Audiencias - Año 2024 - Juan Granzow
En este registro encontrará las audiencias efectuadas en conformidad con la ley N° 20.730 por los sujetos pasivos que se señalan.
Fecha | Identificador | Asistentes | Representados | Materia | Detalle | |
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2024-09-06 15:30:00 | AW003AW1654013 | Gestor de intereses | Adriana Poblete | SOCIEDAD DE EXPLOTACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE ARIDOS CORONEL LIMITADA | Respecto de la vigencia de la Resolución Exenta Nº 279, de fecha 29 de noviembre de 2011, referente al Proyecto "Extracción de Arena de Mar en el Intermareal Playa, Sector Escuadrón, Coronel", la empresa expuso ante la SMA: - Que el titular original ejecutó obras de extracción durante el periodo 2013-2015, exhibiendo copia de Permisos de Escasa Importancia (PEI) emitidos por la Capitanía de Puerto de Coronel - Que el titular original no activó su registro en el SRCA, no informando en su época a la SMA que el proyecto se encontraba en Operación. - Que en 2015 se realizó el cambio de titular ante el SEA Biobío, materia que se encuentra resuelta desde 2015 - Que como empresa, suspendieron transitoriamente las actividades de extracción desde 2015 a la fecha. Sin perjuicio de lo anterior, como empresa se encuentran realizando las gestiones para cargar la información requerida tanto en el SRCA como en el SSA de la SMA, antes de reiniciar operaciones. |
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Gestor de intereses | Jose Antonio Aravena Silva | José Antonio Aravena Silva | ||||
2024-07-08 10:30:00 | AW003AW1619803 | Gestor de intereses | Cristian Gantes | Cristián Gantes Young | Se analizaron las etapas del Proceso Sancionatorio Rol D-061-2022. El representante de la sociedad propietaria del terreno, informa que el contrato de arriendo con la empresa que construyó y operó la cantera Lo Alfaro, terminó su contrató de arriendo para la explotación del lugar, en paralelo con el inicio del Procedimiento Sancionatorio, por lo que el terreno hoy se encuentra sin utilización. Se explicó la etapa en que se encuentra el PDC en sede regional, para su posterior informe a DSC. El representante de la sociedad propietaria del terreno, consulta por la posibilidad de construir una vivienda para un cuidador, con el fin de vigilar el acceso al terreno, indicándosele que: (1) en el marco del proceso Rol D-061-2022, el no es parte interesada a la fecha; (2) las materias asociadas al uso de su terreno, no son competencia de la SMA; y (3) cualquier discrepancia con la empresa que operó la Cantera, y que afecten el uso de su terreno, se enmarcan dentro de materias civiles, ajenas al proceso sancionatorio de la SMA. Los hechos infraccionales por los que se formularon cargos, ya se encuentran constatados, siendo el control del acceso y vigilancia del bien, materias de orden particular, no ambiental. |
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