Audiencias - Año 2024 - Heriberto García - Audiencia AO005AW1611444

Información General
Identificador AO005AW1611444
Fecha 2024-07-10 10:30:00
Forma Videoconferencia
Lugar Unirse a la reunión ahora Id. de reunión: 266 959 141 480 Código de acceso: js9ebD
Duración 0 horas, 30 minutos
Asistentes
Nombre completo Calidad Trabaja para Representa a
Marcela Núñez Gestor de intereses Comercial LBF Limitada Marcela Nuñez
Sandra Meza Gestor de intereses sandra meza
Heriberto García
Mirtha Parada
Materias tratadas
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos.
Elaboración, tramitación, aprobación, modificación, derogación o rechazo de acuerdo, declaraciones o decisiones del Congreso Nacional o sus miembros incluídas comisiones.
Especificación materia tratada
Estimada buenas dias,

Junto con saludar, necesito en forma urgente una reunión por el régimen aplicado al ácido hialuronico intraarticular el 2023, cambiando desde dispositivo médico a farmacéutico,

Primero:
Nos preocupa mucho el quiebre que puede generar en los médicos y pacientes la falta de este producto, ya que si bien existe uno registrado en Chile de una concentración de 25 mg, este no satisface las necesidades médicas porque dependiendo la patología y el tamaño articular es el ácido hialuronico a ocupar, es por eso que en el mercado existen de varias concentraciones,

Me gustaría saber cual es el motivo y razón de cambio, necesito aclarar el concepto que los llevó al cambio.

Desde hace algunos años la exigencia para un registro farmacéutico cada vez es mayor, y el ácido hialurónico es un dispositivo médico desde origen, por lo menos así es en todo Europa, a excepción de Tailandia que es un DM con registro, si bien los laboratorios donde se fabrica el dm cumplen con ISO, y varios protocolos, me preocupa la exigencia farmacéutica de Chile y que luego nuestros proveedores no nos vean como una opción para distribuir.

Agradeciendo de antemano la recepción de esta petición,


DESARROLLO

Representa una preocupación por el acceso del ácido hialurónico. Indican la existencia de estudios clínicos en España, del uso de ácido hialurónico a distinto peso molecular, que es algo a considerar para su régimen, como dispositivo medico v/s medicamento.

El informe 17-A explica el uso del ácido hialurónico inyectable y su régimen del control aplicable. Hay estudios que concluyen el mecanismo fisiológico propio de los productos farmacéuticos en el uso intraarticular en la osteoartritis.

Se les recomienda que como empresa revisen el informe 17-A y dado que tienen nuevos antecedentes, si lo estiman conveniente, referente al peso molecular, que hace una diferencia entre medicamentos y dispositivos médicos, los hagan llegar para una evaluación especifica en ese tema.

Se les indica seguir los procedimientos respectivos y se les envían los links para realizar los respectivos tramites.