Audiencias - Año 2024 - Valeria Oyarzo - Audiencia AM010AW1580845
Información General
Identificador | AM010AW1580845 |
Fecha | 2024-05-16 10:00:00 |
Forma | Presencial |
Lugar | oficina regional de Vialidad Croacia 722 piso 4 |
Duración | 1 horas, 0 minutos |
Asistentes
Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
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Juan Bahamondez | Gestor de intereses | Alicia Rivero ALvarez | |
Alicia Rivero | Gestor de intereses | Alicia Rivero Alvarez |
Materias tratadas
Diseño, implementación y evaluación de políticas, planes y programas efectuados por los sujetos pasivos. |
Especificación materia tratada
Consultar estado juridico del acceso a la Hacienda 3R de propiedad de Alicia Rivero Alvarez, ubicada en la comuna de Torres del Paine, donde termina la Ruta 9 N. Conocer la documentación asociada a su afectación camino pública y data de los mismos. Tratar problematica asociada a la instalación de un porton de acceso. extracto de la reunión sostenida con la sra. Alicia Rivero en contexto de la Ley de Lobby: Extracto de reunión – Ley Lobby 16/05/2024 Alicia Rivero, propietaria Estancia 3R. La solicitante expone su molestia ante una carta que ordenó la reapertura de la Ruta 9N que cruza parte del predio de su propiedad, ubicado en la comuna de Torres del Paine. Alega que desde el año 1960 la estancia ha pertenecido a su familia, sin que se le haya expropiado retazo alguno. Señala que una autoridad le habría permitido cerrar con portón el camino toda vez que dentro de su predio existen caballos baguales, los que son sustraídos por terceros cuando el campo está abierto y que también existen restos fósiles, que también sustraen y que impiden el estudio que se está realizando por parte de comunidades científicas. Indica que actualmente ha solicitado un Derecho Real de Conservación para la protección de los caballos baguales. Se le responde a la solicitante que la Ruta 9N, cuyo final se ubica en el Río Baguales, está enrolada dentro de la red de caminos públicos que debe mantener la Dirección de Vialidad, y cuya transitabilidad debe ser asegurada por parte la autoridad, por lo que no procede realizar el cierre de caminos como el materializado por parte de la solicitante, estando facultada la Dirección para reaperturar de conformidad al DFL 850 de 1997. Se le señala que lo anterior surge de una visita inspectiva que se realizó a esta Ruta a principios de marzo, en donde se verificó que había cerrado el camino con una tranquera de acero, obstaculizando el avance en el camino público antedicho. La solicitante se compromete a que mantendrá sin llave la tranquera, de tal manera que puedan transitar libremente los usuarios de la ruta. Además, tomando en consideración el afán de conservación referido en la conversación, ingresará una solicitud de desenrolamiento en conjunto con el propietario de Estancia Las Cumbres, cuyo predio se emplaza entre la Estancia 3R y el fin de la Ruta 9N. Se le hace presente que una petición de esa envergadura requiere del pronunciamiento del nivel central, por lo que se canalizará a través de ellos la petición en cuanto se ingrese. Se pone término a la reunión. |