Audiencias - Año 2019 - Isel Gertrudis Cortés Nodarse - Audiencia AO005AW0732847

Información General
Identificador AO005AW0732847
Fecha 2019-09-26 15:00:00
Forma Presencial
Lugar Oficina jefatura DSA. Ave Marathon 1000. Segundo piso edificio institucional.
Duración 0 horas, 30 minutos
Asistentes
Nombre completo Calidad Trabaja para Representa a
Ariel Martínez Lobbista HOLDING ANASAC SACEI ANASAC AMBIENTAL SA
Materias tratadas
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos.
Especificación materia tratada
El Sr. Ariel Martínez, representante de la Empresa Anasac Ambiental S.A., informa lo siguiente:
- Viene a consultar por una gestión respecto de un registro de un producto que no renovaron a tiempo y por tanto la Unidad Plaguicidas canceló el registro como corresponde.

- En el Oficio recibido respecto de la cancelación se solicita a Anasac informar dentro de 15 días la conciliación y el retiro del producto en el mercado. En la práctica es una información difícil de completar por cuanto el producto se encuentra distribuido en todo el país.

- Por lo mismo, ellos han ingresado al ISP una solicitud para obtener permiso de comercialización hasta agotar el stock del producto, ya que el producto no tiene registro vigente porque la empresa decidió innovar en nuevas formulaciones, no porque el producto tenga alguna complicación con seguridad o eficacia.
- Las unidades que ahora puedan estar en el mercado, se entregaron en la fecha que el registro estaba vigente.
- No quieren tener problemas con la autoridad porque encuentren en el mercado un producto con registro no vigente.
- Quieren saber cómo informar al Instituto sobre la conciliación y el retiro del producto en el mercado.
La Jefatura del Departamento Salud Ambiental y la Jefa Unidad Plaguicidas Desinfectantes, informan lo siguiente:
- El ISP no puede entregar Resolución autorizando comercializar hasta agotar stock a un producto cuyo registro ahora no existe (está legalmente cancelado).
- Sin embargo, el ISP no realiza fiscalización en el mercado; eso es labor de las SEREMIs.
- Considerando que la Resolución de cancelación fue emitida por el ISP, se le sugiere que presente formalmente la conciliación de las unidades tanto al ISP como a la SEREMI, para evitar sanciones en la eventualidad de que resulten fiscalizados. Así cada institución podrá ver su parte en la competencia.


- A futuro, se les recomienda que cuando tengan un producto que ya no van a seguir produciendo, con la misma fórmula, si les queda suficiente producción es mejor solicitar la renovación de ese registro, facilitando que se puedan comercializar con registro vigente y solo si les queda poco tiempo de vigencia y pocas unidades puedan solicitar la autorización de comercializar hasta agotar stock.
- Se le insiste en que legalmente, los trámites habituales de agotar stock, transferir registros, etc solo son posibles si el registro se encuentra vigente. Por ello, es mejor que se aseguren detalladamente de su situación antes de dejar que el registro venza por la fecha. Se insiste en que disponer del registro no obliga a comercializar pero no sucede igual a la inversa; es decir, no pueden comercializar sin registro.
- Se insiste y recomienda al Sr. Martínez que, para el producto en particular de la consulta, presente formalmente la documentación de la conciliación tanto en el Instituto de Salud Pública como en la SEREMI Región Metropolitana.

A esta audiencia participaron como sujetos pasivos: Dra. Isel Cortés Nodarse, Jefa Depto. Salud Ambiental y Q.F. Claudia Salazar, Jefa Unidad Plaguicidas y Desinfectantes.