Audiencias - Año 2023 - Juan COLLAO

En este registro encontrará las audiencias efectuadas en conformidad con la ley N° 20.730 por los sujetos pasivos que se señalan.

Fecha Identificador Asistentes Representados Materia Detalle
2023-12-28 10:00:00 AO001AW1418459 Gestor de intereses Diego Vargas AFUCOCHEN Irregularidades en gestion y elaboracion de radioisotopos en la comision chilena de energia nuclear

Se espera 15 minutos para la conexión de los asistentes.
Pasado ese tiempo transcurrido se da fin a la reunión, debido a que no se conectaron. Se envió Link vía correo electrónico el día 26 y reiterado el 27 de diciembre 2023.
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2023-12-22 10:00:00 AO001AW1450474 Lobbista Alejandro Vasco COMERCIALIZADORA DACA PHARMA SPA Estimados,

Por medio de la presente, como empresa DACA PHARMA venimos a solicitar audiencia para presentar nuestro proyecto de manejo de Muestras Médicas de productos farmacéuticos.

Este proyecto tiene como nombre: Muestras Médicas Virtual

Situación Actual.
Bajo entrevistas realizadas en diferentes entidades como Instituciones prestadoras de Salud (Clínicas / Hospitales), Laboratorios Farmacéuticos, Médicos y pacientes, pudimos recabar que actualmente existe un uso inadecuado de las Muestras Médicas.

Donde las principales evidencias son:
1) Instituciones prestadoras de Salud (Clínicas) están recibiendo multas por la tenencia de estas Muestras Médicas en lugares no adecuados.
2) Se estima que solo el 40% de las Muestras Médicas son entregadas a pacientes por sus especialistas, por lo que el resto se lleva a destrucción por la institución.
3) Los Laboratorios Farmacéuticos, no tienen trazabilidad efectiva en los lotes de Muestras Médicas.
4) En los Pacientes, hoy se estima que sólo el 80% de los diagnósticos inician tratamiento.

De qué se trata el proyecto Muestras Médicas Virtual.

El objetivo de nuestro proyecto es poder mejorar el manejo y uso adecuado de Muestras Médicas a los pacientes, y conseguir entregar 15 días de tratamiento al paciente con la debida autorización del Médico tratante para su inicio de terapia.

¿Cómo lo podemos hacer?
Considerando que las Muestras Médicas están sometidas a control sanitario, y destinadas exclusivamente a la distribución gratuita por parte de los médicos, y profesionales legalmente habilitados para su prescripción.

Para cumplir con lo anterior, el médico firma un documento con DACA PHARMA, donde permite que, dentro del inventario asignado de Muestras Médicas para su uso, ésta debe ser entregada al paciente que lo requiera y que el Médico lo indique con la debida prescripción o receta.

Con respecto al Inventario asignado, éste estaría almacenado en Droguería autorizada.

El Proceso de funcionamiento es el siguiente:

1) El Visitador Médico entrega cupones de Muestras Médicas al especialista.
2) El Especialista firma un acuerdo de inventario asignado de Muestras Médicas.
3) El Especialista entrega cupones a sus pacientes.
4) El paciente registra su cupón en nuestro portal web, donde:
a. Firma un acuerdo (ley 19.628) uso adecuado de datos personales.
b. Entrega datos personales para contacto y entrega de Muestras Médicas.
c. Identifica a su especialista y entrega prescripción del especialista (foto).
5) Nuestro equipo de Daca Pharma realiza la revisión:
a. Revisa todos los datos informados por el paciente.
b. Revisa si está vigente el acuerdo de inventario asignado al especialista
c. Se contacta al paciente para su respectivo despacho.


El Beneficio principal, y con la idea de “Paciente En El Centro”, logramos que el paciente consiga adherencia a la terapia inicial, dando como resultado persistencia en su tratamiento.

Adicionalmente, tendríamos el 100% de la trazabilidad, desde su prescripción hasta la posible ingesta del producto, como esto generará una base datos paciente/medicamento la tendremos a vuestra disposición cuando la requieran.

La idea es llevar un proyecto expedito de entrega de Muestras Médicas a los pacientes. Por lo tanto, para explicar este proyecto con mayores detalles, requerimos tengan a bien concedernos una audiencia y así lograr cumplir a cabalidad los reglamentos que ustedes dispongan para llevar a cabo este proyecto. Reiteramos que el ISP como autoridad sanitaria tendría el 100% del acceso a la información relativa a este proceso, tanto del especialista, producto y datos demográficos y de consumo inicial de moléculas.

TEMAS ABORDADOS EN REUNIÓN:
Daca Pharma, empresa con autorización de droguería, busca beneficiar a los pacientes con medicamentos gratuitos a través de la entrega de muestras médicas a los pacientes y medir su consumo por parte de los pacientes-. Asimismo, han detectado que la destrucción semanal de muestras medicas son altas debido a que los médicos no la entregan., pudiendo inclusive estar en riesgo de multas porque las muestras medicas no se encuentran en botiquines autorizados.

Diseñaron en conjunto con laboratorios y otras instituciones un modelo de entrega de muestras medicas en que la droguería las entregaría a los pacientes cuando el medico lo indique. El laboratorio entregaría al médico un talonario en vez de muestras médica, para que sean entregados a los pacientes, y con la presentación de este talonario la droguería entregaría las muestras médicas.

Los beneficios que proveen es que al paciente en vez de entregarle 1 o 2 dosis se le entregara dosis para 15 días, el Laboratorio tendría la trazabilidad, las muestras no se vencerían en las consultas de los médicos y estarían en las condiciones óptimas de almacenamiento. Ellos entregarían trazabilidad de consumo de muestras medicas al MINSAL con los datos anonimizados

Se les explica que la actual normativa por un lado prohíbe a las droguerías distribuir directamente a los pacientes y por otro lado el DS 3/2010 indica expresamente que las muestras medicas deben ser entregadas directa y exclusivamente a los profesionales habilitados para prescribir y estos deben dispensarlas directamente a los pacientes.
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Lobbista Johanna Castillo Aguillón COMERCIALIZADORA DACAPHARMA SPA
2023-12-15 11:00:00 AO001AW1450841 Gestor de intereses Jorge Díaz Sociedad Chilena de Medicina y Cirugía Estética Sobre el sentido y alcance de la Circular A15 / N° 24 de fecha 15 de Septiembre 2023, que: IMPARTE INSTRUCCIONES ´PARA LA APLICACIÓN DEL ARTICULO 124 DEL CÓDIGO SANITARIO, DEL D.S. N| 283 / 1997, REGLAMENTO SOBRE SALAS DE PROCEDIMIENTOS Y PABELLONES DE CIRUGÍA MENOR Y DE LA NORMATIVA COMPLEMENTARIA DEL MINSAL RELACIONADA CON LAS ACTIVIDADES DIRIGIDAS AL CUIDADO Y EMBELLECIMIENTO ESTÉTICO CORPORAL.

TEMAS ABORDADOS EN REUNIÓN:
Se hacen los saludos iniciales.

Jorge Diaz, informa que tienen algunas dudas respecto de la Circular, a la vez plantea preocupación porque no se ha vuelto a trabajar en la mesa de conformada previamente. Además, propone colaboración del proceso de regulación: fiscalización.
Expone un resumen del tema en PPT.

Se responden las consultas expuestas:
- Se informa que la circular es resultado de las dudas expuestas en la mesa.
- La circular solo responde a las dudas respecto de los procedimientos invasivos en estética basados en el artículo 124° del CS.
- Se prioriza la actualización del artículo 124° en el proyecto de ley del Senado. Por lo que se deja en pausa el trabajo de la mesa dependiendo del resultado del proyecto de ley.
- Se aclara que la circular solo recoge lo que está regulado vigente por decreto supremo.
- Se responden las consultas respecto del ejercicio del odontólogo en la estética.
- Se comenta que se desarrollará una Pauta de Chequeo de la Circular, que tendrá acceso tanto el regulado como la autoridad sanitaria SEREMI, la cual incluye una capacitación a los equipos fiscalizadores de Seremis de Salud.
- Se recuerda que la actualización del NTB está publicada como consulta pública hasta hoy, que se publicará prontamente la actualización del DTO N° 2832 y que pueden ver la información pública del proyecto de ley de estética en los proyectos del SENADO pronto estarán disponibles las indicaciones del proyecto de ley de actualización del libro V del CS en los proyectos de la Cámara de Diputados y Diputadas,
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Gestor de intereses Freddy Cortes Gallegos Sociedad Chilena de Medicina y Cirugía Estetica
Gestor de intereses Víctor Francisco Zúñiga German Sociedad Chilena de Medicina y Cirugía Estética
2023-12-15 10:00:00 AO001AW1439128 Gestor de intereses Elisa Ibarra IMED S.A. Estimada se requiere conocer el equipo actual de certificación de receta médica electrónica para avanzar en la certificación pendiente con IMED. Ver detalle
Gestor de intereses Angelimar Rios IMED S.A.
2023-12-07 09:00:00 AO001AW1439191 Gestor de intereses Guillermo Medel Guillermo Medel Receta electrónica Minsal,
Interoperabilidad ficha clinica,
Integracion fonasa

TEMAS ABORDADOS EN REUNIÓN:
Guillermo Medel representante de Healthatom, llevan 14 años construyendo sistemas en salud, partiendo por la parte dental. Hoy tienen 3 software funcionando. Tienen mas de 9500 centros de salud que trabajan con la empresa a nivel mundial. Hace un año atrás comenzaron con seguros.

Consultan por el estado del Sistema Nacional de Receta Electrónica del MINSAL y la interoperabilidad con esta. Se le informa que el sistema esta en desarrollo de mejoras de sus Apis por lo que por ahora y hasta que no salgan a producción esas mejoras los trabajos de interoperabilidad se encuentran detenidos, pero se espera retomar a la brevedad. Se le comenta que en enero habrá una Conectaton en donde se verán temas de interoperabilidad incluido receta electrónica y se le invito a participar.

Consulta si es requisito en Chile el envío de REM por parte de los privados. Desde DEIS se le informa que los privados si pueden enviar REM, de una manera más simplificada que la red pública, se envían a través de Excel y en un formato destinado a ello. El gestor de interés comenta que el 30% del mercado privado dental trabajan con ellos, su interés es entregar información para que MINSAL tomen buenas decisiones de Políticas Públicas. Colombia exige reportabilidad y estadísticas por parte de los privados. DEIS deja correo para enviar la información necesaria.

Uno de los temas principales también para ellos es como validar que todo lo que se esta haciendo en registro medico electrónico se esta haciendo en forma correcta con la protección de datos de pacientes. No tienen certificación al respecto. Desde el MINSAL se les informa que se está trabajando en las normas técnicas que tendrán los requisitos de interoperabilidad y protección de datos a los pacientes y se invita a estar atento a sus publicaciones.

Por último, consultan por las integraciones de copago en línea con Fonasa, ya que la única manera de conectarse hoy en día es por IMED lo cual es caro y de larga implementación. Desde el MINSAL se les recomienda pedir una reunión lobby con Fonasa para poder aclarar esta duda.
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2023-11-23 11:00:00 AO001AW1430825 Gestor de intereses Andrea Abascal Andrea Abascal Marin Estimados,

Queríamos solicitarles una reunión para poder conocer los avances en las regulaciones destinadas a los sistemas de dosificación de medicamentos que entendemos está discutiendose actualmente en el ministerio.

Muchas gracias,

TEMAS ABORDADOS EN REUNIÓN:
Bofillmir, firma de abogados, desean consultar sobre las modificaciones regulatorias al DS Nº79 del 2010, Reglamento aplicable a la elaboración de preparados farmacéuticos en recetario magistral, que han impulsado para permitir un sistema de dosificación personalizada de medicamentos.

El sistema de dosificación consiste en un conjunto de actividades que permiten organizar la medicación, principalmente de pacientes polimedicados, por días y por tomas según la prescripción de un médico y para un periodo de tiempo definido. Su objetivo es facilitar el consumo de los medicamentos por parte de los pacientes

La organización de los medicamentos es realizado por equipos, en que es necesario que los medicamentos sean retirados de sus envases primarios, quedando los comprimidos o cápsulas expuestos al medio ambiente hasta su reenvasado en sachet personalizados. Conforme a lo anterior y a nuestra normativa vigente, para realizar una actividad como la antes descrita, que difiere del fraccionamiento de medicamentos que se puede realizar en farmacias, es necesario que se realice en recetarios magistrales, para lo cual se debe modificar el DS Nº79 del 2010, del Ministerio de Salud.

Desde el departamento se les informa que dicha iniciativa fue incluida en la priorización de la Agenda Regulatoria 2023-2024, sin embargo no fue priorizada por la Grupo de Trabajo que Coordina las Actividades Regulatorias, para este periodo. Esta solicitud de modificación reglamentaria puede ser nuevamente incluida para la priorización de la agenda regulatoria 2025.
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Gestor de intereses Andrés Sepúlveda Andrés Sepúlveda
2023-11-16 10:00:00 AO001AW1421291 Gestor de intereses Gabriela Garnham ADIMECH Solicitamos una audiencia para reiterar nuestra mirada al actual proyecto de ley boletín 9914-11 (Fármacos II) y proponer caminos alternativos para el cierre de brechas regulatorias en Dispositivos Médicos, entendiendo el impacto y la urgencia que tienen estos en la calidad de las prestaciones de la salud y la vida de las personas. Ver detalle
Gestor de intereses Branggela Romero ADIMECH
2023-11-10 10:00:00 AO001AW1432946 Gestor de intereses Rocío Guíñez Gador Ltda Conocer el mecanismo por el cual el Ministerio de Salud emite resolución al ISP para considerar una evaluación abreviada de un registro sanitario, de acuerdo a lo que se menciona en el Art 51° del DS3/10 letra a) y de acuerdo a lo mencionado en el art 54° G del DS N° 54 del 07 de noviembre del 2019., a la vez, solicitar este proceso para el producto biotecnológico que se encuentra en evaluación de registro desde agosto 2022. Considerando que es una terapia innovadora que viene a cubrir una necesidad no cubierta en el tratamiento oncológico a nivel Nacional.

TEMAS ABORDADOS EN REUNIÓN:
Se presenta la empresa, señalando que tiene casa matriz en Argentina e importa diversos productos farmacéuticos con licencias de varias compañías transnacionales; viniendo a solicitar que el MINSAL se pronuncie para que el ISP realice una evaluación abreviada de su solicitud de registro sanitario para su producto TRODELVY 200 mg Polvo Liofilizado para solución para perfusión (constituido por el principio activo SACITUZIMAB GOVITECAN/Anticuerpo Conjugado ANTITROP 2 y con referenciade trámite ISP Nº RF 1898588 de 24.08.202), con indicación terapéutica en el tratamiento de pacientes adultos con cáncer de mama triple negativo irresecable o metastásico (CMTNm) que hayan recibido dos o más tratamientos sistémicos previos, incluido al menos uno de ellos para enfermedad avanzada.

Informan que el producto cuenta con aprobaciones internacionales en 35 países, incluyendo FDA/USA, Europa-EMA, Canadá y Australia, y que dentro de Latinoamérica ha sido aprobado en Brasil y México.

Señalan que según sus seguimientos realizados por intermedio del sistema GICONA/ISP, desde marzo a la fecha no se han visto gestiones o avances respecto de la evaluación de registro y/o autorización. A

Asimismo, informan que en noviembre de 2022 solicitaron una autorización de uso especial por aplicación del artículo 99º del Código Sanitario, atendido a que tenían algunas solicitudes de establecimientos asistenciales para emplear el producto, la que fue aprobada.

Comunican que en fecha previa, solicitaron al ISP priorizar la evaluación de su solicitud de registro, señalando que fueron informados que existía un retraso administrativo interno y que solo podrían tener el proceso de evaluación culminado a Septiembre de 2024.

En base a lo anterior, solicitan que MINSAL se pronuncie para que se abrevie el plazo de evaluación de registro por aplicación del artículo 51 letra a) del Decreto Supremo Nº 3/2010, comprendiendo que el producto se destina a un cáncer especifico como cáncer de mama; que es una patología GES, pero que se enfoca en una tipología de cáncer que es la más agresiva (triple negativo) y los productos hoy considerados en las coberturas, parecieran no ser suficientes, por lo que este nuevo producto es una alternativa con buenos datos y resultados de sobrevida.

En vista de lo expuesto, solicitan que el registro se evalué y otorgue prontamente, porque ello además podría permitir las coberturas, en especial por parte de entidades privadas.

Se informa que la abreviación de registro aplica a productos ya comprendidos en planes y programas de salud, lo que en este caso no se configura. No obstante, se informa que es posible requerir urgencia en la tramitación al ISP en aplicación de la Ley 19.880 o alternativamente requerir a los estamentos encargados de coberturas y guías clínicas en MINSAL su evaluación e intervención, para empleo de otras vías de agilización.
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Gestor de intereses Loreto Vidal Gador Ltda