Audiencias - Año 2023 - Paula Ovalle
En este registro encontrará las audiencias efectuadas en conformidad con la ley N° 20.730 por los sujetos pasivos que se señalan.
Fecha | Identificador | Asistentes | Representados | Materia | Detalle | |
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2023-10-18 15:00:00 | AP001AW1430843 | Gestor de intereses | Rodrigo CANTO | Rodrigo Canto Torres | Reunión por subdivisión acogida al D.L. N° 3.516. Se solicita clarificar el estado del camino del Alba. Se solicita revisar la DDU 371. Se plantea la posibilidad de incorporar en el Plan Regulador Comunal en la actualización como vía Declarada de Utilidad Pública (DUP). |
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Gestor de intereses | María Moll | Maria Jose Moll Cisterna | ||||
2023-10-05 15:00:00 | AP001AW1428053 | Gestor de intereses | Atilio Troncoso | Agrupacion Cultural San Fernando | Requiere abordar la posibilidad de Creación de un Parque Urbano en el Pueblo San Fernando de Copiapó. Los representantes de la agrupación exponen respecto a su vinculación con el sector de San Fernando. Indican que la agrupación está a cargo de la fiesta costumbrista que se realiza anualmente en el sector de San Fernando, específicamente en un terreno particular que se encuentra frente a la iglesia de punta negra. Indican su preocupación por venta del terreno particular donde se realiza actualmente la fiesta y por el aumento de densidad poblacional en el sector a causa de los proyectos habitacionales que se están desarrollando en el sector, principalmente por el desconocimiento respecto a espacios públicos y áreas verdes proyectas para el sector. Los representantes de la agrupación, han sostenido conversaciones con el Gobernador respecto a la posible compra del terreno donde actualmente se realiza la fiesta costumbrista, quien se comprometió a realizar las gestiones para justificar los recursos para dicha inversión. La agrupación también ha sostenido conversaciones al respecto con el Alcalde de Copiapó, quien indicó que le municipio eventualmente podría plantear un proyecto para un parque urbano en el sector, que contará con el equipamiento necesario para la realización de la feria costumbrista. Se plantea cuales son los equipamientos y programa asociado a este espacio público, cuya superficie para acoger la feria no debería ser menor a 1,7 hectáreas. La Jefa de Dpto. Desarrollo Urbano, expone a los vecinos la planificación urbana respecto al sector Llanos de San Fernando, indicando que dentro de este proyecto urbano habitacional, se plantean dos grandes parques urbanos, la continuación del parque Los Carrera Norte y el parque de mitigación quebrada San Fernando. Ambos espacios públicos están considerados en la modificación del plan regulador comunal, lo que permite que el MINVU pueda disponer recursos para el diseño y ejecución de estos, a través de programas sectoriales como Construcción de Parques Urbanos o Macro infraestructura. Se indica a los representantes de la agrupación que la continuación del parque Los Carrera Norte, está planificando iniciar su diseño a finales del 2024, planteando que este espacio público podría eventualmente considerar los equipamientos y espacios necesarios para realizar la fiesta costumbrista. Se expone a los representantes de la agrupación respecto a las etapas y los plazos de los proyectos de inversión pública, indicando que no son proyectos que se materialicen a corto plazo, pero que sin embargo existe un compromiso de parte del MINVU de dotar con espacios públicos y áreas verdes a este sector, dado a los nuevos proyectos habitacionales y a las familiar que llegaran a vivir a sus nuevos hogares. Por otro lado se indica que la principales problemáticas asociadas a la parques urbanos y a espacios públicos, tienen que ver con la operación y mantención de estos, a los costos que esto implica y a escasez de recursos municipales para cubrir estos gastos. Se indica a los representantes, que una vez se tenga certeza del proceso de diseño del Parque los Carrera Norte, se les convocará oportunamente a ser parte de los procesos de participación ciudadana, con el fin de poder evaluar la incorporación sus requerimientos programáticos en el proyecto. |
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Gestor de intereses | Celeste Ortiz De Zárate | Grupo cultural, social, deportivo y recreativo San Fernando ( también denominada Agrupación Cultural San Fernando) | ||||
2023-07-11 11:30:00 | AP001AW1363597 | Gestor de intereses | Jaime Hidalgo | CONSULTORA AMBIENTE ESENCIAL | buenas tardes será encomendada al departamento de Desarrollo Urbano puede sufrir modificaciones la fecha que pongamos. Con fecha 11 de Julio a las 11:30, la jefa del Departamento de Desarrollo Urbano Sra. Paula Ovalle y funcionarios del departamento Arquitecto Renato Araya y Jorge Guaita, nos reunimos de manera presencial con el Sr. Jaime Hidalgo, quien concurrió a la reunión acompañado con la Srta. Ana Mosquera. Primeramente, se señalaron los problemas que en general están teniendo con la DOM de Caldera por el retraso en las revisiones y excesivos requerimientos a los proyectos, y en particular se hace una crítica o reclamo contra la exigencia por parte de la DOM de imágenes de Google Earth para corroborar que las construcciones que se acogen a la Ley 21.898, efectivamente fueron construidas anteriormente al año 2016. Señala que no es posible en algunos casos verificar que las imágenes son correctas o válidas y que por lo tanto no se pueden utilizar de manera legal o como exigencia para ello por parte de la DOM, no obstante no se presenta documentación emitida por la DOM al respecto y se nos señala que el revisor les recomienda o les ha sugerido que entreguen ese tipo de información para realizar dicha corroboración. Se da respuesta en el sentido de que como para acogerse a esta ley especial y de excepción, es el usuario el que se debe de encargar de demostrar que las construcciones, en este caso las ampliaciones fueron construidas antes del año 2016, y puede utilizar cualquier medio incluso gráfico para hacerlo, por lo tanto lo que plantea la DOM respecto de las imágenes de Google no corresponde a una exigencia reglamentaria, si no que a una sugerencia, si el usuario no puede demostrar lo antes señalado de otra manera, existen otros medios para regularizar las construcciones respectivas. CARTA N°147 DEL 15/06/2023. III Región de Atacama, Caldera, 15 de junio del 2023 SEÑORITA: ROCÍO DÍAZ GÓMEZ SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL DE VIVIENDA Y URBANISMO DE ATACAMA PRESENTE. Ref.: Antecedentes de solicitud de aclaración, anexos informe del profesional competente que permite corroborar que la vivienda existía antes de 04/02/2016. Junto con saludar, nos dirigimos a usted con la intención de solicitar la aclaración sobre las ultimas observaciones de los informes del profesional competente, que permiten corroborar que la vivienda existe antes de 04/02/2016. -OBSERVACIONES EXPEDIENTE 244/2023, ley 20.898 - JUAN ROJAS TRIGO 296 -OBSERVACIONES EXPEDIENTE 243/23, ley 20.898 - VALPARAISO 615 Esta DOM solicita de utilización de una imagen de GOOGLE EARTH, como medio de prueba ante la observación: 1.-OBS. “Boleta de servicios de agua sólo acredita fecha de la vivienda original, debe acreditar fecha de las ampliaciones a regularizar”. La documentación que se presentó fue solicitada ante la empresa NUEVA ATACAMA, empresa de servicio sanitario autorizada en la comuna de Caldera, esta documentación ha sido valida en otras solicitudes de la misma naturaleza, por lo que no comprendemos el cambio de criterio, debido a todo lo que se estipula en la LEY 20.898 y su DDU N°416 complementaria, que establece procedimientos simplificado para la regularización de viviendas, con un marco legal detallado, que no da cabida a malas interpretaciones en su comprensión jurídica, se detalla la documentacion solicitada para tal efecto, las atribuciones de las DOM y de la división de desarrollo urbano. La razón de generar este marco jurídico es proteger a las personas como lo son los funcionarios públicos, propietarios y profesionales competentes, para que no existan conflictos y vulneración de derechos. El extracto de la LEY 20.898 y su DDU N°416 dicen: “Las exigencias de la ley N°20.898 deben circunscribirse únicamente a los requisitos que expresamente se establecen en ella, no correspondiendo que las DOM realicen requerimientos adicionales, en el entendido que se trata de una ley de carácter excepcional dirigida exclusivamente a construcciones existentes a la fecha de publicación de la misma.” “El informe del arquitecto o profesional competente podrá ser un medio gráfico o documental, por ejemplo, planos aprobados, CUENTAS DE SERVICIOS, certificados de contribuciones, catastros municipales o de otros organismos públicos, o antecedentes de similar naturaleza. Este informe (sobre el cual no se emitirá por parte de esta División de Desarrollo Urbano un formato tipo) debe indicar cómo la vivienda da cumplimiento a las normas requeridas por la mencionada ley (exigencias y realidad de la vivienda).” “Ingresada a trámite la solicitud de cualquiera de los 2 tipos de viviendas (modalidad 1 o modalidad 2), la DOM revisará exclusivamente el cumplimiento de las normas urbanísticas a que se refiere el numeral 2) del artículo 1° de la Ley N° 20.898 Y los documentos requeridos aludidos en el artículo 2°.” Teniendo en cuenta la LEY 20.898 y su DDU N°416, queremos aclarar lo siguiente: 1.- Que el propietario o el profesional patrocinante, son los encargados de acreditar y probar la existencia de la vivienda existe antes de 04/02/2016 y no le corresponde a la DOM encargarse de dicha función. 2.- Que las cuentas de servicios, son un medio de prueba valido para corroborar que la vivienda existía antes de 04/02/2016, contradicción entre lo que estipula la ley y los criterios personales de esta DOM, a pesar de que no le corresponde a las DOM realizar requerimientos adicionales o documentos no singularizados en la ley. 3.- Que la ley se refiere a un medio gráfico o documental, se entiende que puede ser uno u el otro, no únicamente y exclusivo un medio gráfico como prueba. Y que cuando se refiere a un medio gráfico, se entiende a elementos técnicos y profesionales, propios de los profesionales competentes y su disciplina, como son lo que se indican en el ejemplo, planos aprobados de arquitectura, eléctricos, alcantarillado, agua potable, topográficos etc. Por todo lo antes expuesto anteriormente, creemos: “QUE UNA FOTOGRAFÍA DE GOOGLE EARTH, NO ES UNA HERRAMIENTA VÁLIDA, DEBIDO A QUE PRESENTA LIMITACIONES QUE DIFICULTAN LA CORRECTA INTERPRETACIÓN DE REVISORES, PROPIETARIOS Y PROFESIONALES PATROCINANTES”. -No existe ningún procedimiento por parte de la DOM, ni la ley y su DDU, en el procedimiento de acreditación, a través de una fotografía de GOOGLE EARTH, como escala, resolución, tamaño, color, formato, etc. lo que lleva a errores y discrepancias en la interpretación de la información de revisores, propietarios y profesionales patrocinantes. -La mala calidad de las fotografías cercanas se ven borrosas y pixeladas, debido a que las nubes generan interferencia en el resultado de interpretación de las imágenes a menor escala, no facilitan la comprensión de la propiedad en cuestión fehacientemente si esta cuenta o no con ampliación, si presenta uno o más niveles de altura, considerar que en algunos sectores como barrios de viviendas sociales se presentan apiñamientos entre las propiedades, que distorsionan y no dan clara lectura de la imagen solicitada. -Las imágenes satelitales son utilizada para referencias en grandes extensiones de cobertura como planes reguladores, georreferencias geográficas, etc. y no para visión en detalle, entregando información de algunas zonas sin actualización. Es por todo esto que hacemos llegar dicha solicitud para su pronunciamiento respecto al caso expuesto en cuestión. Atentamente, CONSULTORA AMBIENTE ESENCIAL SpA RUT: 77.264.266-0 Representante legal Jaime Yonadab Hidalgo Aranguiz |
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2023-07-05 11:00:00 | AP001AW1357685 | Gestor de intereses | olivia casanova diaz | Junta de Vecinos Nantoco | Programa comité de vivienda./ SE ENCOMIENDA LOBBY DEBIDO A QUE LA SEREMI FUE CITADA EN FORMA EXTRAORDINARIA A UNA REUNION . Comité de casco antiguo de la comuna de Tierra Amarilla. Plantean necesidades del Comité. Comité de viviendas Luchando Por Un Sueño, 39 socios inscritos, 12 no inscritos, desde mayo cuenta con personalidad jurídica. Es su primer encuentro con SEREMI MINVU. Es un comité de rango etareo entre 30 o 40años. - 3 Socios sin familia. Terreno Escorial se encuentra la toma del comité del casco antiguo. (Socios del Comité). El terreno es particular. La toma lleva 12 años y nunca ha habido intento de desalojo. Nos adjuntan documentación con listado de socios. Enviarán Certificado de Personalidad Jurídica. Los Socios están de acuerdo en reubicarse en otra comuna. Apoyo al comité de vivienda de la localidad de nantoco, comuna de Tierra Amarilla. Plan de trabajo y otros |
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Sujeto Pasivo | Ignacio BÓRQUEZ | |||||
2023-07-04 15:00:00 | AP001AW1362351 | Gestor de intereses | Diana Galleguillos | Diana galleguillos | Con fecha 04 de Julio a las 15:00, junto con el funcionario Jorge Guaita, nos reunimos, de manera telemática, a solicitud de la interesada, con la Sra. Diana Galleguillos, secretaria de la “Comunidad Indígena Diaguita Tierra y Mar” quien expuso respecto de la solicitud de ECMPO que presentaron como comunidad y que fue rechazada. Primeramente, doña Diana señala que en los años 80 su padre abrió camino al sector de Punta “Las Tetillas”, instalándose en el lugar como fuente de trabajo. A la fecha, se encuentran constituidos como comunidad indígena, la cual está compuesta por 17 familias, varios tienen permisos RPA (registro pescador artesanal), no tienen embarcaciones y trabajan buceando en apnea. Enseguida, indica que ante la necesidad de delimitar y asegurar su sector, debido a las múltiples áreas de manejo que se han ido desarrollando entre Caleta Chañaral de Aceituno y Sarco, y buscando proteger de la devastación, como Comunidad indígena, decidieron ingresar una solicitud de ECMPO con la finalidad de resguardar los recursos naturales del sector. Asimismo, señala que, durante el proceso de evaluación del expediente, no fueron citados a presentar su requerimiento ante la Comisión, como correspondería, y que su solicitud fue rechazada, sin ellos haber podido aclarar varios de los puntos por los cuales su solicitud no fue aprobada. Finalmente, señala que han solicitado reuniones con todos los organismos que conforman la Comisión Evaluadora para exponer el caso, para así poder aclarar los puntos que fueron relevados en el rechazo y plantear la necesidad de poder asegurar su fuente de trabajo. Ecmpo SE ENCOMENDARA A LA JEFA DE DDU, LA FECHA Y HORA PUEDE SER MODIFICADA Necesitamos audiencia para lo antes posible para antes de fin de mes puede ser online |
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Gestor de intereses | Diosel De laho | Diosel Gustavo De Laho González | ||||
Gestor de intereses | Angélica De Laho | Angelica delaho |