Audiencias - Año 2018 - Patricia Carmona - Audiencia AO005AW0540410

Información General
Identificador AO005AW0540410
Fecha 2018-10-10 10:00:00
Forma Presencial
Lugar Sala de reunión ANAMED 1° piso
Duración 0 horas, 30 minutos
Asistentes
Nombre completo Calidad Trabaja para Representa a
ROSA ELIZABETH PINILLA ROA Gestor de intereses Elizabeth Pinilla Roa
Sergio Peñailillo M. Gestor de intereses BPH S.A. Sergio Peñailillo
álvaro Awad Gestor de intereses : Rappi Chile SpA Álvaro Awad Sirhan
Oscar Contreras Gestor de intereses Oscar Contreras Pomés
Materias tratadas
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos.
Especificación materia tratada
a. Solicitud de revisión de la validez jurídica de los fundamentos contenidos en la Resolución Exenta RW N° 17473/18 respecto del medicamento COLCHICINA 0,5 mg comprimidos. Afectación Grave de Derechos Fundamentales y presentación efectuada por BPH S.A. y Aplicación de NOTA TECNICA N° 5 Version 3.0.

b. Procedencia de solicitar estudios de Bioequivalencia sobre moléculas que no tienen un comparador o referente terapéutico que permita comparar equivalencia terapéutica. Revisión de casos en donde el actuar del órgano fiscalizador presenta diferencias como la Resolución Exenta RW N° 17162/16 que autoriza renovación de medicamento a laboratorio OPKO. Discriminación arbitraria.

c. Potencialidad de liberación de requisito de bioequivalencia para el caso del medicamento Cochicina a la luz del Ordinario 1397/17.

DESARROLLO DE LA REUNIÓN
Solicitud de registro de colhicina.
Para Colchicina se envió resolución de término probatorio debido a que es una molécula de estrecho margen terapéutico por lo que equivalencia debe estar 90-111.modo técnica la menciono después de haber ingresado la solicitud.
Se señala que la nota técnica no es una norma sino que el tipo de exigencias corresponde a características de la molécula que, que en este caso, es de estrecho margen terapéutico.
BPH responder que no en todo el mundo se considera de estrecho margen terapéutico .
Se debe responder la resolución de término probatorio argumentando técnicamente.