Audiencias - Año 2021 - Isel Gertrudis Cortés Nodarse - Audiencia AO005AW0924606
Información General
Identificador | AO005AW0924606 |
Fecha | 2021-03-04 11:00:00 |
Forma | Videoconferencia |
Lugar | Link enviado a los correos de los solicitantes |
Duración | 0 horas, 45 minutos |
Asistentes
Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
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Luis Corrotea Ortiz | Lobbista | Fastcomcorp SpA | Ebsa S.A. |
Leonardo Mechasqui | Gestor de intereses | EBSA S.A. | |
Cristian Otaegui | |||
Alejandro Boetsch Fernandez |
Materias tratadas
Elaboración, tramitación, aprobación, modificación, derogación o rechazo de acuerdo, declaraciones o decisiones del Congreso Nacional o sus miembros incluídas comisiones. |
Celebración, modificación o terminación a cualquier título, de contratos que realicen los sujetos pasivos y que sean necesarios para su funcionamiento. |
Diseño, implementación y evaluación de políticas, planes y programas efectuados por los sujetos pasivos. |
Especificación materia tratada
La empresa ha trabajado la innovación en varias áreas de negocio, entre ellas respecto a la salud. Presentan el desarrollo de un reactor molecular que permite eliminar virus, hongos, bacterias y que reduce el Covid19, considerando que esta tecnología se puede usar para la pandemia. Quieren validar la tecnología, dar a conocer y hacer desarrollos en Chile y Sudamérica para esta tecnología. Explican que no genera ozono, tampoco es un purificador de aire; tiene ventajas competitivas. Pretenden habilitar recintos que tienen restricciones por razones de aforo ya que elimina el virus en el ambiente. Pretenden aplicarlo en estaciones de metro, colegios, transporte público. La tecnología ha sido probada en laboratorios de Europa y han obtenido la validación del equipo en CESMEC Buro Veritas en Chile. La Jefe Dpto Salud Ambiental explica la normativa vigente, el rol del ISP en el registro de productos desinfectantes. Les explica que el ISP no certifica o avala tecnologías o máquinas en general respecto de su uso como desinfectantes, sino que evalua productos de acuerdo a los requisitos establecidos en la normativa y los registra lo que significa una autorización para el uso, de manera que puedan ejercer su acción en condiciones seguras para las personas y el medio ambiente. Se les explica que si la tecnología descrita general un producto químico aunque sea inestable como el ácido hipocloroso o el ozono, entonces tienen que solicitar el registro el ISP con la prestación 8328003. Se les indica también que el ISP no promociona el uso de tecnologías de desinfección ni tampoco de un producto por sobre el otro. El ISP ejerce su función según las atribuciones que le conceden el Código Sanitario y el Decreto Supremo 157/2005 en este caso particular de los desinfectantes de superficie y ambiente, para uso sanitario y doméstico. Se reitera que no es requerimiento que el ISP entregue pronunciamiento para que los usuarios puedan aplicar tecnologías avanzadas por sobre los productos tradicionales registrados. Se reitera además poner mucha atención a las palabras utilizadas para promocionar su tecnología ya que las indicaciones de la Autoridad Sanitaria para la gestión de la pandemia, consideran la distancia física que se traduce en restricciones de aforo para determinados espacios y promocionar una tecnología no conocida en el país como la contrapartida a las restricciones de aforo, no corresponde a una acción que el ISP apoye. Se insiste en que todas las personas deben seguir las indicaciones de la Autoridad Sanitaria para la gestión de la pandemia. Se indica también que Chile no tiene reconocimiento automático de autorizaciones sanitarias por lo que el hecho de que esta tecnología se utilice en Europa no constituye una aceptación automática para su implementación en Chile. No obstante lo anterior, si la tecnología que describen no aplica a los productos registrados según el Decreto Supremo 157/2005, entonces lo pueden utilizar con la responsabilidad debida a sus usuarios, permitiendo el acceso a los respaldos científicos que avalen su eficacia, a pesar de que el ISP no lo valide o certifique puesto que no tiene atribuciones legales para ello. Se agradece la instancia de conversación, aclaraciones técnicas y se les desea suerte con su desarrollo. |