto bueno rechazado debido a información ingresada están equivocada y también por la cantidad ACTA N° 66/18 RECHAZO UPCe1304/18 USUARIO INDICA QUE DESEA CONOCER EL MOTIVO DE RECHAZO DE LA REFERENCIA DE IMPORTACIÓN UPCe1304/18Q.F. CARLOS BRAVO INDICA QUE LA IMPORTACIÓN DE PRODUCTOS COSMÉTICOS SIN REGISTRO SANITARIO NO SE ENCUENTRA AUTORIZADA. USUARIO PODRÁ INGRESAR UNA NUEVA SOLICITUD SEÑALANDO COMO MÁXIMO 5 UNIDADES POR TIPO DE PRODUCTO. SE INFORMA A USUARIO QUE CORREOS DE CHILE NO REALIZA APERTURA DE BULTOS NI RETIROS PARCIALES, POR ENDE DEBERÁ AVERIGUAR LAS CONDICIONES PROPIAS DE LA MENCIONADA EMPRESA. |
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Gestor de intereses | jiaqi xu | jiaqi xu | ||||
2018-05-18 09:40:00 | AO005AW0457879 | Gestor de intereses | Francisco Bustos | Francisco Ignacio Bustos Oyarzun | Apelar a rechazo de resolución exenta n°3781/18 para ingreso de productos cosméticos. ACTA N° 65/18 SE INFORMA A USUARIO QUE ESENCIAS PARA SALES DE BAÑO NO SON COMPETENCIA DE ESTE INSTITUTO, RAZÓN POR LA CUAL SE RECHAZÓ LA SOLICITUD DE CERTIFICADO DE DESTINACIÓN ADUANERA. |
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2018-05-18 09:15:00 | AO005AW0459155 | Gestor de intereses | Constanza Andrea San Martín Olea | Constanza San Martín Olea | Estimado He comprado productos cosméticos (labiales) a China específicamente y he solicitado el ingreso mediante el certificado de destinación aduanera y autorización de uso y disposición, el cual mediante la resolución ha sido rechazado. en base a lo anterior he asistido al instituto de salud publica a solicitar explicaciones respecto del rechazo y la respuesta que obtuve fue por que la cantidad de productos excede el máximo establecido. Es por esto que pido esta audiencia con el fin de poder obtener una nueva y mejor respuesta. ACTA N° 64 USUARIA DECLARA QUE LA COMPRA MINIMA DEL PORTAL ERAN 144 UNIDADES, POR LO QUE REUNIÓ GENTE INTERESADA PARA SOLICITAR LA COMPRA. SE LE INFORMAN LOS RIESGOS ASOCIADOS A LA IMPORTACIÓN DE PRODUCTOS COSMÉTICOS Y SU USO NO REGULADO, ADEMÁS DE LA LABOR DE CONTROL QUE REALIZA EL ISP. SE LE INDICA QUE LOS PRODUCTOS SERÁN RETENIDOS Y DESTRUIDOS, SIN EMBARGO PUEDE PRESENTAR UNA NUEVA SOLICITUD POR 10 UNIDADES DE LAS ACTUALMENTE RETENIDAS, APELANDO AL USO PERSONAL. |
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2018-05-10 09:15:00 | AO005AW0441736 | Gestor de intereses | José Allemant | Abbott Laboratories de Chile Ltda. | Interiorizarse e intercambiar visiones sobre acuerdo marco de cooperación ISP-ANMAT. ACTA N° 60/18 Usuario manifiesta intención de aumentar número de exportaciones a distintos países de la región, en particular a países de Alianza Pacífico y Argentina, y que Chile sea el centro estratégico para esos efectos. La idea es trabajar en conjunto con el ISP y autoridades para coordinar y obtener mayores resultados en la distribución y exportación de los productos. Está en conocimiento de los acuerdos o proyectos de acuerdos y convergencia con otros países en temas regulatorios. ISP informa el estado en el que están las conversaciones y negociaciones con AP, ANMAT y ANVISA. Usuario ofrece sus buenos oficios para establecer mesas de trabajo con DIGEMID y sector privado peruano del sector. ISP explica que con ANMAT se quiere establece en un plan de trabajo a nivel cancillería y forma un acuerdo similar al que se está trabajando con AP, los respectivos dirección de de cancillería ya tomaron contacto. ISP explica el estado de avance en el intercabio de actas en INVIMA y CoFEPRIS. En el caso de Recalcine se concretó en INVIMA el envío de documentación desde Chile (8PM). ISP explica el estado de avance respecto de productos bioequivalentes, etc. |
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2018-05-09 00:00:00 | AO005AW0456560 | Gestor de intereses | gilberto luis chacon rodriguez | gilberto luis | rechazo de mercaderia de uso personal ( maquillaje ) ACTA N° 59/18 RECHAZO UPCe1546/18 Usuaria señala que los productos son de su compañera y que será la última vez que los importa. Se constata que ha importado los mismos productos en 3 ocasiones Se le instruye que podrá realizar una nueva solicitud a través de la plataforma SIPRO, la cual será sometida a evaluación por esta área técnica. |
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2018-05-03 09:45:00 | AO005AW0454776 | Gestor de intereses | Shirley Felice | Solem Ltda | Aclaración de Uso y Disposición rechazado Aclaración de Uso y Disposición rechazado ACTA N° 57/18 AU959851/18 Usuario consulta respecto al motivo que dio origen al rechazo de la AU959851/18. Detalla que por item de producto los detalles de rechazo han sido subsanados. Se le aclara a usuario que el rechazo de U&D, puede ser apelado a través de GICONA Web en la opción "Aclaración a Resoluciones de Uso y Disposición Autorizadas o Rechazadas". Se recomienda a usuaria que realice una nueva aclaración en cuanto se regularicen los registros sanitarios de cada producto. Se sugiere contactar al Subdepto. Cosméticos. |
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2018-05-03 09:00:00 | AO005AW0456573 | Gestor de intereses | YUZHEN WU | yuzhen wu | VISTO BUENO PARA PRODUCTO COSMETICO USO PERSONAL QUE FUE RECHAZADA POR DATOS INGRESADOS CON ERROR NO ASISTE A AUDIENCIA. |
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Gestor de intereses | jiaqi xu | jiaqi xu | ||||
2018-05-03 09:00:00 | AO005AW0454364 | Gestor de intereses | IGNACIO SEBÁSTIAN TAPIA LOYOLA | IGNACIO SEBASTIAN TAPIA LOYOLA | RECHAZO SOLICITUD DE IMPORTACIÓN PRODUCTOS COSMETICOS. ACTA N° 56/18 Usuarios vienen en representación de Ignacio Tapia Loyola. Indican que la compra fue realizada por internet y la importación es destinada a 3 personas. Se les instruye respecto al marco legal que rige la importación de cosméticos de Uso Personal. y que la cantidad permitida es 5 unidades por tipo de producto, esto en acuerdo con Aduana Metropolitana. Se informa además que el rol de esta Institución es garantizar la eficacia, seguridad y calidad de los productos. Se sugiere realizar una nueva solicitud. |
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2018-04-19 09:00:00 | AO005AW0444897 | Gestor de intereses | OSCAR FERNANDO OTALORA GOMEZ | HB HUMAN BIOSCIENCE S.A.S | TRAMITES REGISTROS SANITARIOS MEDICAMENTOS, MODALIDAD IMPORTAR Y VENDER. TIEMPO DE OBTENCIÓN Y HOMOLOGACIÓN. Usuario no asiste a la audiencia fijada para hoy a las 9:00 am. |
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2018-04-18 09:15:00 | AO005AW0442345 | Gestor de intereses | alvaro benjamin abarca salazar | Paulina Andrea Araya Erwenne | Apelación de cremas Victorias Secret que fueron rechazadas. Ruego a una excepción , ya que son de regalo de matrimonio para invitados que la mayoria son familiares. Tengo boletas de la compra que acrediten dichos productos, y todos los documentos necesarios. ACTA N° USUARIO INDICA QUE LOS PRODUCTOS ADQUIRIDOS PARA SER REGALADOS A INVITADOS EN UN MATRIMONIO. Q.F. INDICA QUE LA IMPORTACIÓN DE PRODUCTOS COSMÉTICOS SE ENCUENTRA REGULADA MEDIANTE EL DECRETO SUPREMO N° 239. ESTE DECRETO NO CONTEMPLA LA IMPORTACIÓN PARA USO PERSONAL, POR LO QUE EN ACUERDO CON ADUANAS SE PERMITE |
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2018-04-11 09:20:00 | AO005AW0442170 | Gestor de intereses | Yohanna Fredes Armijo | Yohanna Antonella Fredes Armijo | liberar productos personales retenidos en la aduana ACTA N° 49/18 RECHAZO UPCe1164/18 Usuaria señala que los regalos se los envía hija que reside en EEUU. Se le indica a usuaria el marco legal que rige la importación de productos cosméticos de Uso Personal, los productos que se importen deben contar con registro sanitario en Chile y que este tipo de importación no se encuentra facultada para distribución a terceros. Usuaria podrá presentar una nueva solicitud indicando de forma detallada a quienes destinará los productos. |
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2018-04-04 09:25:00 | AO005AW0435657 | Gestor de intereses | María Antonia Ocaña Azaharez | Maria Antonia Ocaña Azaharez | Resolución: Rechazo de productos cosméticos por cantidad que excede lo permitido para uso personal, 21 pomos de champú de placenta importados desde Cuba desde el Centro de Histoterapia Placentaria, cada frasco contiene 250ml. ACTA N° 48/18 USUARIO ACLARA QUE LA CANTIDAD IMPORTADA ES INCORRECTA, 23 CHAMPÚ VERIFICADO EN BOLETA. SE INDICA A USUARIO QUE LOS PRODUCTOS IMPORTADOS SIN REGISTRO SANITARIO NO PUEDEN INGRESAR AL PAÍS, A MENOS QUE ESTÉN AMPARADOS POR RECETA MÉDICA. ADUANA RETIENE MERCANCÍA QUE PRESUME COMERCIALIZACIÓN, EL MÁXIMO PERMITIDO ES 10 UNIDADES PARA USO PERSONAL.. SE AUTORIZARÁ EXCEPCIONALMENTE ELINGRESO DE 10 UNIDADES DE PRODUCTO INGRESANDO UNA NUEVA SOLICITUD, EN LA CUAL DEBERÁ HACER MENSIÓN A ESTA AUDIENCIA. |
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2018-04-04 09:00:00 | AO005AW0435430 | Gestor de intereses | Jorge Alberto Meza | Jorge Alberto Meza | Reconsideración de las resoluciones del Subdepartamento Control Comercio Exterior Estupefacientes y Psicotropicos con números de referencias UPFe 1420/18 a nombre de Luisa Dilettee Munoz y numero UPFe 1419/18 a nombre de Jorge Alberto Meza Ya que no sabiendo las disposiciones y leyes del Ministerio de Salud hice que me enviaran medicinas desde Holanda ya que las que traíamos se nos terminaron por el hecho de haber alargado el pasaje de regreso ya que a mi madre le queda poco de vida, a estos medicamentos no se permitió la distribución ya que uno de ellos esta calificado como receta cheque( Flunitrazepam Tabl 2 mg) elresto no tendría problema de ser entregados. Por lo tanto solicito la ayuda de este servicio para por recuperar estos remedios que son de gran importancia para nosotros de ante manos muchas gracias J.A.Meza. ACTA N° 47/18 USUARIO CONSULTA RESPECTO AL RECHAZO DE AMBAS SOLICITUDES CONTIENEN PRODUCTOS E&P UPFe 1419/18: Flunitrazepan y UPFe1420/18: Clonazepam. Estos producto requieren receta cheque y receta médica retenidas respectivamente. AMBAS CARGAS INGRESAN AL PAÍS A TRAVÉS DE CORREOS DE CHILE, EMPRESA QUE NO REALIZA LIBERACIÓN PARCIAL DE BUSTOS. USUARIO ESTARÁ HASTA EL 3 DE JUNIO EN NUESTRO PAÍS. DE ACUERDO A LO ANTERIOR, SE DECIDE AUTORIZAR DE MANERA EXCEPCIONAL Y POR UNICA VEZ. PARA TAL EFECTO DEBERÁ INGRESAR AMBAS SOLICITUDES, HACIENDO MENCIÓN A ESTA AUDIENCIA. |
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2018-03-28 10:08:00 | AO005AW0428299 | Gestor de intereses | Francisca Alejandra Fernandez Echeverria | francisca fernandez echeverria | Junto con saludar, mi nombre es Francisca Fernandez rut: 18.213.217-9. Me dirijo a usted por motivo de una resolución rechazada en ispch de unas cremas y lociones victorias secret traídas desde EEUU en enero del presente año. El motivo del rechazo es la cantidad de cremas y lociones que en total son 30 unidades, siendo 16 cremas y 14 lociones, el punto clave acá es que NO son todas de mi propiedad, viajamos 4 mujeres, mi madre, mis dos hermanas y yo. El problema fue que en la aduana chilena nos realizaron solo un papel de retención que figuran los 30 productos a nombre mio, diciéndome en la aduana que no tendría problema por parte de ustedes al solo tener un papel de retención. Realice la petición en el departamento de importación de cosméticos del ispch y me fue rechazada por la cantidad de productos. Volví el día de hoy a la aduana chilena y me dicen que no pueden darme los 4 papeles de retención nuevamente, pero que busque la instancia de poder hablar con usted para explicarle la situación, y que el error fue por parte del personal de la aduana chilena. Ruego por favor ayudarme y darme alguna solución los productos míos son 10 en la realidad, siendo 5 cremas y 5 lociones (cumpliendo la norma de mercancía por pasajero), y el resto son de mi mama (8 productos) y mis hermanas(6 productos cada una). Los productos los ocupamos de siempre y de verdad que son para uso personal, no tenemos intención alguna de vender o comercializarlos, y son en mi caso 5 cremas y 5 lociones que están dentro de la norma permitida, mi madre trae la misma cantidad y mis hermanas menos de lo permitido. De antemano muchas gracias. ACTA N°46/18 SE EXPLICA A USUARIA LA REGULACIÓN VIGENTE RESPECTO DE IMPORTACIÓN DE USO PROVISIONAL.SIENDO LA CANTIDAD PERMITIDA 5 UNIDADES POR TIPO DE PRODUCTO. (ACUERDO ENTRE ADUANA E ISP). LA IMPORTACIÓN DE PRODUCTOS COSMÉTICOS SIN REGISTRO SANITARIO NO SE ENCUENTRA CONSIDERADA EN EL REGLAMENTO DE COSMÉTICOS D.S. 239/02. SE INFORMA A USUARIO QUE EXCEPCIONALMENTE SE AUTORIZARÁ EL INGRESO POR ÚNICA VEZ, DEBERÁ ENVIAR LISTADO CON NOMBRES DE FAMILIARES A QUIEN SERÁ DESTINADOS. |
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Sujeto Pasivo | Francisca Alejandra Fernandez Echeverria | |||||
2018-03-28 09:30:00 | AO005AW0430705 | Gestor de intereses | DONNA TAMARA BARRERA SOTO | DONNA TAMARA BARRERA SOTO | Apelación a rechazo establecido en la RESOLUCIÓN EXENTA No 2509/18, para la importación de productos cosmeticos para uso personal del ISP. ACTA N°45/18 USUARIA SEÑALA QUE SU IMPORTACIÓN OBEDECE AL BAJO COSTO DE LOS PRODUCTOS EN COREA. SE EXPLICA A USUARIA LA REGULACIÓN VIGENTE RESPECTO DE IMPORTACIÓN DE USO PROVISIONAL.SIENDO LA CANTIDAD PERMITIDA 5 UNIDADES POR TIPO DE PRODUCTO. (ACUERDO ENTRE ADUANA E ISP). LA IMPORTACIÓN DE PRODUCTOS COSMÉTICOS SIN REGISTRO SANITARIO NO SE ENCUENTRA CONSIDERADA EN EL REGLAMENTO DE COSMÉTICOS D.S. 239/02. SE INFORMA A USUARIO QUE EXCEPCIONALMENTE SE AUTORIZARÁ EL INGRESO POR ÚNICA VEZ. |
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2018-03-12 09:10:00 | AO005AW0422411 | Lobbista | Josefina Moller | Josefina Moller | Liberación de mercancía retenida en Aduana ACTA N° 40 RECHAZO IMPORTACIÓN USO PERSONAL COSMÉTICOS UPCe816/18 Usuaria señala que trabaja en empresa americana que recibe muestras directamente de proveedor. Q.F. Carlos Bravo señala que excede la cantidad permitida, que además los productos no cuentan con registro sanitario. Cantidad permitida 10 unidades. Se le aclara que como los productos serán comercializados posteriormente, debe realizarse importación por vía comercial, a través de la plataforma Gicona, ya que está destinado a terceros. Se le suguiere a usuaria que presente una nueva solicitud con 10 productos para obtener la autorización por única vez. Deberá también contactar a FEDEZ para liberación parcial del bulto. |
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2018-03-08 09:50:00 | AO005AW0421249 | Gestor de intereses | Cecilia Beatriz Romero Paredes | Cecilia Romero Paredes | Lo que deseo abordar en la Audiencia es apelar por un rechazo de productos cosméticos que compré en aliexpress. ACTA N° 39/18 Se informa a usuaria el marco regulatorio que rige la importación de productos de uso personal. La importación de usuaria es 46 productos, lo que difiere delo permitido 10 unidades. Se indica a usuaria que podrá presentar una nueva solicitud señalando la cantidad permitida, solo si Correos de Chile permite abrir sin embarque y si aún está disponible en Chile. |
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2018-03-08 09:35:00 | AO005AW0421097 | Gestor de intereses | Natalia Elena Rubilar Hidalgo | Natalia Rubilar | La autorización e información para el ingreso de productos cosméticos ACTA N° 37 SE EXPLICA A USUARIA LA REGULACIÓN VIGENTE RESPECTO DE IMPORTACIÓN DE USO PROVISIONAL.SIENDO LA CANTIDAD PERMITIDA 5 UNIDADES POR TIPO DE PRODUCTO. SE INFORMA A USUARIA QUE EXCEPCIONALMENTE SE AUTORIZARÁ EL INGRESO PARCIAL DE LOS PRODUCTOS, ESTO PREVIA AVERIGUACIÓN EN CORREOS DE CHILE DE LA DISPONIBILIDAD DE LOS MISMOS. |
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2018-03-08 09:30:00 | AO005AW0421729 | Gestor de intereses | LUCILA ESPINOLA | LABORATORIO BIOPAS S.A | Estimado Carlos Como se planteó en reuniones anteriores, el producto Sativex arribará a Chile el 05 de Marzo. Se aprobó un certificado de este producto con un contenido de 3 unidades. En reunión con Victoria B y usted, conversamos el tema del contenido de envase, el cual fue presentado a principios d Enero, para cumplir con lo aprobado en el certificado. Esto quedó estipulado mediante acta. El trámite comenzó su curso y a finales de Enero figura en sistema Gicona como “Evaluador genera y aprueba Res. Autorización” la ref. es MA960387 Se solicitó via email la pronta emisión de la resolución, a lo que la Sra. Fabiola Kendall nos entrega respuesta de que este trámite se resolvió como NHL Lamentablemente debemos solicitar una vez más ya que no comprendemos esta falta de criterio por parte de la Sra. Kendall y que no comprenda que sostuvimos reuniones con ustedes previamente y que se procedió según los temas conversados. El rechazo del cambio de envase impedirá que se pueda concretar la comercialización de Sativex Esta reunión la necesitamos urgente por favor, requerimos que además participe Patricia Carmona en esta reunión Muchas gracias ACTA N° 38/18 Importación de Sativex |
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Gestor de intereses | Pamela Morales | LABORATORIO BIOPAS | ||||
2018-02-27 09:30:00 | AO005AW0419149 | Gestor de intereses | Maria Jose Garate Daza | Maria Jose Garate Daza | Causal de rechazo Ref.: N° UPCe4979/17 RESOLUCIÓN EXENTA Nº 1171/18 USUARIA SE CONTACTA CON PROFESIONAL LOBBY RESUELTO POR EL PROFESIONAL POR VÍA TELEFONICA. |
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2018-02-20 10:37:00 | AO005AW0416649 | Gestor de intereses | maria jesus bascuñan izarnotegui | maria jesus bascuñan izarnotegui | productos cosmeticos de uso personal (shampoo, acondicionador, mascara capilar y aceite de coco) que fueron retenidos en la aduana por traer mas de la cantidad aceptada, los cuales me dijeron que podian ser devueltos a traves de una solicitud la cual fue rechaza y quiero apelar para su devolucion ya que son para mi y el año pasado traje mayor cantidad y no me dijeron nada. no son para comercio ya que yo soy estudiante y solo me los traje porque estaban muy baratos y para que me duren todo el año hasta que vuelva a viajar. ACTA N°32 -USUARIO INDICA, QUE COMPRÓ PRODUCTOS COSMÉTICOS EN MIAMI, QUE SE ENCONTRABAN EN OFERTA. -PROFESIONAL SEÑALA, QUE LOS PRODUCTOS COSMÉTICOS SE ENCUENTRAN REGULADOS POR EL DECRETO SUPREMO N°239. LA DISTRIBUCIÓN Y ENTREGA DE PRODUCTOS COSMÉTICOS CON REGISTRO SANITARIO, SE ENCUENTRA AUTORIZADA, NO AL DSITRIBUCIÓN A TERCEROS DE PRODUCTOS COSMÉTICOS SIN REGISTRO. -PROFESIONAL ACLARA, QUE SE PERMITE EL INGRESO DE SÓLO 5 PRODUCTOS (5 POR TIPO DE PRODUCTOS) PARA USO PERSONAL, DE ACUERDO AL CONVENIO CON SERVICIO NACIONAL DE ADUANAS. -PROFESIONAL SEÑALA, QUE EL USUARIO DEBE REALIZAR UNA NUEVA IMPORTACIÓN, INDICANDO EN EL CAMPO DE OBSERVACIONES, NOMBRE Y RUT DE LAS PERSONAS A LAS QUE SERÁN REGALADAS, POR PARTE DEL USUARIO SE AUTORIZARÁ LA IMPORTACIÓN , POR UNICA VEZ, ADEMÁS, DEBE INDICAR EL NÚMERO DE ACTA DE LEY DE LOBBY (ACTA N°32/2018) |
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2018-02-20 09:23:00 | AO005AW0415967 | Gestor de intereses | MARGARITA FISCO CAMARGO | MARGARITA FISCO CAMARGO | Tema relacionado con el rechazo de mi UPCe415/18, son todos de uso personal y necesito explicar el motivo de esta importación. ACTA N° 31 -USUARIO INDICA, QUE COMPRA DE COSMÉTICOS PARA USO PERSONAL, LA REALIZÓ PENSANDO EN REGALOS PARA FAMILIARES Y PARA ELLA. -PROFESIONAL SEÑALA, QUE LOS COSMÉTICOS EN CHILE, SE ENCUENTRAN REGULADOS POR EL DECRETO SUPREMO N°239, SE ACLARÁ QUE LA VÍA DE IMPORTACIÓN DE USO PERSONAL ,ES SÓLO PARA LOS SOLICITANTES Y NO PARA DISTRIBUCIÓN A TERCERAS PERSONAS. -PROFESIONAL SEÑALA, QUE EL INSTITUTO DE SALUD PÚBLICA, BUSCA RESGUARDAR LA SALUD DE LA POBLACIÓN, YA QUE EXISTEN PRODUCTOS COSMÉTICOS QUE CUENTAN CON COLORANTES NO PERMITIDOS. -PROFESIONAL SEÑALA, QUE EL USUARIO DEBE PRESENTAR LA NUEVA SOLICITUD, INDICANDO EN EL CAMPO DE OBSERVACIONES, QUE LOS PRODUCTOS ESTÁN DESTINADOS PARA EL USUARIO Y SU CUÑADA, ADJUNTANDO EL ACTA DE REUNIÓN (ACTA N|31/2018). SE AUTORIZARÁ LA IMPORTACIÓN POR UNICA VEZ. -PROFESIONAL SUGIERE AL USUARIO, AVERIGUAR SI EXISTE COBRO POR BODEGAJE DE LA MERCANCÍA. |
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2018-02-02 09:00:00 | AO005AW0412772 | Gestor de intereses | MATHIUE RICARDO CEREME | MATHIEU RICARDO CEREME | Rechazo de solicitud de importación de uso personal UPCe 5077/17 donde se rechazan 13 perfumes que son de uso personal. USUARIO INGRESA 17 PERFUMES. SE EXPLICA A USUARIO LA REGULACIÓN VIGENTE RESPECTO DE IMPORTACIÓN DE USO PROVISIONAL.SIENDO LA CANTIDAD PERMITIDA 5 UNIDADES POR TIPO DE PRODUCTO. SE INFORMA A USUARIO QUE EXCEPCIONALMENTE SE AUTORIZARÁ EL INGRESO PARCIAL DE LOS PRODUCTOS, ESTO PREVIA AVERIGUACIÓN EN CORREOS DE CHILE DE LA DISPONIBILIDAD DE LOS PRODUCTOS. |
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2018-01-09 16:00:00 | AO005AW0402966 | Gestor de intereses | Michelle Joana Yáñez Fonseca | Michelle Joana Yañez Fonseca | -Resolución exenta Nº 11008/17 (Anulación) USUARIA SE CONTACTA TELEFÓNICAMENTE, EXPRESA DISCULPAS POR NO ASISTIR A AUDIENCIA, SEÑALA QUE ES DE V REGIÓN. SE EXPLICA A USUARIA EL CONTEXTO REGULATORIO QUE RIGE LA IMPORTACIÓN DE PRODUCTOS COSMÉTICOS PARA USO PERSONAL. LA CANTIDAD PERMITIDA ES 5 UNIDADES POR TIPO. EN ESTE CASO Y DE ACUERDO A LA INFORMACIÓN ENTREGADA POR SOLICITANTE, CLARAMENTE ES PARA COMERCIALIZACIÓN. |
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2018-01-09 10:40:00 | AO005AW0403329 | Gestor de intereses | Vanessa Díaz | vanessa diaz | Mi viaje de regreso desde New York USUARIA EXPLICA QUE SU IMPORTACIÓN CORRESPONDE A COSMÉTICOS PARA USO PERSONAL Y OTROS PARA TERCERAS PERSONAS. SE LE EXPLICA QUE EN CHILE LOS COSMÉTICOS DEBEN CONTAR CON REGISTRO SANITARIO Y QUE LOS PRODUCTOS NO PUEDEN SER ENTREGADOS A TERCEROS. SE LE INDICA QUE DEBE PRESENTAR UNA NUEVA SOLICITUD. |
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2018-01-09 09:20:00 | AO005AW0401546 | Gestor de intereses | Constanza Peñaloza | Constanza Peñaloza Avalos | De acuerdo a la resolución exenta N°10929/17 y la Referencia N°UPCe4698/17, solicito reunión para apelar al rechazo de importación realizada de productos, debido a que la cantidad excede el permitido como uso personal. SE INFORMA A USUARIOEL CONTEXTO REGULATORIO QUE RIGE LA IMPORTACIÓN DE PRODUCTOS COSMÉTICOS PARA USO PERSONAL Y QUE LA CANTIDAD DE PRODUCTOS PERMITIDOS ES 5 UNIDADES POR TIPO DE PRODUCTO. SE INDICA A USUARIA LOS RIESGOS ASOCIADOS A LA COMPRA DE ESTOS PRODUCTOS POR INTERNET QUE NO CUENTAN CON REGISTRO SANITARIO. USUARIA DEBERÁ INGRESAR UNA NUEVA SOLICITUD, Y SE AUTORIZARÁ POR ÚNICA VEZ LOS PRODUCTOS PARA USO PERSONAL. |
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