Análisis de la normativa referida a la intención de siembra, especialmente la situación de la ACS 1.
1.- Análisis de la normativa referida a la intención de siembra, especialmente la situación de la ACS 1.
Los asistentes a la reunión, en atención al título XIV, del D.S. (MINECON) N° 319 de 2001, plantearon su no conformidad con que no exista un recalculo de la clasificación de bioseguridad de las ACS, cuando existen titulares que optan por la medida alternativa de porcentaje de reducción de siembra, pues este re cálculo pudiera mejorar la clasificación de bioseguridad de la ACS, con el efecto en el número de peces a ingresar por unidad de cultivo que ello conlleva.
El Jefe D. Ac. aclaró que el reglamento no considera dicho re cálculo. Se debe además considerar que el porcentaje de reducción de siembra es una medida alternativa y voluntaria a la norma general de clasificación de bioseguridad de las ACS. No obstante, de no estar de acuerdo el titular tiene la opción de presentar un recurso de reclamación en atención al artículo 86 bis de la ley. |