Audiencias - Año 2017 - Claudio Alvarado Solari - Audiencia MU340AW0359535

Información General
Identificador MU340AW0359535
Fecha 2017-10-20 10:00:00
Forma Presencial
Lugar 5 Oriente Nº 890
Duración 0 horas, 30 minutos
Asistentes
Nombre completo Calidad Trabaja para Representa a
Francisco Atilio Torrent Pastorino Gestor de intereses Servicios Generales Falabella Zona Norte Spa
Exequiel Jonathan Galleguillos Bustos Gestor de intereses Servicios Generales Falabella Zona Norte Spa.
Materias tratadas
Celebración, modificación o terminación a cualquier título, de contratos que realicen los sujetos pasivos y que sean necesarios para su funcionamiento.
Diseño, implementación y evaluación de políticas, planes y programas efectuados por los sujetos pasivos.
Especificación materia tratada
Señores Municipalidad de Viña del Mar
PRESENTE
De nuestra consideración:
Para dar cumplimiento a la ley de medio ambiente la empresa Servicios Generales Limari Spa RUT: 76327698-8 (Falabella Viña del Mar) necesita instalar bodegas de RESPEL y Punto Verde según lo siguiente:
Descripción de la importancia de la bodega en el pasaje Cousiño de la tienda Falabella Viña del Mar:
Esta tienda está optando a la certificación LEED, certificación americana de alto prestigio a nivel mundial, que integra la sustentabilidad en la construcción en varias categorías de impactos.
Para poder cumplir con esta certificación se necesita de manera obligatoria tener un sector donde se puede separar los residuos generados de la tienda con la intención de facilitar la recolección y almacenamiento de los residuos generados con el objetivo de reducir la cantidad que se dispone en rellenos sanitarios y poder dar otro uso a estos residuos. Lo que se necesita es lo que se ha presentado en el plano, es por esto la importancia de tener este sector, ya que sin él no podremos optar a tener esta certificación. Estas bodegas tendrían que ubicarse en pasaje Cousiño entre nuestra tienda Falabella y Ripley según plano adjunto, por lo tanto necesitamos su autorización.
Sumado a lo anterior, debemos dar cumplimiento en calidad de urgente a los siguientes cuerpos normativos:
Nº LEY, NORMA O ESTÁNDAR ORGANISMO ORGANISMO FISCALIZADOR DESCRIPCIÓN DEL RIESGO
1 Decreto Nº 148/2004 - Aprueba Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos. Ministerio de Salud Secretarías Regionales Ministeriales de Salud (RM) Que los sitios destinados al almacenamiento de residuos peligrosos (bodega de RESPEL) no cuenten con la autorización sanitaria de instalación.

Sanción: Libro X, Código Sanitario.
2 DS Nº 594/2000 - Aprueba Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo. Ministerio de Salud Servicios de Salud y Servicio de Salud del Ambiente en la RM. No realizar la acumulación, tratamiento y disposición final de residuos industriales NO PELIGROSOS en las condiciones exigidas en el Reglamento. (Puntos Verdes).
Sanción: Servicio de Salud del Medio Ambiente, Arts. 161 y sgts. Código Sanitario

Por último, a partir de junio del 2016, el MMA promulga la Ley 20.920/2016 del MMA “Ley Marco para la Gestión de Residuos, REP y Fomento del Reciclaje”, la cual tiene obligaciones y a su vez brindara oportunidades en el manejo de residuos sólidos.

Se recomienda presentar un nuevo proyecto que aporte algún beneficio o mejoras al espacio público del pasaje Cousiño. Se recomienda pedir reunión a la Secpla Municipal (Arquitecto Srta. Angela Escobar), para evaluar la propuesta.