Audiencias - Año 2022 - Alejandro Díaz - Audiencia AL003AW1222676
Información General
Identificador | AL003AW1222676 |
Fecha | 2022-10-20 10:00:00 |
Forma | Presencial |
Lugar | Oficina de la DRT de Arica, Prat 305 Edificios Publicos |
Duración | 1 horas, 0 minutos |
Asistentes
Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
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Marco Espinosa Berrios | Gestor de intereses | sindicato de trabajadores inacap arica |
Materias tratadas
Diseño, implementación y evaluación de políticas, planes y programas efectuados por los sujetos pasivos. |
Especificación materia tratada
En la reunión se abordaron dos temas: 1.- Respecto del tiempo de respuesta que tiene el empleador a solicitudes del sindicato, señala que ya firmaron contrato colectivo y que después se han afiliado dos nuevos socios que no van a gozar de los beneficios del instrumento colectivo. Sin embargo pidieron a la empresa que haga los descuentos de cuota sindical el día 4 de octubre de 2022 sin tener respuesta hasta la fecha y sin acusar recibo. Sobre este punto se orientó al dirigente sindical de la existencia de la norma del artículo 154 número 6 del código del trabajo referida a la obligación del empleador de estipular en el reglamento interno de orden higiene y seguridad el procedimiento para dar respuestas a las solicitudes de los trabajadores, y además la existencia del artículo 289 letra i) del código de trabajo que señala que constituye práctica antisindical el no descontar la cuota sindical. El dirigente manifestó que iba a esperar el pago de las remuneraciones del día 24 de octubre para analizar si interpone denuncia al respecto. 2.- Por otra parte señala que presentó una denuncia con fecha 4 de octubre de 2022 la inspección Provincial del trabajo de Arica por vulneración de derechos fundamentales que dice relación con la baja de sueldo en el mes de septiembre de 2022, manifiesta su disconformidad ya que dicha denuncia no fue ingresada como derechos fundamentales y que fue derivada como fiscalización ordinaria. Éste director regional orientó al usuario en el sentido que las denuncias de dirigentes sindicales tienen un tratamiento más rápido. Además se señaló al usuario que las fiscalizaciones ordinarias pueden ser incluso más eficaces que los derechos fundamentales, ya que las primeras son sancionadoras y la segunda sólo investigativa, y que se espera del resultado de la fiscalización para que el empleador corrija alguna posible infracción, si lo que se quiere es que se vuelva a la situación anterior del trabajador sobre sus remuneraciones. |