Juan Lara - Audiencias

En este registro encontrará las audiencias efectuadas en conformidad con la ley N° 20.730 por los sujetos pasivos que se señalan.

Fecha Identificador Asistentes Representados Materia Detalle
2024-07-18 11:00:00 AE003AW1624364 Gestor de intereses Leonel Riquelme Agrícola Don Poncho Revisar convenio para pagar una deuda de contribuciones del año 1991, la cual no puede acogerse a convenio de pago ni a condonación de intereses por sistema.
Se revisó la situacion del contribuyente, y se le explicó que la deuda se deriva de contribuciones pagadas mediante cheque que fue protestado, y se le indicó que deberá realizarc presentación para obtener comprobantes de pago y regularizar su deuda
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2023-04-27 13:00:00 AE003AW1328334 Gestor de intereses Romualdo Parada ROMUALDO PARADA INGENIERIA EIRL ESTIMADO JUAN JARA SOLICITO A USTED AUDIENCIA, CON EL FIN DE EXPONER LA VIABILIDAD DE REGULARIZACION DE LA PERJUDICIAL SITUACION TRIBUTARIA HACIA LA EMPRESA QUE REPRESENTO, QUE HOY ME AQUEJA, A RAIZ DE LA FALTA DE LIQUIDEZ POR NO PAGOS DE SERVICIOS PRESTADOS COMO SUBCONTRATO, PARA OBRAS PUBLICAS DE LA REGION DE ÑUBLE.
HE RECURRIDO (SOLIDARIAMENTE), A LOS ORGANISMOS PUBLICOS ADMINISTRADORES DE LAS OBRAS SIN RESULTADO, YA QUE POR LEY DE SUBCONTRATACIÓN NO HAY OBLIGACION CONTRACTUAL CON EL SUBCONTRATO. MENCIONADO LO ANTERIOR, RUEGO A USTED SU ASISTENCIA Y POSITIVA ACOGIDA.

Resultado de la reunion:
Se informó al contribuyente que puede acogerse a los beneficios de la Ley 21.514 Sobre Alivio a deudas tributarias y se acordó que el contribuyente concurriría a la oficina a suscribir el convenio el día viernes 28 de abril.
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2022-10-11 11:00:00 AE003AW1211355 Gestor de intereses Manuel Frías Brazo Spa El motivo de la audiencia fue exponer la situación de la empresa contribuyente, y en especifico solicitar el alzamiento del embargo sobre los fondos embargados.
Que, en la reunión se trataron temas relativos al proceso de cobro que afecta al contribuyente Brazo Spa, oportunidad en la que el Director Regional informó a los requirentes respecto de la regulación pertinente, los derechos que asisten a los contribuyentes y los beneficios y modalidades de cumplimiento dispuestos por el Servicio de Tesorerías..
Para finalizar, se estableció una coordinación con los solicitantes de la que estará a cargo el abogado don Gabriel Lizama, a efectos de resolver inquietudes o consultas que se pudieran presentar respecto a los temas tratados.
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2022-04-05 10:00:00 AE003AW1097340 Gestor de intereses carlos parra meza carlos parra meza Plantear condición de asociación sin fines de lucro y activdad de museo en inmueble de porpiedad del chinchorro, y su relación con el cobro de contribuciones. Del punto 4 no es ninguna de las alternativas indique la más general para etsos efectos.
Se sugirió a los asistentes realizar las diligencias necesarias ante el departamento de avaluaciones del SII para ver la procedencia de obtener la exención del pago del impuesto territorial, conforme a la normativa vigente.
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Sujeto Pasivo Joseph Careaga Palma
2021-10-05 10:00:00 AE003AW1012539 Gestor de intereses MARCO MORENO MARIA ANGELICA DEL CARMEN GEMA HARISMENDY CLAISSAC Convenio de pago, para giro numero 4590733 por concepto de pago de impuesto de herencia.
Contribuyente de la cartera de la Sección Grandes Deudores - División de Cobranza.
Se orientó igualmente al solicitante acerca de las posibilidades de convenio, pasos a seguir para realizarlo, y se entrego contacto del jefe de la seccion GGDD.
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Gestor de intereses Jorge Rodrigo Jorquera Inzulza MARIA ANGELICA DEL CARMEN GEMA HARISMENDY CLAISSAC
Sujeto Pasivo Luis Catrilef
2021-10-04 10:00:00 AE003AW1009843 Lobbista Francisco Garrido francisco javier garrido sanhueza Situacion de bono post laboral funcionaria municipal, aprobado a la fecha de realizacion de la Audiencia Ver detalle
2021-04-09 11:00:00 AE003AW0937902 Gestor de intereses Juan Saldías Junta Vigilancia del río Diguillín y sus Afluentes Solicitar respuesta a compromiso del Tesorero Regional de Ñuble, de fecha 16 de noviembre de 2020, sobre cobranza de multas derivadas de resoluciones de la DGA, para evitar que nuevamente prescriban por inacción de la TGR., lo cual motiva a los infractores a seguir dañando cauces naturales de los ríos y provocando serios daños a los usuarios de aguas.
Se adjuntan correos del primer intento de solicitar respuesta por Ley del Lobby, y que aún están pendientes.
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Javier Enrique Valdes Jimenez
Para:
Junta Vigilancia Rio Diguillin Y Sus Afluentes
CC:
Juan Carlos Villagra

lun, 16 nov 2020 a las 9:09

Buen día. Acuso recibo. Estudiaremos los antecedentes.

Cordialmente,
Javier Enrique Valdés Jiménez
Director Regional Tesorero | Tesorería Regional De Ñuble
cid:image002.png@01D40E1B.A53C5F10
Teléfono 7804

tgr.cl

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El lun., 9 de nov. de 2020 a la(s) 16:11, Junta Vigilancia Rio Diguillin Y Sus Afluentes (juntavigilanciadiguillin@yahoo.es) escribió:

Estimado Sr. Javier Valdes Jimenez, Tesorería General de la República, Región de Ñuble.


Junto a agradecer su gentil atención y buena disposición en la audiencia de hoy por Ley de Lobby y cumpliendo con lo solicitado por usted, le adjunto antecedentes con el propósito que se pueda interiorizar de lo planteado y coordinar una segunda reunión, cuando usted nos indique.

1.- En relación a la Resolución DGA 1580 del 11 de junio de 2018, aplica 200 UTA a cada una de las sociedades infractoras Rut: 77.598.740-5 y 77.598.680-8 como lo aclara el ORD. DGA Región Ñuble 1090-2019 (adjunto). Estas dos Sociedades son las propietarias de los predios beneficiados. La arrendataria de dichos predios es Semillas Silas Smith Limitada RUT : 76.086.051-4, como se indica en el numeral 11 de la citada resolución.
La primera resolución fue del año 2016, cuyo plazo de cobranza de la multa habría prescrito. No obstante, se reactivó por acciones de las infractoras y que le fueron denegadas, con la Res. DGA 1580 y la Sentencia de la 1ra. Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, causa rol 320-2018 del 19 de julio de 2018.

2.- En relación a las Resoluciones DGA 1695 del 29 de agosto de 2019 y 1800 del 17 de septiembre de 2019, se aplican multas de 200 UTA y 500 UTA, en total 700 UTA.

Todas esta resoluciones se encuentran ejecutoriadas.

Como planteamos en la reunión en la mañana estos infractores han realizado mucho daño que solo a ellos los ha beneficiado, en contra la comunidad en sectores rurales apartados, con desvío de río apropiándose de extensas superficies de tierra y perjudicando pequeños propietarios de la ribera contraria que han visto disminuida su tierras y dejando en peligro obras estatales. El segundo destruyendo el río con extracción de áridos para su proceso y venta, dejando en serio peligro una bocatoma que probablemente no podrá sacar agua para regar unas 1.300 hectáreas de 114 familias de agricultores, afectando in camino y disminuyendo las tierras de un ribereño.

Se debe considerar que estos procesos son de larga data por su proceso de investigación y verificación por parte de autoridades técnicas y periciales. Lograr una resolución favorable para la comunidad por la vía legal cuesta mucho tiempo y trabajo, por lo cual nos preocupa, que no podemos entregar una respuesta clara y transparente a nuestros asociados por los siguientes motivos.

- imposibilidad de obtener de parte de la TGR información de los procesos de cobranza o revisión de los expediente, en relación a su cobro. A pesar de tener la calidad de denunciantes.
- Los infractores tienen recursos y asesoría y aprovechan estas actuaciones para continuar obteniendo beneficios.
- No existe una cobranza ejemplificadora, como si están sometidos los deudores de contribuciones de Bienes Raíces.
- Existe opacidad en la respuesta de la TGR amparada en un mandato legal, sobre el secreto tributario. No existen estadísticas de cumplimiento respecto al resultado de estos procesos, que sin lugar a dudas benefician a los infractores en contra la comunidad.
- Solo se conocen casos que el infractor voluntariamente se acerca para pagar la multa.
- Una de las explicaciones a nivel nacional es la baja disponibilidad de recursos para este tipo de cobranzas, que requieren actuaciones como notificaciones, publicaciones y otras que las regiones no disponen.
- Si consideramos los 668 millones que involucran tan solo estas tres resoluciones, bien valdría la pena realizar un esfuerzo en la cobranza de estas multas, para el erario nacional y la comunidad.

El agua es un bien cada vez mas preciado y escaso, en este sentido se ha estado legislando con leyes que han aumentado el valor de las multas por parte de la Dirección General de Aguas. Estimamos que se deben tomar acciones en este sentido, siguiendo el espíritu de la ley, de lo contrario las Resoluciones de la DGA en la cobranza de este tipo de multas, continuará siendo silenciosamente letra muerta.

Reiteramos los agradecimientos y quedamos atentos a una segunda reunión.

Le saluda con toda atención.



Juan Francisco Saldías Muñoz
Administrador
Junta de Vigilancia del río Diguillín y sus Afluentes.
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Gestor de intereses Juan Carlos Villagra de la Sotta Junta de Vigilancia del río Diguillín y sus Afluentes