Julio Ñanco - Audiencias
En este registro encontrará las audiencias efectuadas en conformidad con la ley N° 20.730 por los sujetos pasivos que se señalan.
Fecha | Identificador | Asistentes | Representados | Materia | Detalle | |
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2023-07-07 17:00:00 | NR010AW1371755 | Gestor de intereses | Víctor Mora | UNION DE ASOCIACIONES DE FUNCIONARIOS MUNICIPALES DE CHILE | LOS MUNICIPIOS Y SUS FUNCIONARIOS EN LA NUEVA CONSTITUCIÓN | Ver detalle |
Gestor de intereses | Christian Patricio Gajardo Altamirano | UNIÓN DE ASOCIACIONES DE FUNCIONARIOS MUNICIPALES DE CHILE | ||||
Gestor de intereses | Claudia Vásquez | UNIÓN DE ASOCIACIONES DE FUNCIONARIOS MUNICIPALES DE CHILE | ||||
Gestor de intereses | Miguel Angel Gómez Quijada | UNIÓN DE ASOCIACIONES DE FUNCIONARIOS MUNICIPALES DE CHILE | ||||
Gestor de intereses | José Escobar Ramírez | UNION DE ASOCIACIONES DE FUNCIONARIOS MUNICIPALES DE CHILE | ||||
Gestor de intereses | José Pastene | UNIÓN DE ASOCIACIONES DE FUNCIONARIOS MUNICIPALES DE CHILE | ||||
2023-07-07 15:00:00 | NR010AW1366889 | Gestor de intereses | Francisco Bravo López | ASOCIACIÓN NACIONAL DE FISCALES. | PROPUESTA DE LA ASOCIACIÓN NACIONAL DE FISCALES AL PROCESO CONSTITUCIONAL 2023. | Ver detalle |
Gestor de intereses | José Mac-namara | ASOCIACIÓN NACIONAL DE FISCALES. | ||||
Gestor de intereses | Greta Fuchslocher | ASOCIACIÓN NACIONAL DE FISCALES. | ||||
2023-06-29 10:00:00 | NR010AW1363624 | Gestor de intereses | Anita Román | Federación de Colegios Profesionales Universitarios de Chile A.G. | Representación política y participación Los Colegios Profesionales deben considerarse como organizaciones intermedias de la sociedad que velan por la fe pública en los profesionales y participan por delegación del Estado en el control ético de los profesionales en el ejercicio de su profesión. Dado lo anterior, la indicación sobre los Colegios Profesionales aparece en el texto definitivo del anteproyecto elaborado por la Comisión de Expertos, en el Capitulo II Derechos y Libertades Fundamentales, Garantías y Deberes Constitucionales, en el Art. 17 numeral 13, que reza lo siguiente:" Los colegios profesionales constituidos en conformidad a la ley estarán facultados para conocer de las reclamaciones que se interpongan sobre la conducta ética de sus miembros. Contra sus resoluciones podrá apelarse ante la Corte de Apelaciones respectiva. Los profesionales no asociados serán juzgados por los tribunales competentes de conformidad a la ley” Nuestra iniciativa de norma busca avanzar más allá en esta propuesta, con un texto posible como el siguiente: “Los colegios profesionales son corporaciones de derecho público, nacionales y autónomas, que colaboran con los propósitos y las responsabilidades del Estado. Sus labores consisten en velar por el ejercicio ético de sus miembros, promover la credibilidad de la disciplina que profesan sus afiliados, representar oficialmente a la profesión ante el Estado y las demás que establezca la ley” La temática entonces a abordar en la audiencia solicitada, es el verdadero papel que debería tener los Colegios Profesionales para actuar, en nombre del Estado, en el control ético de los profesionales, junto con los principios y fundamentos que sustentan esta propuesta. |
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Gestor de intereses | María Canales | Federación de Colegios Profesionales Universitarios de Chile A.G. | ||||
Gestor de intereses | Maite Descouvieres | Federación de Colegios Profesionales Universitarios de Chile A.G. | ||||
Gestor de intereses | Rosa Nuñez Navarrete | Federación de Colegios Profesionales Universitarios de Chile A.G. | ||||
Gestor de intereses | Violeta Flores Flores | Federación de Colegios Profesionales Universitarios de Chile A.G. |