Resolución de dudas y consultas sobre el expediente n° 193, plazos y contenido
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NOTAS EX-POST DEL DOM(S): Durante la Audiencia la solicitante argumentó acerca de un solo tema, el relacionado con una de las observaciones de las cuatro expresadas en el acta de observaciones. Es la referida a la factibilidad de agua potable; señaló que el contrato de prestación de servicio que suscribió con ESSBIO reemplaza a la factibilidad y/o al proyecto de agua potable aprobado, situación que en definitiva, de acuerdo a los antecedentes adjuntados, es lo efectivo, cosa que en un comienzo DOM(S) no consideraba suficiente, pero, dadas las características específicas de la situación y de los antecedentes adjuntados, son suficientes para la observación abordada, cosa que se instruyó a la contribuyente incluir en las respuestas al reingreso.
La formalidad de responder la observación DEL AGUA POTABLE (tanto como las otras tres faltantes) DEBE ESTAR INCLUIDA AL REINGRESO., aunque se haya conversado en la audiencia pues debe quedar la constancia en el expediente que se archiva en la Dirección de Obras. SE recuerda a la contraparte que el reingreso debe ser presentado con el patrocinio de su arquitecto (la misma que firmó los antecedentes que forman parte del Expdte.. N°193/2022 cuyos datos son los siguientes: PROP.: Elizabeth Carolina Rodríguez / ARQ.: Katterin Silva Norambuena / ROL: 147-31 / Domicilio: Av. Rosa Abarca N° 355, Villa del Cobil, Rengo, RENGO / Obra Nueva. |