Reunión realizada en fecha acordada. A esta reunión asiste doña Ninoska Urrea Salas, en representación de la Empresa Rammsy Group, exponiendo su desacuerdo con la gestión de la Inspección Comunal del Trabajo de Viña del Mar, en cuanto señala que, una funcionaria de dicha dependencia aplicó una multa a la empresa por “No tener registro de asistencia”, en circunstancias que el mismo ex trabajador lo sustrajo. Agrega que, interpuso al efecto una acción en la Fiscalía contra el ex trabajador, cuya tramitación se encuentra actualmente en trámite. Además, señala que solicitó reconsideración administrativa de la multa, resolviéndose al efecto la confirmación de la sanción. De acuerdo a lo anterior, se orienta al requirente informando la estructura legal sobre el monto de las multas que aplica la Dirección del Trabajo, dentro de sus facultades, explicando que, en caso de discrepancia con la labor fiscalizadora realizada por funcionarios de este Servicio, como Administrado, dispone de todos los medios que franquea la Ley para impugnar las resoluciones y los procedimientos realizados, ya sea ejerciendo las acciones establecidas en los artículos 503, 506 ter o 512 del Código del trabajo, o bien deducir los Recursos correspondientes, consignados en la Ley N° 19.880 que establece las bases de los procedimientos administrativos. |