Audiencias - Año 2025 - Carlos Bravo - Audiencia AO005AW1727506
Información General
Identificador | AO005AW1727506 |
Fecha | 2025-01-13 15:00:00 |
Forma | Videoconferencia |
Lugar | Meeting ID: 298 305 269 269 Passcode: Ti9FZ7Nv |
Duración | 0 horas, 30 minutos |
Asistentes
Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
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Jessica Aranda | Gestor de intereses | MEDSCIENCE SPA | |
Alfredo Guevara | Gestor de intereses | Laboratorio Bagó de Chile S.A. | |
Sandra Meza | Gestor de intereses | Sandra Mesa Cáceres | |
Pamela Susana Rios von Appen | Gestor de intereses | Pamela Rios | |
Jorge Patricio Albornoz Lagos | Gestor de intereses | Jorge Albonoz | |
María LÓPEZ | |||
María Graciela Rojas Donoso | |||
Giovanna Benítez | |||
Janepsy Díaz Tito | |||
Carlos Bravo |
Materias tratadas
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos. |
Especificación materia tratada
Buenos dIas. Mediante la resoluciOn 2329 del 18 de mayo de 2023 los productos a base de Acido hialuronico para inyeccion intraarticular fueron reclasificados por la Direccion del ISP como productos farmaceuticos, pese a la abundante evidencia en el propio ISP y en países de alta vigilancia de Europa y Estados Unidos, que los clasifica como dispositivos médicos. Como representantes de 3 empresas que hemos disponibilizado estos productos para restablecer la movilidad de las articulaciones del paciente, remplazando e incrementando la elastoviscosidad del liquido snovial de la articulacion artrosica., solicitamos esta reunión para exponer nuestros argumento en favor de reconsiderar la resolución adoptada y, en definitiva, clasificar los productos como dispositivos médicos. DESARROLLO Usuario plantea reparos y dudas sobre la resolución N° 2329 del 19 de mayo de 2023 que determina el régimen de control sanitario a soluciones inyectables de ácido hialurónico de uso intra-articular. Además, solicita remover la alerta del sitio web del ISP, sobre productos sin registro sanitario del tipo mencionado (falsificados). ISP plantea que la resolución no fue discutida oportunamente (tiene más de 20 meses de vigencia), pero que sin embargo, si se presentan antecedentes actualizados al ISP, con evidencia científica que ameriten una re-evaluación de la determinación del régimen sanitario de este tipo de productos, se procederá con esta examinación y según su resultado, se procederá en consecuencia. Respecto de la alerta publicada, ISP informa que la normativa sanitaria vigente define a los productos farmacéuticos sin registro sanitario como falsificados. |