Análisis del ORD. n° A 1100/2128, de 2021, relativo a la solicitud de esta parte de 8 de Noviembre de 2021, folio 7918, y de la respuesta dada al mismo por esta parte mediante presentación de 16 de Noviembre de 2021, folio 8089.
Depósito de los antecedentes de la constitución de la entidad.
El solicitante entendió el alcance del artículo 548-2 del Código Civil, aplicado a las disposiciones que debe contener el estatuto de la entidad; además se manifestó agradecido de la solución entregada por la funcionaria María Antonieta Rivera, quien atendió la audiencia, en orden a incluir un artículo bis, cuya redacción también le adelantó, incorporando las reglas básicas conforme a las cuales se aplicarán los recursos a los fines fundacionales, con una visión de futuro. |