Buenas tardes, me gustaría principalmente conocer cuales son los criterios y definiciones para la clasificación de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE), con respecto a su peligrosidad, y si actualmente se encuentra en proceso algún cambio normativo por parte de MINSAL. Considerando que sigue vigente el Reglamento de Residuos Peligrosos y en ese cuerpo legal los RAEE se clasifican en general como peligrosos. Lo último genera altos costos si es que se pretende almacenar transitoriamente estos residuos, teniendo como finalidad su reutilización por un tercero ya autorizado, pues algunas Seremis de Salud exigen requisitos como instalación de bodegas y retiro diario. En rigor, residuos como celulares, tablets, cables, cargadores, audífonos y otros electrónicos pequeños son de baja peligrosidad (toxicidad extrínseca si es que tienen un manejo inadecuado y en circunstancias que la propicien, lo cual no ocurre en una instalación controlada como un punto limpio). También en el futuro demasiadas exigencias para gestores podrían ser perjudiciales para cumplir con las metas de la Ley REP.
Además, necesitamos saber en qué estado se encuentra el Proyecto Reglamento de Almacenamiento de Residuos de Productos Prioritarios, y si existen disposiciones que ya estén aprobadas por MINSAL y MMA, ya que estas pueden implicar cambios importantes en instalaciones de almacenamiento de residuos.
De antemano muchas gracias. |