Natalia Véjares expone que comparte el criterio que el ISP adoptó para resolver un sumario sanitario en el año 2021, respecto de la publicidad de medicamentos de venta directa, donde no se sanciona a una farmacia bajo el cargo de publicidad, por exhibir información básica comercial de algunos productos.
Señala que el mismo criterio no ha sido adoptado en otros sumarios, en circunstancias que los presupuestos fácticos serían iguales. Agrega que hay sumarios que tienen recursos de reposición pendientes donde debería aplicarse el mismo criterio que reconoce en las farmacias la posibilidad de exponer la fotografía, el nombre y precio del producto, entre otras condiciones meramente comerciales. |