Audiencias - Año 2019 - Marly Flores - Audiencia AM010AW0772928

Información General
Identificador AM010AW0772928
Fecha 2019-12-05 11:00:00
Forma Presencial
Lugar Morandé 59, piso 4, oficina 420
Duración 2 horas, 0 minutos
Asistentes
Nombre completo Calidad Trabaja para Representa a
Alberto Núñez Gestor de intereses ALBERTO EDUARDO NUÑEZ LOPEZ
Alberto Núñez Gestor de intereses SOCIEDAD INMOBILIARIA PONCE SPA
EUGENIO GUZMAN COVIAN TEJERA Gestor de intereses EUGENIO GUZMAN COVIAN TEJERA
HECTOR GUSTAVO LORENZO ALVAREZ Gestor de intereses HECTOR GUSTAVO LORENZO ALVAREZ
EMILIANO COVIAN Gestor de intereses EMILIANO COVIAN
Materias tratadas
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos.
Especificación materia tratada
AMPLIAR ANTECEDENTES DE LA NOTA DE 24-09-2018 DIRIGIDA A SRA. MARLY FLORES ALTONAGA, JEFA EXPROPIACIONES DIRECCIÓN DE VIALIDAD, POR SOC. INMOBILIARIA PONCE SPA, RESPECTO RUTAS G-94, SU AMPLIACIÓN Y SITUACIÓN DE DOMINIO Y OCUPACIÓN ILEGAL POR ORGANISMOS Y REPARTICIONES DEL ESTADO.- RESPUESTA DE LA SRA. JEFA LUEGO DE AUDIENCIA CONCEDIDA EN 18-11-2018, Y OFERTAS DE SOLUCIÓN LUEGO DE ESTABLECERSE QUE LOS TERRENOS OCUPADOS POR EL FISCO Y SUS REPARTICIONES Y ORGANISMOS NO SON PROPIEDAD FISCAL Y JAMÁS FUERON EXPROPIADOS, AL TENOR DE LA SITUACIÓN DEL ACTUAL ESTALLIDO SOCIAL EN CHILE

Se inicia la reunión con la presentación de todos los asistentes. El Sr. Nuñez explica la razón de haber pedido la reunión y retoma la explicación de la reunión pasada, a lo cual esta Jefatura le señala que tanto en la reunión como en el oficio 1226 del 1/2/2019 enviado con la respuesta a su presentación, se estableció que el tema era de carácter judicial y que quienes tienen la potestad de resolver este tipo de controversias en Chile son los tribunales de justicia.
Sin embargo, el Sr. Eugenio Covian, explica que para ellos el tema está resuelto porque tiene documentación del Conservador de Bienes Raíces que acredita el dominio y consulta respecto de la validez de esa documentación, aludiendo a que él entiende que esa entidad es la encargada de velar por el acreditamiento del dominio.
Se le explica que el Conservador de Bienes Raíces cumple con el rol de ser Ministro de Fé, pero que en muchas oportunidades y en diversos lugares se nos ha dicho que la responsabilidad de los planos y documentación le pertenece a cada persona que presenta dicha documentación. Por tanto, para Vialidad el tema estaría zanjado en términos que le corresponde al presunto propietario presentar ante los tribunales una demanda reinvindicatoria, tal como se señala en el Art 26º del D.L. 850, conocida como ley de Caminos.
El Sr. Covian insiste en el pronunciamiento administrativo de la situación en cuestión, a lo cual se le reitera la imposibilidad de realizar dicho pronunciamiento por escapar a las funciones y atribuciones de este cargo.
Se insiste en que deben ser los tribunales competentes quienes resuelvan esta materia, no obstante plantean que previo a eso quieren realizar un ingreso con los nuevos aportes (como el fallo del juez respecto de la adquisición de los derechos de parte de la familia Pezoa) , ya que señalan que ellos han contratado profesionales y gastado dinero en resolver esta situación y por tanto quieren tener una cierta garantía en lo que presentarán en la demanda, a lo cual se le responde que no es necesario ese ingreso, pero que si lo solicitan, este Servicio no puede negarse a revisar su solicitud dentro del ámbito de sus atribuciones.
Dado que se plantea siempre el tema de toda la ocupación de terrenos por parte del Fisco, se les señala que esta Dirección solo puede responder por la faja del camino existente que se encuentre bajo su tuición y no de otros terrenos.
El Sr. Ponce hace referencia a un dato que él posee de cuándo se hizo el camino y donde estaban las instalaciones de Vialidad, a lo cual se le responde que si tiene esas pruebas las incorpore a la demanda.
Concluye la reunión.