observaciones de proyecto ampliación simplificada
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NOTAS DEL DOM(S) EX-POST:
Se otorgó la audiencia y, en la misma, se aclaró que, en virtud de lo establecido en el Art. 855 del Código Civil, se requiere la concurrencia correspondiente del copropietario del muro medianero del pareo involucrado, para autorizar la intervención y modificación del mismo. Contraparte manifestó comprender la situación y que deberán, en virtud del acta de rechazo correspondiente, efectuar un nuevo ingreso de expediente, resolviendo la causa citada del rechazo, referida a un caso de viviendas pareadas, dentro del cual no se presenta autorización notarial del copropietario del muro pareado sobre el cual se apoyará una ampliación del caso. |