Audiencias - Año 2020 - MARINO CATUR - Audiencia MU298AW0788199
Información General
Identificador | MU298AW0788199 |
Fecha | 2020-01-28 09:00:00 |
Forma | Presencial |
Lugar | Municipalidad de San Pedro de Atacama |
Duración | 0 horas, 30 minutos |
Asistentes
Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
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MARISEL ALEJANDRA COLQUE ANGULO | Gestor de intereses | antonio colque colque |
Materias tratadas
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos. |
Especificación materia tratada
Estimado, con fecha 28 de noviembre ingrese solicitud de audiencia por este mismo medio nº folio MU298AW0773218 , del cual a la fecha no he obtenido respuesta, razón por la cual me veo en la obligación de reiterar solicitud. El problema que afecta a mi familia, dice relación con varios temas y de los cuales se requiere respuesta por parte del Señor Alcade con suma urgencia. Dada la demora en dar respuesta, se han producido nuevas irregularidades. El ingreso de un plano con intención de subdividir el lote Nº31 ha ocasionado graves problemas. El lote nº 31, es de propiedad de una comunidad hereditaria, siendo co-poprietarios 6 personas. El plano de subdivisión predial, ingreso el año 2015, sin la autorización ni firma de uno de ellos, mi padre señor Antonio Colque. Este plano presenta errores y vicios garrafales. No se condicen las medidas que en el señalan con valores totales de mediciones. Cuestion de las cuales se debieron percatar personeros de la dirección de obras municipales, por el contrario, dieron curso a su tramitación y en base a ellos, acogieron no solo el plano sino las carpetas que se acompañaban y se otorgaron patentes municipales. En el mes de noviembre del año en curso, no obstante tener fisicamente cerrados los lotes, que no se coinciden con el plano que según señale esta viciado, dos copropietarios decidieron sin razón ni autorizaron alguna, correr los deslindes (que ellos a su antojo habían puesto el año 2015), causando un grave perjuicio a mi padre, quien es dueño de derechos en el lote nº 31. Todo eso se ha sucedido por el obrar negligente a los menos, de funcionarios de la dirección de obras municipales. En el mismo mes, la hija de la misma coporpietaria daño el letrero publicitario de mi madre, letrero que se ubica en terreno fiscal. denunciamos a la SEREMIA de Bienes Nacionales, ya que la administración de los bienes que pertenecen al fisco los amistar dicha entidad. y no obstante ello, en el mes de diciembre, los primeros días, fuimos citadas a la Dirección de Obras Municipales, ya que una semana antes se habían presentado en el lugar fiscalizadores de la DOM, mandatos según señalaron por SEREMIA de Bienes Nacionales y por una denuncia de la hija de la copropietaria por el uso del letrero. Al presentarnos indicamos nuestros argumentos y presentamos los antecedentes, ya que el tema se vincula con el bloqueo del acceso al lote nº30, de propiedad de mi madre, por las tomas de terrenos fiscales de las señoras guinna y cecelia Reyes. en dicha oportunidad, preiteramos respuesta de las solicitud ingresadas respeto del plano de ingreso de subdivisión del lote 31, el cual a la fecha no han sido dadas, solicitamos respuesta de las solicitudes del año 2018 aun pendientes de resolver. y se toco el tema del letrero para lo cual se comprometieron a buscar una solución, atendiendo que su ubicación en un TERRENO FISCAL, no obedece a un mero capricho en el actuar de mi madre, por el contrario, se ve en la obligación de mantenerlo en ese lugar por que se encuentra SIN ACCESO a su propiedad y como es obvio, sin frente. No obstante no dar respuesta formal, el día 27 de diciembre, le segaron a mi madre, una funcionaria de DOM señaló que debía retirar el letrero, sin que exista un pronunciamiento formal por parte de la I. municipalidad, exigiendo un claro incumplimiento a los deberes de probidad administrativa que la funcionaria debiera mantener. Si existe la voluntad de regularizar y administrar los bienes fiscales, existiendo los mismos antecedentes, que en el lugar se ubica la toma de terrenos fiscales, el letrero de mi madre , un carro de comida y escombros de las copropietarias del lote nº31, deberían aplicar la misma medida, es decir, despejar todo, partiendo por la toma de terrenos de fiscales que daña a terceros, en concreto mi madre, ya que reitero se encuentra sin poder ingresar a su propiedad teniendo su predio debidamente regularizado, inscrito en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raices. Todos estos de provocación y falta de probidad en el actuar de funcionarios de DOM. Ante la demora en dar debida respuesta a las diversas solicitudes, de 2018 existen pendientes, dando prioridad a denuncia por el letrero publicitario, solicitaremos que se investiguen nexos de amistad y conflictos de interés presentes en este caso. Por todo lo anterior, y atendiendo a la complejidad de cada uno de los temas planteados, como lo son acoger a tramitación la subdivisión predial con un plano manifiestamente falso y viciado; otorgar patentes municipales en base a esos documentos viciados; la demora en dar repuestas a solicitudes desde el año 2018; la urgencia que dieron al tema ordenar sacar un letrero de un terreno fiscal cuya administración corresponde al Ministerio de Bienes Nacionales; la demora en otorgar copias de los planos solicitados en noviembre, mismo mes de la denuncia por la ubicación del letrero, es que solicito se conceda la audiencia personal con el Señor Alcalde. |