Audiencias - Año 2019 - María Constanza Dyvinetz - Audiencia MU232AW0609673

Información General
Identificador MU232AW0609673
Fecha 2019-02-19 11:07:00
Forma Presencial
Lugar SALA DE REUNIONES DOM, CONCHA Y TORO 1820
Duración 0 horas, 13 minutos
Asistentes
Nombre completo Calidad Trabaja para Representa a
Andres Hernan Mocarquer Mocarquer Gestor de intereses andres mocarquer mocarquer
Hugo Manríquez Gestor de intereses Arquitectura y Diseño HMM Ltda. sylvia mocarquer mocarquer
Materias tratadas
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos.
Especificación materia tratada
Se solicita que se admita la documentación de solicitud de permiso de obra nueva del año 1969 como base para la Modificación de Permiso
En la primera revisión DOM de solicitud de permiso de edificación N° 201840044 para construcción ubicada en Av Concha y Toro N° 89, el arquitecto revisor estipula que se debe acreditar y presentar las aprobaciones que se declaran en esta solicitud como edificación existente.
Nosotros hemos tomado de base los documentos respaldados en los archivos digitales de la DOM, referidas a una solicitud de edificación nueva del año 1969, cuya planimetría se replica en posteriores resoluciones de subdivisión predial de los años 1973 y 2015 ( cuyas superficies además, se han utilizado para pagar el impuesto territorial respectivo durante los últimos 50 años). Como ni la DOM ni el propietario han podido probar que esa solicitud de edificación del año 1969 no tuvo una resolución aprobatoria, por cuanto es sabido que varios archivos antiguos de la DOM se perdieron, es que en esta solicitud de permiso N° 201840044 pedimos que se nos apruebe como Modificación a ese permiso del año 1969. Encabezando los documentos de esta solicitud se adjuntó una carta a la Directora de Obras explicando y solicitando lo expuesto. Esta es la tercera o cuarta tentativa de solicitud de permiso de obras de este caso desde el año 2017, apelando esta vez a esta figura ya que la construcción existente está en área afecta a utilidad pública, para la cual se está pidiendo simultáneamente acogernos al Art. 121 de la LGUC. En los sucesivos ingresos de solicitud de permiso, nos hemos pasado de los plazos estipulados por la Municipalidad para resolver las condiciones (observaciones) y/o acuerdos tomados con la DOM, completando lo exigido y acordado en el siguiente ingreso, pero como el arquitecto revisor actual está en desconocimiento del proceso que hemos pasado con ustedes, esta observación indicada en el principio sería un impasse