Audiencias - Año 2018 - Esperanza Del Sol Echeverría Ovalle - Audiencia AL003AW0528544

Información General
Identificador AL003AW0528544
Fecha 2018-09-05 13:00:00
Forma Presencial
Lugar DRT Oriente, Providencia Nº729
Duración 1 horas, 0 minutos
Asistentes
Nombre completo Calidad Trabaja para Representa a
CLAUDIO ALEJANDRO LA ROSA ROJAS Gestor de intereses SINDICATO DE TRABAJADORES DE CLINICA AVANSALUD S.A.
JAIME GONZÄLEZ LARENAS Gestor de intereses SINDICATO DE TRABAJADORES DE CLINICA AVANSALUD S.A.
SEBASTIAN RAMIREZ QUELOPANA Gestor de intereses SINDICATO DE TRABAJADORES CLINICA AVANSALUD S.A.
FERNANDO ANDRÉS RODRÍGUEZ CORRALES Gestor de intereses SINDICATO DE TRABAJADORES DE CLINICA AVANSALUD S.A.
Materias tratadas
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos.
Diseño, implementación y evaluación de políticas, planes y programas efectuados por los sujetos pasivos.
Especificación materia tratada
MATERIAS TRATADAS Y/O ACUERDOS
- Solicitud de Audiencia, para plazos de negociación colectiva; resolución de calificación de servicios mínimos; plazos estimativos de presentación de proyecto de contrato colectivo; gestión de eventuales fiscalizaciones; gestión de eventuales pronunciamientos durante la negociación colectiva.
Por encontrarnos dentro de los plazos de la negociación colectiva reglada, y ante el transcurso de 118 días desde el requerimiento de calificación presentado el 04 de mayo de 2018 ante vuestra dirección, solicitamos la reunión con carácter de urgente.

ACTA REUNIÓN LOBBY

Sindicato de Avansalud:
*Están esperando resolución de servicios mínimos, desde el 04-05-2018.

Nos comprometemos a tratar de sacar la resolución antes del 18-09-2018 y apoyar al sindicato con capacitaciones.
Se hace presente que el plazo para emitir la resolución venció el 24-07-2018.
Además se señala que de acuerdo a los Dictámenes de La Contraloría General de la República los plazos para la Administración Pública, no son fatales, y que el retraso se debe a la excesiva carga de trabajo, que existe en materia de Servicios Mínimos.
Se les informa, que de acuerdo a la doctrina de este Servicio, que viene a complementar el inciso 4to, del artículo 360 del Código del Trabajo, la suspensión del inicio de la Negociación Colectiva, conlleva necesariamente la prórroga del Instrumento colectivo vigente, hasta por 60 días, contados desde la que la resolución que califica los Servicios Mínimos, se encuentra ejecutoriada.
Participan: Directora Regional del Trabajo, Coordinadora de Relaciones Laborales.