Audiencias - Año 2024 - Carlos Barra - Audiencia MU230AW1513396

Información General
Identificador MU230AW1513396
Fecha 2024-02-20 09:00:00
Forma Presencial
Lugar alcaldia
Duración 0 horas, 30 minutos
Asistentes
Nombre completo Calidad Trabaja para Representa a
Héctor Muse Gestor de intereses Guillermo Muse
Materias tratadas
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos.
Especificación materia tratada
En relación con caso de Earle Iturra Quijón, se solicita audiencia con el señor Alcalde de la I. Municipalidad de Pucón, don Carlos Barra Matamala a fin de que se le pueda otorgar al primero, monto correspondiente al bono incentivo al retiro establecido en la Ley 10.964.
El señor Iturra, desde el 1 de julio del año 1982 y por más de 40 años continuos trabajó en el
Departamento de Educación de la Municipalidad, prestando servicios como
conductor de trasporte escolar bajo la modalidad de contrato código del trabajo.
El día 3 de julio del año 2018 se le presentó y firmó voluntariamente una
postulación a bonificaciones por retiro voluntario de los asistentes de la educación,
de acuerdo con lo establecido por la ley 20.964.
Por razones que se desconocen y no atribuibles al señor Iturra, esta
fue recién ingresada al sistema el día 3 de julio del 2019, un año después del que
correspondía. Dicha solicitud fue aprobada a través de decreto exento número
3387 de fecha 30 de diciembre de 2021 emitida por el Ministerio de Educación.
Con fecha 11 de enero de 2022 presentó su renuncia, manifestando su voluntad
de acogerse a retiro según lo dispuesto en la Ley 20.964, solicitando la
bonificación por retiro voluntario y la bonificación adicional por antigüedad para
los asistentes de la educación.
El 4 de noviembre de 2022, vuestra Ilustre Municipalidad envía a la Subsecretaría
de Educación la solicitud de recursos para pago de bonificaciones que
correspondían, omitiendo por alguna razón la solicitud de bono de antigüedad que
le correspondía dado los más de 35 años de servicio ininterrumpidos.

Producto de lo anterior, la resolución 3915 del Ministerio de Educación, de 28 de
julio de 2023, asignó los recursos a vuestra Municipalidad, excluyendo la
bonificación adicional por antigüedad que a todas luces correspondía.
Esta omisión, absolutamente inimputable al señor Iturra, provocó que no recibiera la
asignación correspondiente, que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 7 de
la ya tantas veces mencionada Ley 20.964, asciende al máximo legal, la suma de
560 U.F.
La audiencia es para solicitar al señor alcalde, en virtud del principio de confianza legítima, reparar
el error y aprobar, tramitar y pagar el monto correspondiente de forma
legal.