Audiencias - Año 2017 - Gloria Meza - Audiencia MU340AW0375969

Información General
Identificador MU340AW0375969
Fecha 2017-11-24 15:30:00
Forma Presencial
Lugar 2 Oriente Nº 1021 esquina 11 Norte
Duración 1 horas, 0 minutos
Asistentes
Nombre completo Calidad Trabaja para Representa a
Lorena Vásquez Rojas Gestor de intereses Lorena Vásquez Rojas
Materias tratadas
Diseño, implementación y evaluación de políticas, planes y programas efectuados por los sujetos pasivos.
Especificación materia tratada
Exponer una situación gravísima en que la como persona natural he sido demandada en conjunto con la Alcaldia de Viña del Mar en relación a un permiso de construcción y recepción de obra que se me otorgó por parte de la DOM de Viña del Mar.
No obstante la sentencia indica que debo pagar 30.000.000 de pesos por concepto de daños morales a un vecino (el demandante quien indicó en la demanda que su vida personal y su salud mental fue dañada con la ampliación de mi casa).
Lo grave es para poder pagar tal indemnización tengo que vender mi casa (la misma construcción por la cual fui demandada) , la cual fue construida con mucho esfuerzo pues no tengo otros bienes y mi condición económica no me permita tener otro medio de pago. En resumen perderé mi casa por esta demanda.

SOLICITANTE EXPONE SITUACIÓN EN LA CUAL SE ACUERDA QUE EL SEÑOR ANDRÉS PEREZ REALIZARÁ LAS CONSULTAS CORRESPONDIENTES AL DEPARTAMENTO JURÍDICO, POR LA AUTORIZACIÓN DEL DEPARTAMENTO DE OBRAS, PARA ESTA AMPLIACIÓN, EN EL CUAL SE INDICA QUE LAS INSTANCIAS JURÍDICAS TRASCENDIERON A MAYORES , Y ENTREGARON LOS ANTECEDENTES EXACTOS DEL POR QUE DE LA AUTORIZACIÓN. EL SEÑOR ANDRES PEREZ, COMUNICARÁ DIRECTAMENTE A LA AFECTADA LA SITUACIÓN EXPUESTA ANTERIORMENTE.

26/12/2017- SE ACTUALIZA INFORMACIÓN POR REUNIONES SOSTENIDAS CON DON MARIO ARAYA , ASESORÍA JURÍDICA , INFORMA QUE LA MUNICIPALIDAD EN VIRTUD DE LA RESPONSABILIDAD SOLIDARIA QUE LE AFECTÓ EN EL CASO PARTICULAR, IBA A HACER PAGO DE LA MITAD DE LA IMDEMNIZACIÓN DE PERJUICIOS EN CONTRA DE LA SOLICITANTE DE LA AUDIENCIA.