1) Respecto de los puntos señalados en los N°s 2 y 3 de la solicitud, plantean la inconveniencia de la aplicación del criterio al otorgar la bioequivalencia terapéutica voluntaria. Que en el caso particular, se han visto afectados en licitaciones ante Cenabast, en las que han obtenido menos puntaje frente a un producto genérico, siendo el de ellos el innovador.
Manifiestan que es necesario revisar la aplicación de ese criterio, el que en su opinión no resulta apegado a la legistlación vigente.
Que no corresponde entregar la calidad de referente a un producto que no lo es, y que no existiendo exigencia sobre ese principio activo, no debiera entregarse BE voluntaria.
2) Respecto del punto 1 de la solicitud, se informa que está pendiente recibir informe desde Anamed. Se solicitará cuenta de dicha petición. |