Pablo Amaro - Audiencias

En este registro encontrará las audiencias efectuadas en conformidad con la ley N° 20.730 por los sujetos pasivos que se señalan.

Fecha Identificador Asistentes Representados Materia Detalle
2021-11-09 12:30:00 AQ001AW1028654 Gestor de intereses Federico Manfredi federico manfredi Audiencia realizada el 09 de noviembre del 2021 a las 12:30 hrs. vía zoom, en donde se analizó el procedimiento de servidumbres eléctricas y los antecedentes necesarios en el evento que decidan postular.
Se hizo presente que el procedimiento tiene instancias legales que cumplir y que determina la decisión final, no pudiendo concluir si es favorable o no.









Estimados,

Se solicita la presente reunion en relacion a un proyecto de servidumbre electrica ubicado sobre la faja del canl Teno-Chimbarongo, en la localidad de Teno.
Esta servidumbre fue largamente discutida tanto con la DGC y la concesionaria del canal, con quienes se llego a acuerdo completo tanto que la DGC emitio el Ordinario 1073 aprobando dichas obras y remitiendo con el mismo los antecedentes a la Secretaria Regional Ministerial del Maule del Ministerio de Bienes Nacionales.

Gracias de antemano y quedo atento a su disponibilidad.

Saludos cordiales.
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2021-11-09 10:00:00 AQ001AW1016295 Gestor de intereses Rodolfo Cabrera andres cabrera maturana En reunión efectuada el 09 de noviembre del 2021 a las 10:00 Hrs. se solicito terreno para funcionamiento de organización de Consejo de Desarrollo Rural. Se acordó visitar una propiedad fiscal en la Comuna de San Rafael para analizar la factibilidad y tramitar si es posible una postulación a Concesión de Uso



posibilidades de poder optar a un inmueble para nuestra organización consejo de desarrollo del mundo rural
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2021-11-09 10:00:00 AQ001AW1024348 Gestor de intereses Rodolfo Cabrera rodolfo andres cabrera maturana En reunión efectuada el 09 de Noviembre del 2021 a las 10:00 hrs. solicitan terreno para funcionamiento de la organización Consejo de Desarrollo del Mundo Rural. Se acuerda visitar terreno ubicado en la comuna de San Rafael, para una posterior postulación a Concesión de Uso


nuestra organización consejo de desarrollo del mundo rural esta solicitando la posibilidad de poder optar a un inmueble para poder funcionar
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2021-10-15 09:00:00 AQ001AW1014344 Gestor de intereses Joaquín Quintana Nélida clotilde Aravena Muñoz En audiencia realizada el 15 de Octubre del 2021 a las 9:00 Hrs. se informo que el procedimiento estaba en curso señalando que el solicitante solicito audiencia para invalidación de tramite de Expediente Nro. 94963.



Mis representadas son interesadas en el procedimiento administrativo de regularización Nº 94.963-2019, cuyo solicitante es Reynaldo Aravena Muñoz. En ese contexto, es del caso indicar que los actos trámites A y B favorables que forman parte integrante del expediente administrativo ya individualizado, adolecen de manifiestos vicios sustantivos o de fondo, los cuales lo afectan en su totalidad y presentan el carácter de insubsanables. Ergo,se justifica una invalidación de oficio conforme al artículo 53 de la Ley Nº 19.880 respecto de las resoluciones trámites en comento, cuyas irregularidades paso a señalar someramente a continuación:

1.- El título invocado por el solicitante para justificar una posesión jurídica se encuentra materialmente cancelado en el Conservador de Bienes Raíces de San Javier. Atenta contra el principio de la legalidad registral inscribir un titulo cuyo antecedente se encuentra cancelado materialmente en su totalidad, por lo que, al no poder cancelar en dos oportunidades un mismo título el Conservador de Bienes Raíces respectivo, se presenta un vicio de derecho irreparable.
2.- La propiedad a que hace referencia el título invocado por el solicitante no guarda relación alguna con el inmueble que en los hechos se ha sometido al procedimiento de regularización 2695/79.- Es decir, estamos en presencia de propiedades distintas.-

3.- Se pretende sanear una propiedad de casi 32 hectáreas con el rol de avalúo fiscal del vecino, en circunstancias que la propiedad que se ha sometido al procedimiento de regularización tiene rol propio y vigente a la fecha de hoy.-

4.- Existe prueba que acredita que el solicitante ha obrado de mala fe en el expediente al presentar un certificado de residencia que hace referencia a una propiedad distinta de la que se ha sometido al procedimiento de regularización y, por lo mismo, no cumple con el presupuesto de la posesión material de 05 años como mínimo. Se presentará un certificado donde se aclara y enmienda dicha situación.-
5.-Se evidencia un contravención flagrante a ciertos elementos que integran la garantía del debido proceso en sede administrativa conforme al artículo 19 Nº 3 Inc. 6 de la Constitución Política de la República. En efecto se presentará en audiencia minuta explicativa por escrito, donde se acredita la vulneración del principio de la congruencia, contradicción, el derecho a defensa de los interesados y el debido emplazamiento por parte de la autoridad administrativas a los terceros que presentan iguales o mejores derechos que el solicitante.

En atención a la urgencia de la audiencia, considerando el estado de avance del expediente Nº 94.963-2019, vengo en solicitar encarecidamente que la presente sea fijada con la mayor brevedad posible a fin de resguardar los derechos de los interesados y, asimismo, cautelar el principio de juridicidad y legalidad que informan el orden administrativo y la actuación de vuestra Secretaría Regional Ministerial.-
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