Conforme a la resolución de rechazo n°260/2022 con fecha 23-05-2022 para el expediente n°2022/0242 de fecha 21-03-2022, para el predio ubicado en Avenida Grecia n°6799, en la que se solicita la Recepción Parcial del inmueble, para dos locales comerciales que son almacén.
Dentro de la nota, se indica que no es factible acoger al artículo 5.2.8 de la OGUC debido a que presenta variaciones estructurales (incorporación de vano en baño y plares al interior del local 4), para lo cual puedo responder que los pilares son los existentes en el edificio y que se conservaron, sin demoler, y que la incorporación de un vano en un edificio no altera la estructura;
Con respecto al cambio de profesional, la solicitud de Permiso de Edificación cuenta con la firma y planos de cálculo estructural de Leonardo Sandoval Contreras, me parece extraño que se solicite ahora un cambio de profesional,
Se solicita además revisar temas con respecto a normas de accesibilidad universal, ya que los locales comerciales con atención a público para venta de productos, lo que es un almacén, no está contemplado que exista servicios higiénicos para público, por lo tanto no deberían contemplar baño universal, sin embargo, se solicita conocer artículo que exija que en un caso como tal deba existir servicios higiénicos para público general y en consecuencia, que sea baño universal. |