Audiencias - Año 2015 - Gonzalo Fuenzalida
En este registro encontrará las audiencias efectuadas en conformidad con la ley N° 20.730 por los sujetos pasivos que se señalan.
Fecha | Identificador | Asistentes | Representados | Materia | Detalle | |
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2015-07-20 13:13:00 | AL003AW0012228 | Gestor de intereses | Javiera Olivares | Consejo Nacional Colegio de Periodistas de Chile | Asisten a la audiencia la Presidenta del Colegio de Periodistas y el vicepresidente, este último, encargado de temas laborales. Solicitan cronograma de fiscalización de medios. El Jefe de Gabinete los atiende junto al sub jefe de Fiscalización y se les informa que la materia está en conocimiento de dicho Departamento y que actualmente la Dirección Nacional y las Direcciones Regionales se encuentran en proceso de fiscalización. A mediados del mes de agosto del presente se informarán los avances y se les comunicará toda la información pública pertinente. Los temas más sensibles para los colegiados son jornadas extensas; contratos precarios y acoso sindical. Los dirigentes señalan que requieren informar a sus bases acerca de estas gestiones y que tendrán reunión en la ciudad de La Serena. Se solicita por parte de los representantes del Colegio de Periodistas, un estudio que establezca el estado del arte en el tema de la situación de los trabajadores contratados por los medios de comunicación. Se generará reunión con el encargado de la Oficina de Estudios de la Dirección del Trabajo. | Ver detalle |
Gestor de intereses | Patricio Martínez | Consejo Nacional Colegio de Periodistas de Chile | ||||
2015-06-24 11:30:00 | AL003AW0009553 | Gestor de intereses | Alfonso Niemann | ALFONSO NIEMANN AGUIRRE | De acuerdo a lo informado por los asistentes, la Corporación de Educación de Ancud, fue condenada por práctica antisindical. Ante ello, solicitan que la Dirección del Trabajo intervenga para revertir la decisión del Tribunal, por haber sido la denunciante. El Jefe del Departamento Jurídico explica que por tratarse de un tema sometido a conocimiento de los Tribunales de Justicia, la Dirección se ve inhibida de ejercer cualquier acción, salvo que sea el propio Tribunal el que lo solicite. | Ver detalle |
2015-06-23 12:30:00 | AL003AW0008169 | Gestor de intereses | Alejandra Muñoz | Federacion Nacional de Trabajadores del Call Center | La Federación Nacional de Trabajadores de Call Centar, consulta sobre los alcances del dictamen 2205/037 de 6 de mayo de 2015, que se refiere a la aplicación de la Ley 20823 que modifica el sistema remuneracional y de descansos de trabajadores del comercio y de servicios, consultan, específicamente, si esta norma se aplica para los trabajadores de call center en general. Para contar con una respuesta oficial se les solicita efectuar la respectiva presentación. Acompaña en la audiencia al Jefe de Gabinete, el Jefe del Departamento Jurídico de la Dirección del Trabajo. La asistente a la reunión además solicita una audiencia con el Director del Trabajo para trabajadores de la Minera Los Bronces, planteando una situación particular respecto de trabajadores de SODEXO y también la requiere con los trabajadores de una Empresa que pertenece a Pullman Bus. Se le indica que dicha petición debe realizarla de acuerdo al procedimiento de la Ley del Lobby. Finalmente, se requieren antecedentes de una denuncia efectuada con anterioridad. |
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2015-06-15 12:45:00 | AL003AW0008459 | Gestor de intereses | Irma Elena Patirro | Jaime Labra Torres | De acuerdo a lo que indica la solicitante, en la empresa Boch Emasa a los trabajadores que sufren de accidente laboral o enfermedad profesional los derivan al Hospital del Trabajador, quien a su vez los deriva a Hospitales públicos. En el caso del cónyuge de la solicitante le habría ocurrido lo mismo, habría existido un diagnóstico errado que señaló que una enfermedad de origen laboral era de origen común. Esto habría significado que su esposo tardó más de dos años en recibir atención médica y a la dolencia inicial se le fueron sumando otras enfermedades graves que deterioraron su salud en forma significativa. El 23 de febrero de 2015 don Jaime Labra se reintegra a la empresa, luego de 5 años de licencia, sin embargo es despedido. No contaría con seguro de cesantía pues su empleador nunca lo inscribió. Se realizaron dos comparendos en la Inspección del trabajo de Ñunoa, en el 2º de ellos, el Sr. Labra firmó el finiquito. El Jefe de Gabinete del Director del Trabajo, le explica a la solicitante que la Dirección del Trabajo no es un Tribunal sino que un órgano administrativo y que carece de competencia para sancionar al Hospital del Trabajador o para obligarlo al pago de alguna eventual indemnización, y que de existir un perjuicio eso debe establecerlo un Tribunal de la República. Sin perjuicio de ello, se oficiará a la Superintendencia de Seguridad Social , a quien la denunciante proporcionará datos de otras personas que, al igual que su cónyuge, también habrían sido víctimas de perjuicios por el proceder del Hospital del Trabajador. La solicitante, presenta documentos. |
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Gestor de intereses | Jaime Labra Torres | Jaime Labra Torres | ||||
2015-06-11 11:30:00 | AL003AW0006910 | Gestor de intereses | Isolina Acosta | Sintrac Chile | Temas a tratar: Jornada excepcional OHL Construcción Metro línea 3, tramo 5 y 6. Negociación colectiva Express de Santiago 1 y Pago bono de sala cuna empresa Más Cerca Call Center. Respecto del primer tema, se solicita fiscalización en seguridad y salud. Se confirma por parte del Jefe de Fiscalización, que acompaña en audiencia al Sr. Jefe de Gabinete, que la empresa ha sido fiscalizada, lo que significó la imposición de multas, de las cuales se dio traslado a la empresa, la que se encuentra obligada a explicar cada una de las infracciones. Se analizarán las diversas situaciones graves observadas y la Dirección del Trabajo procederá conforme al mérito de la infracción a la normativa laboral y de seguridad constatada. Respecto al tema de negociación colectiva Empresa Express, la gestora demanda el cumplimiento de media hora para descanso la que no se otorgaría, no obstante si se descontaría. Se solicita fiscalización para el cumplimiento adecuado de los descansos de conductores. Finalmente, la gestora solicita dictamenes para permitir el pago de bonos compensatorios de sala cuna en la Empresa Más Cerca Call Center. Según indica, por contrato colectivo, el bono se paga siempre que la Dirección del Trabajo lo determine. Dirección del Trabajo compromete entrega de los documentos requeridos. |
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