Estimados, conforme al artículo 2 de la Ley N°20.724 los proveedores de productos farmacéuticos estarán obligados a publicar los precios de los productos que expenden, y los descuentos por volumen que apliquen en sus ventas. De lo anterior, agradeceré nos puedan indicar en razón de qué facultad y en qué normal legal se sustentan las auditorias que realiza el ISP a los mayoristas para solicitarles que sus plataformas B2B de e-commerce sigan las mismas reglas que respecto al B2C (llegada a pacientes).
En la reunión se abordó los temas de publicidad y del articulo N° 2 de la ley 21740 respecto a que los proveedores de medicamentos deben tener publicado su lista do de precios y los descuentos por volumen. Se le explico el contexto y adicionalmente que la ley dice que no se puede discriminar a las farmacias en este aspecto. |