Audiencias - Año 2017 - Eugenio Zamorano - Audiencia AH002AW0314564
Información General
Identificador | AH002AW0314564 |
Fecha | 2017-06-22 11:00:00 |
Forma | Presencial |
Lugar | MINECON, PISO 12 |
Duración | 1 horas, 30 minutos |
Asistentes
Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
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Claudio Lara | Gestor de intereses | Salmones Antártica S.A. | Salmones Antártica S.A. |
Erik Lutecke | Lobbista | Salmones Antártica S.A. | Salmones Antártica S.A. |
Materias tratadas
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos. |
Diseño, implementación y evaluación de políticas, planes y programas efectuados por los sujetos pasivos. |
Especificación materia tratada
Aclaración respecto del concepto de titularidad para los efectos previstos en la aplicación de los Porcentajes de Reducción de Siembra Individual (y móvil en proceso de elaboración de la norma) y sus consecuencias prácticas en el arrendamiento de concesiones de acuicultura y transferencia de las mismas. Aclaración respecto a normas a implementar relativas al emplazamiento de centros de reproductores en mar. La solicitud presentada por el interesado, a través de la plataforma ley del lobby, se refería a dos temas: 1. Aclaración respecto del concepto de titularidad para los efectos previstos en la aplicación de los Porcentajes de Reducción de Siembra Individual (y móvil en proceso de elaboración de la norma) y sus consecuencias prácticas en el arrendamiento de concesiones de acuicultura y transferencia de las mismas. 2. Aclaración respecto a normas a implementar relativas al emplazamiento de centros de reproductores en mar. No se suscribieron acuerdos por parte del jefe DAC. Respecto al tema 1, el jefe Dac informa que la medida alternativa y voluntaria a la densidad de cultivo, denominada porcentaje de reducción de siembra, puede ser suscrita únicamente por el titular de cada concesión de acuicultura de especies salmónidas que se trate. Sin perjuicio de ello, un arrendatario puede suscribir la medida si el arriendo está debidamente inscrito en la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y en el contrato se indica expresamente que el titular faculta al arrendatario a suscribir la medida, de igual forma si el contrato de arriendo no estipula lo señalado, entonces el arrendatario debe presentar una autorización notarial entregada por el titular que lo faculte para el efecto. Se indicó también que se debe considerar que el historial productivo para efectos de la medida consultada siempre es considerada respecto de la concesión, independiente de quien la opere (titular o arrendatario). Respecto al tema 2 el solicitante no realizó consultas. |