Audiencias - Año 2019 - Haroldo Osvaldo Brito Cruz - Audiencia NR001AW0598893
Información General
Identificador | NR001AW0598893 |
Fecha | 2019-01-28 10:00:00 |
Forma | Presencial |
Lugar | Compañia 1140, segundo piso |
Duración | 0 horas, 30 minutos |
Asistentes
Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
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Rodrigo Andrés Romero Álvarez | Gestor de intereses | rodrigo romero |
Materias tratadas
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos. |
Especificación materia tratada
Estimado Presidente Consejo Superior Corporación Administrativa Del Poder Judicial. Sr. Haroldo Osbaldo Brito. Quisiera plantear la siguiente situación que obstaculiza el alcance de mis derechos. La falta de recurso para la aplicación del convenio sobre aspectos civiles de la sustracción y retención de menores de 1980 de la haya ,convenio aceptado, ratificado y aprobado por el estado de Chile ;donde el estado de Chile se ve obligado a respetar cada una de sus cláusulas ,entre las que destacan el artículo 26 que expresa textualmente "las autoridades centrales y otros servicios públicos de los estados contratantes no impondrán cantidad alguna en relación con las solicitudes presentadas en virtud de lo dispuesto en el presente convenio ,ni exigirán al solicitante pago alguno por las costas y gastos del proceso ni, dado el caso, por los gastos derivados de la participación de un abogado o asesor jurídico ..” Por lo demás para la implementación del convenio se estipula la igualdad de condiciones entre los estados contratantes y, por ende, la falta de recurso expone a los afectados chilenos a estar en condiciones desfavorables con respecto a la contraparte; en mi caso particular la sustractora vive en EE.UU. y presenta inmejorables condiciones con respecto a este tema. En referencia a la falta de recursos, existen muchas recomendaciones de la guía de buenas prácticas para las autoridades centrales, que no han sido implementadas por el estado de chile, sin ir más lejos, algo tan básico como una página de internet. En mi caso particular debo financiar un perito traductor y el abogado en EE.UU., de lo contrario tengo que solicitar un abogado pro-bono, lo cual no corresponde ya que si el convenio establece “…ni exigirán al solicitante pago alguno por las costas y gastos del proceso...” se puede inferir que debe ser un abogado que preste sus servicios bajo pago de honorarios. Sin lugar a dudas que todos estos hechos merman los tremendos sacrificios realizados por el equipo que compone la autoridad central en Chile, quien a pesar de realizar un trabajo profesional, lleno de vocación y sacrificio se ven limitados por la incapacidad del Estado de Chile de cumplir sus compromisos internacionales. Atte. Rodrigo Andrés Romero Álvarez. 13.263.458-0 Padre de Amanda Belén Romero Bahamonde y Paloma Del Carmen Romero Bahamonde. Retenidas ilegalmente por la sustractora en EE.UU. : María Eugenia Bahamonde Gajardo |