El día 14 de Septiembre ingresamos la solicitud de permiso de edificación n°1379 vía DOM digital. El día 06 de Octubre, 22 días después, recibimos un acta de rechazo del ingreso del expediente refiriéndose al art 1.4.2 de la OGUC. Sin embargo, el art. 1.4.2 indica en su último inciso que: "No podrá rechazarse el ingreso de una solicitud, si ésta cuenta con informe favorable de un Revisor Independiente". El expediente en cuestión cuenta con su informe favorable de revisor independiente, por lo que el rechazo no se ajusta a norma. Solicito a Ud. una reunión para tratar este tema que nos genera un enorme perjuicio a no poder ingresar un permiso de edificación que es urgente para nosotros obtener en los plazos que establece la ley. |