Audiencias - Año 2021 - Carlos Bravo - Audiencia AO005AW1048521

Información General
Identificador AO005AW1048521
Fecha 2021-12-07 11:40:00
Forma Videoconferencia
Lugar Ingreso de solicitud de audiencia AO005AW1048521 Martes, 7 de diciembre · 11:40 – 12:00 Información para unirse a Google Meet Enlace a la videollamada: https://meet.google.com/gvu-napp-gwg O marca el: ‪(CL) +56 43 245 2070‬ PIN: ‪980 225 101 8687‬# Más nú
Duración 0 horas, 20 minutos
Asistentes
Nombre completo Calidad Trabaja para Representa a
Ricardo Cuevas Cornejo Gestor de intereses ricardo cuevas
Elías Núñez Gestor de intereses Elias Nuñez
Materias tratadas
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos.
Especificación materia tratada
Apelar al rechazo de internacion de productos cosmeticos para uso personal retenidos en Aduana en Aeropuerto.
Señores INSTITUTO SALUD PÚBLICA , SR. CARLOS ALBERTO BRAVO el que suscribe Elias Nuñes Jerez , vengo en aclarar algunos puntos de vuestra resolución que creo deben ser revisados:
1/ Los productos adquiridos a la empresa competente en ESPAÑA cuentan con certificación de acuerdo a la información provista por el vendedor , que si es necesario adjuntar , lo puedo solicitar a la empresa que los fabrica. , según su consideración ,no procede autorizar para uso personal; que la elaboración de productos debe realizarse en establecimientos autorizados en conformidad al Decreto Supremo 239/02; puedo responder que en ningún momento planteó la elaboración de los mismos , sino que se trata de productos con rótulo de origen , para uso aromático sin más.
2/ Respecto al artículo 107 del código sanitario , no existe voluntad ni intención de distribución de los productos, No hay interés ni intención alguna de comercializarlos.
3/ Respecto a Resolución Exenta N° 56 de 11 de Enero de 2019 del Instituto de Salud Pública de Chile. No dudo en las facultades , ni es su competencia , pero solo quiero ser enfático que antes de comprarlos ,como cuando compras un perfume , consulte acerca de su certificación y sus usos aromáticos , estuvieran en regla sanitaria previendo el control del Sag a su ingreso, (se trata de una empresa cosmetica profesional y no artesanal: Olfatorium por eso los declare , en señal de transparencia, solicito pueda revisar su resolución ,pudiendo tener chance de respaldar con los certificados que usted disponga y solicite.
Agradezco de antemano su consideración,


Usuario hace importación de desodorantes ambientales.
Se le informa que esos productos no son competencia del ISP, se le recomienda por protocolo presentar una carta a OIRS solicitando el pronunciamiento formal del ISP. De manera tal que nuestra respuesta sea presentada ante el agente retenedor.