En la reunión me acompañó la profesional del SEA Sra. Sandra Barrera.
El solicitante comnetó la actividad que actualmente realizan, consistente en el mejoramiento de suelos agrícolas, a través de la aplicación de residuos orgánicos, tales como lodos de celulosa, cenizas, barrido de canchas de acopio de madera, principalmente. A su vez mostró un video de una experiencia en la comuna de Santa Bárbara, relatado por el dueño del predio donde se realizó la aplicación y que presentaba siembra de maíz. Al respecto nos comenta que ha desarrollado esta actividad bajo autorizaciones sanitarias, y que está pensando ingresar una pertinencia de ingreso, y/o considerando el ingreso del proyecto o actividad al SEIA.
En la reunión indica que su proyecto es in situ, vale decir trasladan los residuos a los predios y en ellos lo transforman en compost y realizan la aplicación, lo anterior en función de las características tanto de los residuos, así como de los suelos de los predios y los cultivos , es decir bajo planes de aplicación. A su vez comenta que se ha acercado al SAG, pero dicho servicio le ha respondido que no puede autorizar sectorialmente su plan de aplicación y la autoridad sanitaria le solicita una pertinencia de ingreso para continuar con la actividad, en la cual se explicite que no corresponde a un fraccionamiento de proyecto. Al respecto se le aclara al solicitante que el SEA no tiene competencias para sancionar fraccionamiento, siendo la SMA el órgano competente. Se le recomienda al solicitante asesorarse legalmente respecto a la presentación de su proyecto, se le comentan distintas iniciativas "similares" que han sido presentadas al SEIA y que puede interiorizarse revisando los expedientes públicos, así como también acercarse al ministerio de medio ambiente para conocer con mayor profundidad el trabajo de ellos en gestión de residuos y economía circular. |