Audiencias - Año 2025 - Felipe Saavedra

En este registro encontrará las audiencias efectuadas en conformidad con la ley N° 20.730 por los sujetos pasivos que se señalan.

Fecha Identificador Asistentes Representados Materia Detalle
2025-01-30 15:00:00 AO005AW1739891 Gestor de intereses HECTOR ENRIQUE ROJAS PICCARDO Farmacias la Reina Peñalolén SPA /Farmacia La Reina El Sr. Héctor Rojas señala que se le aplicó una multa de 200 UTM con ocasión del sumario sanitario instruido a SIMI mediante Resolución 3541 de 2023.

Alega el Sr. Rojas que la farmacia cuenta con dos representantes legales (lo que le constaría al ISP) y, no obstante, solo se emplazó a uno de ellos para comparecer a presentar descargos. Señala que esto constituye un vicio del procedimiento que solo puede ser solucionado dejando sin efecto los actos administrativos respectivos.

Por último, señala que, de todos modos, como mediana empresa deben beneficiarse con una rebaja en la cuantía, sobre todo si se considera que habría alcanzado a llegar durante la visita el profesional oficial. En esta caso tampoco se levantó la medida sanitaria a pesar de que había llegado el profesional responsable.

Al respecto, luego de revisarse el expediente del sumario sanitario, señala la Fiscalía del ISP que se procederá a revocar la sentencia, atendido que se ha verificado que hubo un emplazamiento incorrecto, incompleto, lo que constituye un vicio del procedimiento.

Se pone fin a la audiencia.
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2025-01-09 10:00:00 AO005AW1729560 Gestor de intereses Ignacio Gillmore NOVARTIS CHILE S.A. Los representantes de Novartis hacen presente que han recibido muchos rechazos de exenciones parciales de control de calidad local, respecto de productos a los cuales siempre se había aprobado la exención, cuando se trata de factibilidad técnica.

La empresa hace un relato histórico sobre cómo se han abordado estas solicitudes en el tiempo, hasta el criterio donde se analiza caso a caso el mérito de la exención de control de calidad, que es donde nos encontrábamos recientemente.

Informan que la justificación de estos rechazos diría relación con la ausencia de un visto bueno del gabinete de la Ministra, agregando además que solo procedería acoger la pretensión en los casos señalados en el artículo 187 del Decreto Supremo N° 3, de 2010, del Ministerio de Salud.

Hacen presente que este nuevo criterio habría sido abrupto e iría contra los actos propios del propio Instituto, generando, además, la imposibilidad de liberar los productos al mercado.

Informan que el sistema informático, luego de pagar el respectivo arancel de la prestación, sí permite justificar la exención, en la plataforma, con la falta de factibilidad técnica, cuestión que no es escuchada, a pesar de que se justifica documentadamente la no factibilidad.

ISP informa que pueden interponer los recursos que franquea la ley, para revisar caso a caso los procedimientos administrativos.
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Gestor de intereses Perfecta Del Río NOVARTIS CHILE S.A.
Gestor de intereses Claudia Farjat NOVARTIS CHILE S.A