Audiencias - Año 2021 - Giovanna Pastén

En este registro encontrará las audiencias efectuadas en conformidad con la ley N° 20.730 por los sujetos pasivos que se señalan.

Fecha Identificador Asistentes Representados Materia Detalle
2021-07-13 09:00:00 AP001AW0971923 Gestor de intereses Gustavo Muñoz El Peral SpA Estimados,

Buenos días, junto con saludar y en marco de la ley del lobby, solicito audiencia con el motivo de hacer consultas referentes al Ord. 493/2021 y presentar el Proyecto Fotovoltaico Lluta Solar.


Acuerdo:
Audiencia Lobby 13-07-2021
Participantes:
Giovanna Pasten Jefa DUI
Alvaro Rios Profesional DUI
Gustavo Muñoz El Peral SPA

Correspondiente a observaciones presentadas por Planta Fotovoltaica ubicada en VALLE DE Lluta , se informa que esta Seremi ve con preocupación la instalación de esta actividad en el Valle de Luta, especialmente en el área de producción agrícola, cuando existe terreno disponible como son las pampas, las cuales presentan un menor impacto frente a estas actividades. Que existe in Instrumento de Planificación correspondiente a PRDU que si bien no es normativo es indicativo el cual orienta el desarrollo de esa área a un uso agrícola- productivo.

El particular explica que se realizó calicatas de terrenos, definiéndose que el terreno no es apto para la producción agrícola producto de la cantidad de sal que presenta, por lo cual Seremi de Agricultura autorizo su instalación. Indica además que no impactara el terreno dado que los paneles son hincado y en caso que el terreno sea deficiente se opta por pollos, situación que será repuesta al momento de dejar el terreno, ya que esta ocupación es por un determinado lapso de tiempo.

Se acuerda que adjuntara los antecedentes adicionales que cuenta como estudio de calidad de suelo y riego por desborde del rio Lluta para su análisis.



Sin otro motivo en particular, le saluda cordialmente,
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Sujeto Pasivo Michelle Ramírez
2021-07-01 09:00:00 AP001AW0963995 Gestor de intereses María Ramírez INMOBILIARIA RIO NAPO LTDA Discrepancia con la Direccion de Obras de la Municipalidad de Arica. Referente a solicitud de Permiso de edificacion en tramite, Expediente N°628/2020 , que corresponde a Edificio El Chinchorro, ubicado en Buenos Aires N° 159 Rol: 654-9


Acuerdo audiencia lobby

Participantes
- Raymond Renis (representa of de Arquitectura a cargo del proyecto)
- Maria Graciela Ramirez (Revisor Independiente)
- Giovanna Pasten
Consultan por Permiso de Edificación presentado a DOM, el cual cuenta con anteproyecto aprobado, sin embargo, actualmente DOM realizo observaciones relacionadas con línea férrea y existencia de calle colindante con línea férrea.
Se aclara que dado que la LEY 20.791 afecto las vías del Plan Regulador de la ciudad de Arica del año 2009, estas caducaron, cobrando vigencia el Seccional Centenario, del cual se pueden obtener antecedentes en la página de observatorio urbano del Minvu.
Profesionales revisaran los antecedentes y en caso de mantener duda realizaran presentación de reclamo ante Seremi. Se indica que deben considera plazos establecidos en el art 118 LGUC. y que actualmente producto del estado de excepción por la pandemia, los plazos de DOM se encuentran postergados y suspendidos.
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Gestor de intereses Raymond Renis INMOBILIARIA RIO NAPO LTDA
2021-05-18 10:00:00 AP001AW0948227 Gestor de intereses Sergio Villegas sergio villegas ortiz Solicitar aclaracion de la NULA respuesta de los siguientes materias;

Junto con saludar, vengo a solicitar a Ud.- pronunciarse sobre la correcta aplicabilidad de Art. 1.4.2 y 1.4.9 OGUC y su concordancia con el Oficio DOM N°794 de Fecha 01 abril 2021, lo anterior, en el contexto de una regularización que me encuentro patrocinando como arquitecto.

Con fecha 13 de noviembre del año 2020, se ingresa antecedentes relativos a regularizar modificaciones del inmueble ubicado en calle Pedro Montt 720, a través de la vía electrónica, siendo notificando de observaciones al trámite, a través del Oficio DOM N° 2552 de fecha 27 de noviembre del 2020.

Dichas observaciones fueron resueltas antes de los 60 días, como contempla el artículo 1.4.9 de la Ordenanza General, sin embargo, existieron discrepancias en las respuestas emanadas por este profesional, existiendo nuevas subsanaciones, hasta ser notificado con el Oficio DOM N°794 de Fecha 01 abril 2021, que el expediente se encuentra “Rechazado”

1).- la Dirección de Obras Municipales ha actuado, fuera de la legalizad vigente, extralimitándose de sus facultades, pues un expediente no puede ser “Rechazado”, estando en trámite, y solo de puede aplicar el concepto de “Rechazo” al ingresar a trámite o solicitud de un expediente, lo anterior de acuerdo al Art. N° 1.4.2 de la OGUC y a la DDU 982007 de fecha 27 de diciembre del 2007,
En este mismo sentido, tampoco debiera aplicar el Artículo 1.4.9 OGUC, toda vez que dicho procedimiento, se aplica, en el evento que el interesado no subsane o aclare las observaciones en un plazo de 60 días, contados desde la comunicación formal del Director de Obras Municipales, situación que no ocurrió
A lo que vuestra SEREMI, da como respuesta que no puede evaluar, sin antecedentes, sin embargo, se adjuntaron antecedentes, agregando que Uds.-- deben solicitar información al DOM de esta situación para ilustrarse

2).- la Dirección de Obras interpreta, que debe existir un proyecto habitacional aprobado, previamente,… situación que se complica, toda vez que debería existir, administrativamente una subdivisión previa para que se aprobase el proyecto, sin que se aplicase las normativas del instrumento de planificación territorial.
Por esta razón, solicito que se clarifique el procedimiento y los requisitos administrativos para ejecutar una subdivisión predial, invocando el Art N° 6.2.9 de la OGUC,, solicitud que fue derivada del SERVIU a Ud y hasta hoy, no existe respuesta angula

Acuerdo lobby
El Sr Villegas reclama porque no se le ha dado respuesta a su oficio presentado el día 26-04-2021 a través de plataforma MINVU. Se le indica que mediante Ord 351 de fecha 05-05-2021 se dio respuesta a su requerimiento, indicándose que, si bien su reclamo se encontraba dentro de los plazos contemplados en el art 118 de la LGUC, no adjunto los antecedentes que permitieran la revisión de estos. por lo que se solicitó que aporte información adicional referida al proyecto, acta de observaciones por parte de DOM, correos o antecedentes que permitan revisar discrepancias indicadas y oficio de rechazo. Con dichos antecedentes se podrá evaluar su caso y emitir un juicio respecto de probables incumplimientos normativos por parte de DOM.
Se le informa además que el procedimiento de reclamo frente a las resoluciones o a falta de estas por parte de Dirección de obras Municipales debe ser presentado por oficina de partes virtual o presencial y que debe adjuntar toda la documentación relacionada con el proceso del permiso, dado que la plataforma de CRM no tiene la capacidad para recibir toda esta información.
Respecto a consulta 2 se sugiere que ingrese paralelamente proceso de subdivisión y de permiso ante D.O.M.
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2021-04-20 10:00:00 AP001AW0939555 Gestor de intereses Daniela Ortega Solarpack Chile Limitada Duda Permisos Sectoriales Proyecto San Marcos

Acuerdo lobby
Jefa DUI Sra. Giovanna Pasten
Profesional MINVU Sr. Álvaro Ríos
Sra. Daniela Ortega
Sr. Nicolás Harding de Solar Park

En relación a reunión sostenida con la Sra Daniela Ortega, Nicolás Harding de SolarPark y de la Seremi MINVU Alvaro Rios. Con relacionada al Proyecto San MARCOS, se informa que a raíz de reunión sostenida en el proceso de Evaluación Ambiental, se solicitó al recurrente que el proyecto sea presentado como uno solo, ya que consta de dos etapas , de las cuales la primera se encuentra en proceso de habilitación dado que no requirió presentarse al SEA.
Se informa además que, dado que el uso corresponde a Infraestructura Eléctrica, debe contar con aprobación del art 55 L.G.U.C. por ambas etapas, independientemente que la primera etapa dada su capacidad no requiera someterse al SEIA.
El recurrente indica que presentará los antecedentes una vez obtenida la Resolución de calificación ambiental
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2021-02-10 11:30:00 AP001AW0918990 Gestor de intereses Andrés Sáez Agrícola Lluta S.A. Consulta acerca del sentido y alcance de las observaciones de la Resolución Exenta N°53/2021 de la SEREMI de Vivienda y Urbanismo de Arica y Parinacota en relación con solicitud de Informe Favorable para la Construcción (Art.55 LGUC).

Acuerdo:
- Agrícola Lluta Ltda. indica en relación a proceso de cambio de uso de suelo vía art 55 de Pampa Sascapa y a propósito de camino de acceso, que las escrituras de inscripción del terreno no dan cuenta de faja de servidumbre a YPFB, que cuentan con carta de Seremi de Bienes Nacionales, la cual indica que si bien el terreno cuenta con servidumbre de uso, el terreno no es fiscal y que fue traspasado a Agrícola Lluta Ltda.
- Al respecto se menciona que la información indicada en Oficio n° 54 de fecha 24 de Enero de 2021 fue proporcionada por Seremi de Bienes Nacionales.
Con el fin de aclara el tema, el propietario presentará minuta explicativa, la cual será revisada por Asesoría Jurídica de esta Seremi, para dar continuidad al tramite de Informe Favorable Art 55 L.G.U.C.
Respecto de las observaciones de planos y calificación de actividades, se darán cumplimiento a estas en nueva presentación.
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Gestor de intereses DIEGO ANDRES BERRIOS BOZZO Agrícola Lluta S.A.
Gestor de intereses milenka menares siminic Agrícola Lluta S.A.
Gestor de intereses Francesca Lombardo Agrícola Lluta S.A.
2021-02-02 03:30:00 AP001AW0917850 Gestor de intereses Heriberto Rothkegel EMPRESA CONSTRUCTORA GUZMAN Y LARRAIN SPA ACLARAR DEFINICIÓN DE ALTURAS DE EDIFICACIÓN DEFINIDAS EN PLAN REGULADOR.

Acuerdo:
Empresa constructora Guzman y Larrain consulta sobre interpretación de altura indicada en PRCA , la cual informa 14 m o 4 pisos de altura, lo cual por observación presentada por otra empresa dejo fuera de concurso del Lote R-7 a 2 empresas participantes.
Se informa que con el fin de resolver esta diferencia de aplicabilidad de la norma se solicitó pronunciamiento a DDU del nivel Central, con el fin de contar con una opinión externa y que actualmente se esta a la espera de respuesta.
Empresa informa que cuenta con 2 proyectos aprobados por D.O.M. en construcción, 2 anteproyectos aprobados, que ha construido 3 conjuntos en el área y la interpretación dada por D.O.M. es que la norma es excluyente y que corresponde 4 Pisos o 14 M.
Informa preocupación por proyectos ya aprobados y en proceso de construcción, que se presentaron Informes sobre aplicabilidad de la normativa realizada por abogado y revisor independiente, de las cuales se enviarán copias.
Se reitera necesidad de contar con pronunciamiento externo con el fin de poder dirimir sobre el caso. Si bien esta Seremi analizó la normativa referida , espera la respuesta dada por DDU para emitir su pronunciamiento. En cuanto se tenga mayores antecedentes se informara a las empresas participantes y se tomaran las acciones correspondientes en el concurso.
Empresa se compromete a enviar por correo análisis normativo efectuado.
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Gestor de intereses JORGE NIEMANN FIGARI EMPRESA CONSTRUCTORA GUZMAN Y LARRAIN SPA
Gestor de intereses CARLOS AGUIRRE MANDIOLA CARLOS AGUIRRE MANDIOLA
Gestor de intereses Eduardo Cabrera GESTORA MASHOGAR LTDA
2021-01-26 12:00:00 AP001AW0910744 Gestor de intereses Esteban Galeas Cabrié ENGIE ENERGÍA CHILE S.A. Revisión observaciones a solicitud de permiso de edificación presentada por el arquitecto Sr. Inti Baeza S. el 21 de octubre de 2020, con la finalidad de poder subsanarlas y continuar con la tramitación del permiso respectivo.

Acuerdo:
Se consulta específicamente sobre medios probatorios de construcciones realizadas en Central Chapiquiña, las cuales de acuerdo al propietario fueron realizadas antes de 31 de Julio de 1959.
Al respecto se informa que la Ordenanza indica que debe presentarse Documentación que demuestre la data de la construcción, pudiendo corresponder a medios de prueba gráficos o escritos, tales como planos aprobados, cuentas de servicios, certificados de contribuciones, catastros municipales o de otros organismos públicos o informe realizado por una empresa u organismo certificador que acredite la antigüedad de la construcción.
Al respecto se informa que deben recabar información referida a medios gráficos, o descripciones de historiadores o de la Empresa que den cuenta que las construcciones fueron realizadas con anterioridad al año 1959.
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Gestor de intereses Beatriz Acosta ENGIE ENERGÍA CHILE S.A.
Gestor de intereses RICARDO PETERS ENGIE ENERGÍA CHILA S.A.
Gestor de intereses Inti Baeza Salgueiro ENGIE ENERGÍA CHILE S.A.
2021-01-25 10:00:00 AP001AW0910317 Gestor de intereses Benjamín Murúa Benjamín Murúa Acuña Consulta sobre anteproyecto Portal Arata y su superficie bruta correspondiente, ingresado en DOM .


Acuerdos:
Se consulta acerca de observación realizada por DOM referente a calculo de superficie bruta del Proyecto Portal del Norte para efectos del calculo de densidad del proyecto.
Se indica que producto que el oficio de observaciones se encuentra dentro del plazo indicado por la Ley General de Urbanismo, esta SEREMI emitirá un pronunciamiento en base a los antecedentes presentados y el procedimiento estipulado en el art 118 L.G.U.C.
Se solicita presentar la consulta y antecedentes de respaldo formalmente para analizar el caso.
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2021-01-25 10:00:00 AP001AW0930060 Gestor de intereses Benjamín Murúa Benjamín Murúa Acuña Revisión de Resolución exenta Nº 57/2021

Se consulta acerca de observación realizada por DOM referente a calculo de superficie bruta del Proyecto Portal del Norte para efectos del calculo de densidad del proyecto.
Se indica que producto que el oficio de observaciones se encuentra dentro del plazo indicado por la Ley General de Urbanismo, esta SEREMI emitirá un pronunciamiento en base a los antecedentes presentados y el procedimiento estipulado en el art 118 L.G.U.C.
Se solicita presentar la consulta y antecedentes de respaldo formalmente para analizar el caso.
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2021-01-22 10:00:00 AP001AW0909384 Gestor de intereses Rodrigo Eugenio Poblete Muñoz Rodrigo Poblete Muñoz Necesita una reunión con el SEREMI para consultar el estado de la tramitación de la falta realizada por la constructora que está construyendo un edificio de 4 pisos en sector de la Lisera



Acuerdo:
Fecha audiencia Lobby: 22-01-2021 10.00 HRS
Nombre: Rodrigo Poblete Muñoz
Necesita una reunión con el SEREMI para consultar el estado de la tramitación de la falta realizada por la constructora que está construyendo un edificio de 4 pisos en sector de la Lisera
En relación a reunión sostenida el día de hoy, respecto a pronunciamiento presentado a esta Seremi MINVU, respecto a construcción de edificio en sector La Lisera, el cual estaría trasgrediendo norma de altura establecida en el Plan Regulador Comunal, se indica que esto fue resuelto mediante Resolución N°170 de fecha 08 de Junio de 2020, documento del cual los requirentes tiene conocimiento, pero que a la fecha no han obtenido respuesta ni resultados por parte de Dirección de Obras Municipales ni de Contraloría Regional, encontrándose el edificio habitado.

Al respecto se indica que dicha Resolución fue enviada a Dirección de Obras Municipales y a Contraloría Regional, y que este Servicio no ha recibido cartas ni documentos que indiquen procedimientos adoptados en virtud de los incumplimientos detectados.

Por lo cual se sugiere reiterar requerimiento de ambos servicios por escrito, dado que si bien este Servicio cuenta con atribuciones de fiscalización las cuales ha ejercido mediante la Resolución N°170/2020, no cuenta con facultades resolutivas como sería en este caso la solicitud de modificación de permiso o demolición en caso de corresponder. Lo cual debe ser presentado ante los tribunales de justicia.
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2021-01-20 11:00:00 AP001AW0906517 Gestor de intereses Ricardo Chameng Cornejo FRIEX E.I.R.L. Solicitamos reunión para conocer criterio aplicable del MINVU cuando -sin recurrir a la figura del cambio de suelo, dado a que no se está cambiando-se requiere montar una estructura metálica (galpón prefabricado100 m2 arpx. donde se almacenarán insumos y alimentos agrícolas y alimentos para animales, conservando el resto del terreno la aptitud agrícola suficiente para sembrar hortalizas, incluso invernaderos.

Acuerdo:
Se consulta sobre pertinencia de presentar proyecto para construcción de galpón de 1000 m2 destinados a insumos agrícolas en el Valle de Azapa, Km 6.
Se expone acerca de la aplicación del art 55 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, el cual establece que el área rural solo se permiten actividades de tipo agrícolas y la vivienda del propietario.
Si el galpón no contempla procesos productivos de transformación de productos y solo está destinado a acopio de insumos agrícolas, no requiere presentación ante la Seremi MINVU para obtención de Informe Favorable de Construcción, debiendo solicitar el permiso directamente en Dirección de Obras Municipales.
Distinto sería el caso si contempla venta de insumos agrícolas en el mismo terreno, ya que en esa situación corresponde a actividad de tipo comercial por la cual debería contar con el Informe Favorable de Construcción, tanto de la Seremi MINVU como del SAG, en forma previa a la presentación ante D.O.M.
Se aclara consulta y requirentes presentara expediente en Dirección de Obras Municipales.
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