Audiencias - Año 2016 - Johann Schweitzer Delaunoy - Audiencia AP010AW0166500
Información General
Identificador | AP010AW0166500 |
Fecha | 2016-08-09 09:30:00 |
Forma | Presencial |
Lugar | Ud. Será atendido en Departamento Técnico del Serviu, ubicado en Galería Remodelación Catedral, Rengo N° 476, Tercer piso, Concepción. La Audiencia ha sido encomendada al Jefe del Depto. Técnico, Sr. Johann Schweitzer D. |
Duración | 1 horas, 0 minutos |
Asistentes
Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
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Mario Muñoz | Gestor de intereses | CLARO VICUÑA VALENZUELA S.A. | Mario Fernando Muñoz Hernandez |
Marcos Alexis León Manríquez | Gestor de intereses | CLARO VICUÑA VALENZUELA S.A. | Marcos León Manriquez |
Materias tratadas
Ninguna de las anteriores |
Especificación materia tratada
La empresa Claro Vicuña Valenzuela (CVV), plantea que ha ingresado 4 cartas a SERVIU, que buscaban solucionar problemas asociados a la actualización de la mecánica de suelo, que involucra partidas adicionales, modificación al proyecto de ingeniería, y modificación al plano de loteo, además de disminuciones de obras, como la eliminación de baño público, entre otras. La carta ingresada con fecha 06.05.2016 fue contestada a través del oficio N°5251, no obstante, aquellas ingresadas con fecha 15.06.2016, 12.07.2016 y 28.07.2016 no cuentan con respuestas a la fecha. La empresa señala que no tiene un pronunciamiento oficial de SERVIU, ni ha conversado con ningún profesional de la APUC. Respecto el oficio N°5251, profesionales de SERVIU informan que no puede ser resuelto, pues aun el proyecto se encuentra sin aprobación del profesional independiente, y sin permiso de edificación. La empresa está pidiendo autorización para los movimientos de tierra, asumiendo que estos sean parte de aumentos de obras. Y no se han realizado como obras preliminares, no obstante en el proceso de aclaraciones de la licitación, se indica claramente que es posible realizar estas obras, dado que forma parte de las bases y la empresa está facultada para realizar estos trabajos desde el inicio. El representante del Dpto. Jurídico, indica que no se identifica justificación para pagar las obras adicionales, dado que la mecánica de suelo inicial, no es muy distinta a la actualizada, además que el contrato es a suma alzada, donde el contratista tenía claro que debía actualizar la mecánica de suelo, con un proyecto que data del año 2009, y asumir junto con esto, los costos que requiera actualmente para acondicionar el terreno. SERVIU además indica, que la empresa tenía la opción de ver el terreno con antelación y constatar el estado de este, lo cual constituye una ventaja comparativa para analizar la situación, previa aceptación del contrato. No obstante, se plantean que la única forma de solucionar esto, es presentar un estudio formal con la cuantificación económica de las excavaciones, además de contar con el permiso de edificación pertinente. Frente a esto, la empresa señala que el permiso se encuentra en tramitación en la municipalidad. El jefe del Dpto. Técnico insiste que las obras se deben ejecutar, y que para realizar el pago de obras adicionales, se debe presentar el permiso de edificación, y un informe técnico jurídico fundado, que permita justificar que esto debe ser con cargo a SERVIU. Reitera además que el proyecto exigía la actualización de la mecánica de suelo, y del proyecto de estructura, considerando la existencia de nueva reglamentación Res.6061 que la empresa debía tener en cuenta. M. Basaul, señala que la actualización se debía considerar y junto con ello, visualizar los cambios que pudiera considerar el paso del tiempo, dado que SERVIU no asegura el estado del suelo. C. Vera, señala además que la empresa se ha presentado a los últimos 3 llamados, por tanto hubo tiempo suficiente para actualizar la mecánica, además hubo acceso al terreno. La empresa menciona que las obras se encuentran actualmente paralizadas, y mientras no haya pronunciamiento no es posible retomar. Se le informa que no requiere autorización para ejecutar obras que por bases corresponde que se ejecuten. Finalmente, CVV agrega que la modificación del baño, si se considera en el aumento de obra, no obstante la planta elevadora, se puede realizar en forma regular. ACUERDOS: SERVIU solicita a la empresa demuestre a través de un informe que la mecánica de suelo es 100% distinta a la original. Se acuerda un plazo de 10 días para que CVV entregue un informe Técnico-Jurídico fundado que avale la realización de estas obras adicionales y 10 días para que SERVIU responda a esto o que sirva de fundamento para pedir pronunciamiento a la Contraloría General. |