Audiencias - Año 2019 - Carolina Lobos - Audiencia AO005AW0717678

Información General
Identificador AO005AW0717678
Fecha 2019-08-23 11:00:00
Forma Presencial
Lugar ISP, ubicado en Marathon 1000, sala de reuniones de ANAMED 3er piso
Duración 1 horas, 0 minutos
Asistentes
Nombre completo Calidad Trabaja para Representa a
Carolina Contreras Gestor de intereses GALDERMA CHILE LABORATORIOS LTDA. Bristol Myers Squibb
Clara Reyes Gestor de intereses Laboratorios Elea Chile SpA Gador Ltda.
María Eugenia Schiappacasse Rudolphy Gestor de intereses Kuene-Nagel ltda. Kuehne+Nagel Ltda
Macarena Rodríguez Gestor de intereses Bristol-Myers Squibb de Chile Bristol Myers Squibb
Fernanda Pamela Farías Torreblanca Lobbista Kuene-Nagel ltda. Kuehne + Nagel Ltda.
Verónica Marcela Puelles Ocaranza Gestor de intereses Sanofi Aventis de Chile
Materias tratadas
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos.
Especificación materia tratada
En VOG realizada con fecha 22 al 26.07.2019 a Laboratorio Farmacéutico Acondicionador y Laboratorio Externo de Control de Calidad de Kuehne+Nagel, se determinó que se debía retener contramuestras de todos los productos que fueran acondicionados, incluso productos para la Ley Ricarte Soto y Cenabast, en los que solo se debe incluir este destino. Esto implica un altísimo costo en productos, ya que en muchos casos se acondiciona en multiples ocasiones muy pocas unidades de un mismo lote. A la fecha esto se respaldaba mediante fotos que se dejaban en la Orden de Acondicionamiento.

Acompañan durante la audiencia:
Q.F. Maysie Paz Vallejos Campos, RUT N° 12.430.675-2, Jefe Sección Buenas Prácticas
Q.F. Carolina Valeria Sepúlveda Márquez, RUT N° 13.725.286-4, Inspectora Sección Buenas Prácticas

Desarrollo de la audiencia:
Los usuarios exponen la problemática respecto de los reacondicionamientos parciales de productos farmacéuticos distribuidos por Ley Rocarte Soto y Cenabast. Dichos reacondicionamientos deben ser realizados en plazos máximos de 24 hrs. y sólo para la inclusión de la leyenda específica. Se acuerda que expondrán la situación por escrito a la jefatura de Anamed, detallando claramente el problema, para evaluar posibles soluciones al respecto.