DECRETO 116 - TEMA GASTOS OPERACIONALES CLIENTES VULNERABLES.-
Don Carlos Muñoz observó que las exigencias para pagar los gastos operacionales del Decreto 116 eran mayores a las determinadas por el Nivel Cenbtral, toda vez que el este indica que estos gastos pueden ser pagados a una persona distinta al beneficiario siempre que se encuentren mandatos en una escritura, en circunstancias que Concepción además solicita que la solicitud de pago sea suscrita por el mismo beneficiario.
Al respecto, el Jefe de Plataforma le indicó a la Empresa, que la exigencia de la Región es complementaria y no distinta a la solicitada por el Nivel Central, y perfectamente compatibles, toda vez que lo que se busca al exigir que el beneficiario suscriba la solicitud de pago es que éste tenga plena conciencia que le está otorgando un mandato a un tercero para cobrar los montos por gastos operacionales. No obstante lo anterior el Jefe de Pago se comprometió a enviar a consulta la situación al Departamento Jurídico para evaluar si la medida se ajusta al reglamento. |