En Concepción, a 07/01/2016, en dependencia de la Dirección Regional del Trabajo del Bio Bio, siendo las 12:00 horas , asiste a la audiencia con el Director Regional del Trabajo, por parte de la organización sindical solicitante, la directiva sindical integrada por las Señoras Alejandra Latorre, Angela Cisternas y María Angélica Hernández. Estuvo presente en la audiencia el Coordinador Jurídico (S). La materia consultada era si el empleador podía modificar unilateralmente la jornada de trabajo de 5 dependientes. Relata la directiva que el 2013 los trabajadores tenían una determinada jornada de trabajo y, que la empresa solicitó a la Dirección del Trabajo, autorización de jornada excepcional, la que fue concedida, pero que algunos dependientes mantuvieron la jornada de trabajo que realizaban hasta el día de hoy.
Sin embargo, la empresa consideraba aplicar a todos los trabajadores hoy en día el sistema autorizado. Se les respondió que de los antecedentes proporcionados y tenidos a la vista, si las jornadas de trabajo de los dependientes afectados se ajustaba a derecho, el empleador podía aplicar el sistema excepcional o modificar la jornada de trabajo, sólo previo consentimiento del trabajador.Luego de leer los documentos, comentarlos y ver la situación que aquejaba a la organización, la directiva quedó conforme con la respuesta, poniéndose término a la audiencia a las 12:45 horas. |