Audiencias - Año 2024 - Jaime Morales - Audiencia MU218AW1713032

Información General
Identificador MU218AW1713032
Fecha 2024-12-02 12:00:00
Forma Videoconferencia
Lugar Departamento de Educación
Duración 0 horas, 30 minutos
Asistentes
Nombre completo Calidad Trabaja para Representa a
Cristina Osorio Gestor de intereses Diego Alberto Torres Osorio
Materias tratadas
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos.
Especificación materia tratada
Con relación a lo resuelto a raíz de Investigación sumaria y sumario administrativo por denuncia maltrato en contexto escolar, realizada por Marcelo Aguilera, jefe UTP en contra de Noelia Acevedo, directora Escuela Especial de Pichidegua, quién cometió dicho delito en contra del estudiante Diego Torres Osorio (mi hijo), 22 años de edad, diagnósticos TEA severo, no hablante; TDAH, TOC y epilepsia, y derivado de ello denuncia que interpuse en Superintendencia de Educación, se requiere audiencia para:
- Manifestar formalmente:
a) Que, durante todo este proceso, debiendo prevalecer la protección de las víctimas, por sobre la “presunción de inocencia”, que por cierto, se descarta de plano, pues en etapa investigativa queda en evidencia la veracidad de la denuncia y la gravedad del delito cometido, lo que queda de manifiesto además al dar inicio al sumario administrativo, no se trasladó de recinto educacional a la agresora, sino que al denunciante (docente Marcelo Aguilera), quien fue trasladado a otro recinto educacional mientras dura la investigación, situación totalmente injusta, pues mi hijo a generado un vínculo de confianza tanto con su educador directo Emerson Hernández, como con el educador Marcelo Aguilera, que durante el año 2023 y lo que va del 2024 ha demostrado no solo su calidad como profesional sino también humana, forjando un vínculo con el estudiante y es muy querido por toda la comunidad estudiantil del establecimiento. Con las nulas herramientas que les brinda el sistema para comprender y trabajar con un adulto dentro del espectro autista severo y sus comorbilidades asociadas, ambos han logrado interactuar con mi hijo y él los quiere mucho, pues les siente "su lugar seguro" dentro de la escuela. Por lo demás, esta situación está yendo en desmedro de mi hijo, vulnerando sus DD.HH., pues está limitando su asistencia a la escuela a días y horarios en que está su educador, medida que me vi forzada a adoptar por temor a que esté solo con la denunciada y con funcionarios de la escuela que por temor a ella, no denuncian o hacen oídos sordos de un hecho tan grave como el acontecido, es así, que durante la semana pasada y la semana en curso mi hijo no está asistiendo a la escuela puesto que tanto el educador como la asistente se encuentran con licencia médica.
b) Que, una vez más el sistema les ha fallado a las personas con discapacidad severa y a sus familias, pues con este hecho de violencia y vulneración a los DD.HH. de mi hijo, queda de manifiesto que la directora debe haber obtenido su cargo en un proceso de selección irregular o peor aún quizás no hubo tal proceso, lo que es aún más aberrante.

Por tanto, lo anterior, mediante está audiencia requiero formalmente en representación de los DD.HH. de mi hijo, estar en antecedente de:
a) Cuándo será reincorporado a sus labores el educador sr. Marcelo Aguilera, quien tuvo la valentía de sacar la voz por los sin voz, como es el caso de mi hijo Diego, persona dentro del espectro autista severo, no hablante, con altas necesidades de apoyo, y de esta forma mi hijo pueda retomar su derecho de asistir a la escuela de forma que se sienta libre, feliz y seguro;
b) Cuándo será relevada de sus funciones sra. Noelia Acevedo, pues considerando la gravedad del caso, estimo que, inmediatamente, se aplicarán las sanciones más severas, esto es, destitución del cargo, ya que una persona que actúa con ese nivel de descontrol, maldad y premeditación en contra de un estudiante con discapacidad severa, NO puede trabajar a cargo de una escuela ni a cargo de niños, así sea en Educación Especial y/o Regular, es decir, no puede trabajar con niños neurotípicos ni con niños, adolescentes, adultos y adultos mayores con discapacidad, no solo en el ámbito educación sino en general. De no ser así lo decretado, al menos infiero se ordenará el traslado ipso facto a otro centro educacional y a labores administrativas no de trato directo con niños; situación que no comparto, pues ello no la inhabilita para en un futuro acceder nuevamente a trabajar con niños y/o personas con discapacidad, nótese que un maltratador no cambia ni mejora, mantiene sus conductas en el tiempo.