Biby Ferrada - Audiencias

En este registro encontrará las audiencias efectuadas en conformidad con la ley N° 20.730 por los sujetos pasivos que se señalan.

Fecha Identificador Asistentes Representados Materia Detalle
2015-10-14 15:30:00 AO005AW0027240 Lobbista Andrea Lama Andrea Lama Explicar product que se regala, de acuerdo a lo solicitado por Sra. Pamela Milla en mail de más abajo y confirmar que entregar un producto de un valor commercial menor a 0,1 UF?

From: Pamela Milla [mailto:pmilla@ispch.cl]
Sent: jueves, 27 de agosto de 2015 14:38
To: ANDREA VERONICA LAMA INOSTROZA - Network
Cc: Biby Ferrada
Subject: Re: Ley de Fármacos consulta

Estimada Andrea la ley es bastante tajante al respecto , sin embargo derivó esta pregunta a asesoría jurídica y te solicito nos expliques a que se refiere exactamente el producto que se les regala

Enviado desde mi iPhone

El 27-08-2015, a las 12:54, ANDREA VERONICA LAMA INOSTROZA - Network escribió:

Estimada Pamela o Helen,

Esperando que se encuentren muy bien, le escribo para hacer una consulta sobre Promoción.
De acuerdo a la entrada en vigencia de la Ley N°20.724, Ley de Fármacos el día 14 de febrero de 2014, según el artículo N°100 de la ley, donde se establece que:

“Quedan prohibidos la donación de productos farmacéuticos realizada con fines publicitarios y los incentivos económicos de cualquier índole, que induzcan a privilegiar el uso de determinado producto a los profesionales habilitados para prescribir y dispensar medicamentos o a los dependientes de los establecimientos
de expendio y a cualquier otra persona que intervenga en la venta o administración de medicamentos. Se entenderá por incentivo cualquier pago, regalo, servicio o beneficio económico entregado o realizado a las personas señaladas en el inciso anterior, por parte de laboratorios farmacéuticos, droguerías, importadores o distribuidores de medicamentos, establecimientos farmacéuticos en general o por quienes los representen”

Quisiera saber cómo actuar en el caso de entrega de gimmicks a médicos, con el nombre de un producto. A mi entender, un gimmick no induciría o incentivaría a que un médico prescriba más un producto, por lo tanto no caería dentro de la categoría de “regalo” que induzca a la prescripción, por lo tanto pueden ser distribuidos.

¿Es correcta mi interpretación?

Es posible entregar Gimmick de cierto valor económico a los médicos, hasta que valor no es considerado por Uds. Incentivo?

Agradeciendo su aclaración y comentarios
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Gestor de intereses Ignacio Gomez Ignacio Gomez
2015-10-14 04:30:00 AO005AW0034090 Gestor de intereses Roberth Lopez Silva Robert Lopez Silva Fiscalizaciones por parte de personal de inspectores del ISP, multas excesivas y alcances de éstas para continuidad de negocio.. Ya que el impacto de éstas, a su juicio es discriminatorio. Ver detalle
2015-09-30 15:30:00 AO005AW0027108 Gestor de intereses Roberth Lopez Silva Roberth Lopez Silva Audiencia para tratar alcances de multas por fiscalizaciones y su envergadura (alcance de fiscalizaciones, montos excesis
vos) que ponen en peligro la continuidad de su negocio.
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2015-09-16 16:00:00 AO005AW0023116 Lobbista Luis Ramiro Moya Gutiérrez Genomma Lab Chile S.A. Recurso Extraordinario Revisión en contra de la resolución exenta Nº 101/15, de fecha 5 de enero de 2015, ref. N°: RF480423/13. Ver detalle
Gestor de intereses Alexis Cepeda Genomma Lab Chile S.A.
2015-09-16 15:30:00 AO005AW0020868 Lobbista Andrea Lama Andrea Lama aclaración y respuesta de mail de Pamela Milla enviado 28-8-15:Estimada Andrea la ley es bastante tajante al respecto , sin embargo derivó esta pregunta a asesoría jurídica y te solicito nos expliques a que se refiere exactamente el producto que se les regala Ver detalle
2015-09-09 16:30:00 AO005AW0019768 Gestor de intereses JAIME ANDRÉS LUARTE CORREA JAIME ANDRÉS LUARTE CORREA 1.- Resolución Exenta 5131 de 10 de julio de 2006 del ISP en cuanto a la eximición de control de calidad a realizar en Chile de productos cosméticos importados.
1.1.- Certificado extendido por la autoridad competente del país de origen que reconozca la existencia de la planta fabricante del producto de que se trate y el cumplimiento de las normas exigidas por dicha autoridad. (Certificado de Buenas Prácticas de Manufactura emitido en el país de origen).
1.2.- Boletín de análisis del laboratorio fabricante en original, del producto cosmético de que se trate (Boletín de Análisis aprobado en el país de origen + certificado de laboratorio con la autorización gubernamental)
2.- Certificado de libre venta (CLV) con su fórmula cualitativa y cuantitativa, legalizado y consularizado, emitido por la autoridad sanitaria del país donde se FABRICA el producto.
3.- Certificado de Seguridad de Uso (CSU) Especificaciones de Calidad de Producto Terminado (ECPT) en cumplimiento con Res. 6444/05, conteniendo características organolépticas, físico químicas y microbiológicas.
4.- Solicitud de Certificado de Destinación Aduanera (CDA) y Autorización de Uso y Disposición (AUyD) .
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2015-09-09 16:00:00 AO005AW0019355 Gestor de intereses Raúl Soto GALENICUM HEALTH SPA Recursos de reposición en contra las resoluciones Exentas RW Nº 5685/15, RW Nº 5576/15 y RW Nº 5655/15. Ver detalle
Lobbista Luis Ramiro Moya Gutiérrez GALENICUM HEALTH SPA
2015-09-09 15:30:00 AO005AW0018658 Gestor de intereses Juan Barrera Juan Barrera Suárez Proceso de Fusión de Farmacias Ahumada, para actualizar Resoluciones Sanitarias de todas las farmacias sucursales con nueva Razón Social y RUT. Ver detalle
Lobbista Verónica Navarrete Verónica Navarrete
Gestor de intereses Paolo Leonelli Paolo Leonelli
2015-08-27 09:30:00 AO005AW0016483 Lobbista Pedro Molleda Quintana Realgemss Amenites Efectos de la titularidad del registro sanitario de productos cosméticos importados. Ver detalle
2015-08-26 11:00:00 AO005AW0016475 Gestor de intereses Alfredo Guevara Alfredo Guevara Zamudio 1) Status de las referencias D553882/14 presentada el 1 de agosto de 2014. Recurso de reposición en contra de la resolución exenta número 14650 de fecha 17 de julio de 2014.-
2) Status de la referencia número 233/15 presentada el 8 de enero de 2015. Alegaciones respecto de la cancelación de registros sanitarios específicos
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Lobbista Luis Ramiro Moya Gutiérrez Luis Ramiro Moya Gutiérrez
2015-08-26 10:30:00 AO005AW0014230 Gestor de intereses Manuel Lucero Amar Manuel Lucero Conocer criterios establecidos para rebajas de multas por sumarios de Bioequivalencia Ver detalle
Gestor de intereses Patrick Balaresque Patricio Balaresque
2015-08-26 09:00:00 AO005AW0015669 Gestor de intereses HECTOR ENRIQUE ROJAS PICCARDO FELIPE ARMIJO CEBALLOS RECURSO DE REPOSICIÓN FARMA ULLOA
ACTUACIÓN DE FISCALIZADORES DE FARMACIA
CRITERIOS DE MULTA DE FARMACIA
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2015-07-15 09:30:00 AO005AW0010413 Gestor de intereses Pablo César Cuello Lira Linde Gas Chile S.A. Consulta sobre las órdenes impartidas del Ord. N° 0583 de fecha de 6 de abril de 2015.
Acta inspecciones
Droguería y Laboratorio ambos con un solo Director Técnio. plazos otorgados para cambio de dirección.
Plazo 10 días hábiles para adjuntar documentación.
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2015-07-08 09:30:00 AO005AW0009395 Gestor de intereses LUCILA ESPINOLA LUCILA VALERIA ESPÍNOLA SEGUIMIENTO DE AUDIENCIA REF. AO005AW0007340, TEMAS;
1. ART. 128 LEY 20.724.
2. DS 122 DE 13.03.2014 MINISTERIO DE SALUD; SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA Y SUS MODIFICACIONES
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Gestor de intereses Pamela Morales PAMELA MORALES
2015-06-11 15:00:00 AO005AW0007340 Gestor de intereses LUCILA ESPINOLA LUCILA VALERIA ESPINOLA Artículo 128 código Sanitario.
Aplicación exigencia para importación
Registros vigentes que se importan
Cuota de importación de productos psicotrópicos
Decreto 122
Trámites pendientes de bioequivalencia
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Gestor de intereses Pamela Morales PAMELA MORALES