Audiencias - Año 2023 - Tania González - Audiencia AO003AW1316315
Información General
Identificador | AO003AW1316315 |
Fecha | 2023-04-17 03:00:00 |
Forma | Videoconferencia |
Lugar | Videoconferencia |
Duración | 1 horas, 0 minutos |
Asistentes
Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
---|---|---|---|
Edgar Gallardo | Gestor de intereses | Emcure Pharma Chile SpA | |
kunal Desai | Gestor de intereses | KUNAL DESAI | Emcure Pharma Chile SpA |
Materias tratadas
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos. |
Especificación materia tratada
ASUNTO: - Discutir sobre los criterios que se utilizan sobre los reparos técnicos, como referencia decisiones en licitaciones 621-1190-LR21 y 621-1154-LR22. En la solicitud de audiencia, Emcure Pharma, consulta cómo funcionan los reparos técnicos y administrativos en las licitaciones de Cenabast. Respecto a las licitaciones 621-1190 -LR21 y 621-1154-LR22, consultan por el uso de herramientas de reparos para completar anexos. Como ejemplo, citan lo ocurrido en la ID 621-1190-LR21, (MICOFENOLATO MOFETILO) en el punto 3.3 del anexo N°2, por un error administrativo ellos colocaron la cantidad de caja en el punto 4.1, en el apartado de observaciones, diciendo que, si cumplían con el máximo por caja que eran 60 comprimidos, debido a eso fue adjudicada a otro proveedor, por mal llenado del anexo. En el caso de la licitación 621-1154-LR22, (VILDAGLIPTINA) ocurrió algo similar en el anexo 2, del proveedor que fue adjudicado. Ellos en el punto 3.3 responden cuál es su cantidad por caja, pero, no responden si cumple con la cantidad mínima ni indican el tipo de envase. Si se compara con la licitación anterior, donde no se cumple con la formalidad en el llenado del anexo, a pesar de haber errores similares en ambas licitaciones no se actuó con igualdad. En otras palabras, plantean que Cenabast no aplica el mismo criterio a ambos oferentes, frente a errores similares. Cenabast, indica que en términos generales solo se reparan aspecto de admisibilidad de fondo y forma, en cuanto a la evaluación, no se repara nada. En el punto 3.3, Cenabast percibió desde un comienzo que es un tema sensible, es por eso que se puso una aclaratoria del anexo 2. Además, se explica que en 3.3, tiene que estar la información correcta, al igual que la información que está en la parte inferior de la cantidad del producto, donde no se debe exceder el límite. Entiendo la relevancia y la sensibilidad de lo que se expone en este Lobby, y tomando en consideración los 2 incidentes previos, si el proveedor así lo estima, pueden insistir utilizando los mecanismos establecidos para las compras públicas, en cuyo caso, la situación será revisada nuevamente, entre las áreas involucradas. ASISTEN Emcure Pharma Chile SpA Edgar Gallardo - kunal Desai Cenabast: Tania González - Susana Bobadilla – Carolina Behrens - Katherinne Acosta |